martes, 30 de abril de 2019

Compatibilizar pensión y derechos de autor

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Me informó ayer el Registro de Economistas Españoles Asesores Laborales (EAL), en el que me encuentro integrado, de la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), del Real Decreto 302/2019, de 26 de abril[1], por el que se regula la compatibilidad de la pensión contributiva de jubilación y la actividad de creación artística, en desarrollo de la disposición final segunda del Real Decreto-ley 26/2018, de 28 de diciembre, por el que se aprueban medidas de urgencia sobre la creación artística y la cinematografía. Este Real Decreto viene a dar respuesta a una reivindicación de los autores españoles: compatibilizar su pensión con el cobro de los derechos de autor. Así, se permite que los artistas puedan seguir cotizando a la Seguridad Social durante sus periodos de inactividad, y hará compatible la pensión de los autores jubilados con los derechos de autor con el fin de que la creación y los derechos de autor no estén penalizados. Resume el EAL el trámite para compatibilizar. La nueva normativa distingue dos procedimientos diferentes para solicitar esta compatibilidad que requieren trámites diferentes: Por un lado, la situación de una persona que ya es beneficiaria de una pensión de jubilación y que inicia una actividad de creación artística por la que percibe ingresos derivados de la propiedad intelectual conforme a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. 

En este caso, deberá solicitarse el alta ante la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) en el régimen que corresponda a su actividad durante el tiempo que la realice[2]. Por otro, aquellas personas dadas de alta en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social por una actividad de creación artística y quieren mantenerla una vez accedan a la jubilación. En este caso, las personas beneficiarias deberán comunicar su voluntad de compatibilizar a la entidad gestora para que no se proceda a la suspensión de la pensión. Igualmente, el EAL destaca que en todos los casos, las personas que simultaneen pensión y actividad de creación artística cotizarán por Incapacidad Temporal y contingencias profesionales durante el periodo en que se mantenga la actividad declarada compatible. Asimismo, contribuirán al sistema con una cotización especial de solidaridad del 8% sobre la base de cotización por contingencias comunes (si el trabajo es por cuenta ajena, el 6% será a cargo de la empresa y el 2%, de la propia persona trabajadora). Esta cotización no computará para el cálculo de las prestaciones. También, la prestación por Incapacidad Temporal solo será accesible mientras la persona desarrolle la actividad artística que simultanee con la pensión de jubilación, es decir, mientras se mantenga en alta por ese trabajo en el régimen correspondiente de la Seguridad Social[3]. Fuente de la información: EAL y BOE.
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[1] Real Decreto 302/2019, de 26 de abril, por el que se regula la compatibilidad de la pensión contributiva de jubilación y la actividad de creación artística, en desarrollo de la disposición final segunda del Real Decreto-ley 26/2018, de 28 de diciembre, por el que se aprueban medidas de urgencia sobre la creación artística y la cinematografía. Publicado en: «BOE» núm. 102, de 29 de abril de 2019, páginas 43109 a 43113 (5 págs.). 
[2] cumplimentar anexo I. 
[3] Finalmente, la entrada en vigor será el de mayo 2019, el día primero del mes siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»).

lunes, 29 de abril de 2019

La nueva ciencia para ganar

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Si eres follower de este sitio, sabes que en más de una ocasión he referenciado trabajos de Thomas Davenport. Reseñas como “El sanitario”, “Recurso escaso” o “Pensando, para variar[1], son prueba de ello. En el fin de semana de elecciones en mi país, la avalancha de tanto análisis político, big data y data mining de los electores y presuntas fake news por doquier, me ha recordado Competing on Analytics: The New Science of Winning[2], que traducido con mi inglés oriundo de los Montes de Málaga es algo así como “Compitiendo mediante análisis de datos: la nueva ciencia para ganar” y que lo estuve hojeando por primera vez hace más de una década. Los autores intentan revelar cómo la ciencia del análisis de datos está reescribiendo las reglas de la competencia, proporcionándome una hoja de ruta para convertirme en un competidor analítico, mostrándome cómo crear nuevas estrategias para las organizaciones en las que colaboro, basadas en análisis sofisticados. 

Mediante un modelo de competencia analítica estructurado en etapas, Davenport y Harris describen los comportamientos, capacidades y desafíos típicos de cada fase, explicando cómo evaluar las capacidades de mi empresa y guiarla hacia el nivel más alto de competencia. Enfatizando en el factor humano y en el tecnológico, los autores intentan revelarme cómo las empresas que apuestan decididamente por la analítica, pueden mejorar su competitividad. Resaltando el análisis predictivo, prescriptivo y autónomo para marketing, cadena de suministro, finanzas, fusiones y adquisiciones, operaciones, I+D y recursos humanos, aportan también ejemplos ilustrativos, procurando configurarse como una guía para transmutarse hacia la era del análisis y el big data. Parte de este texto también se ha editado en el sitio BOOK—POST, bajo el título “Compitiendo mediante análisis de datos”. 
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[1] Velasco Carretero, Manuel. El sanitario (2014), Recurso escaso (2015), Pensando, para variar (2018). Sitios visitados el 29/04/2019.
[2] Davenport, H. Thomas. Harris, Jeanne g. Competing on Analytics: The New Science of Winning. Editorial Harvard Business. 2007.

domingo, 28 de abril de 2019

Más Liga de Debate nos hace falta

De izq. a dcha.:  D. Ginés Martínez Arquero, Vicepresidente del Ateneo, Dña. Rosa María Bermúdez de Alvear, Vocalía del Ateneo de Relaciones con la Universidad, Dña. Beatriz Domíngues López, Presidenta del Aula de Debate de la UMA, D. José María Ruiz Palomo, Vocalía del Ateneo de Educación, y Manuel Velasco Carretero
Hace aproximadamente un mes estuve rondando las sesiones la VIII edición del Torneo Internacional de Debate Académico de Málaga (España), organizado por el Aula de Debate de la Universidad de Málaga, en la que el querubín participó enfrentándose dialécticamente a universitarios de distintas partes de España y Latinoamérica[1] y cuya final te conté en “De jurado en un magnífico entorno cultural[2]. Pues bien, en el Aulario López Peñalver[3], y en el Ateneo[4], he asistido a la Primera Liga de Debate entre el Colegio Mayor Hernando de Colón (Universidad de Sevilla) y la Universidad de Málaga (UMA), organizado por el Aula de Debate de la Universidad de Málaga. Durante estas jornadas, ocho equipos de cuatro personas cada uno, han estado enfrentándose en formatos moot cour, simulación debate electoral y british parliament. Los temas debatidos han sido de rabiosa actualidad (eutanasia, ilegalización o no de partidos nacionalistas independentistas, ayudas a la maternidad…). Felicitar a todos los participantes (el grupo en el que estaba integrado el querubín creo que se ha clasificado segundo) y a la organización por la feliz idea de la liga. 

Clausula de la I Liga de Debate entre el Colegio Mayor Hernando de Colón (Universidad de Sevilla) y la Universidad de Málaga (UMA), organizado por el Aula de Debate de la Universidad de Málaga
También, me gustó el teatro realizado, formato “oprimido-opresor”, donde los oradores cuentan con un tiempo máximo de 15 minutos para preparar tanto un guion como la puesta en escena acerca de una situación cotidiana en la que, al menos, aparecen un personaje oprimido y otro opresor. Una vez que han interpretado la escena al completo una vez, vuelven a interpretarla pero, en esta segunda ocasión, uno de los oradores que no está actuando (y que, por tanto, hace de público) puede dar una palmada en cualquier momento, provocando la detención de toda la escena y eligiendo qué personaje desea ser. La persona del público pasa a ser el personaje que ha elegido, y la persona que estaba desarrollando ese papel pasa a ser miembro del público. El nuevo personaje tiene que tratar de conseguir un final alternativo salvando al oprimido. No me cabe duda que, encarando a partir de hoy los distintos encuentros con las urnas, los "españolistos" necesitamos menos liga de fútbol y más liga de debate, si queremos levantar este país con sensatez y generar un futuro distinto y mejor para nuestros hijos e hijas[5]. Fuente de la información: organización del evento. Fuente de las imágenes: mvc archivo propio.
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[1] Ver ¿Debatimos sobre Capitalismo y Democracia? 2019. Sitio visitado el 28/04/2019.
[2] Velasco Carretero, Manuel. De jurado en un magnífico entorno cultural. 2019. Sitio visitado el 28/04/2019.
[3] Durante el viernes 26.
[4] El sábado 27 de abril de 2019.
[5] Arriba te dejo una imagen, con D. Ginés Martínez Arquero, Vicepresidente del Ateneo, Dña. Rosa María Bermúdez de Alvear, Vocalía del Ateneo para las Relaciones con la Universidad, Dña, Beatriz Domíngues López, Presidenta del Aula de Debate de la UMA y D. José María Ruiz Palomo, Vocalía del Ateneo para la Educación. Abajo una instantánea de la clausura.

sábado, 27 de abril de 2019

Nueva norma de calidad del pan español

Panes tradicionales de "Panadería la Curruca"
Si eres follower de este sitio, te sonará que en más de una ocasión he referenciado directa o indirectamente a ese alimento básico que forma parte de la dieta tradicional de la piel de toro donde habito, el pan, del latín panis[1]. En “El precio del pan” pensaba que si mis ancestros levantaran la cabeza y percibieran el precio de los alimentos de primera necesidad, pollo incluido, seguramente se desorientarían aún más y recordarían tiempos difíciles de la historia del siglo XX. Si bien en el último cuarto de ese siglo el valor de la comida bajó bastante y Occidente lucha contra la glotonería, desechando grandes cantidades de sobras, según The Economist en The end of cheap food[2], se registran campañas donde los precios del trigo se han duplicado. Realizo la introducción anterior porque ayer, el Poder Ejecutivo (PE) de mi país aprobó un Real Decreto donde se establecen las normas básicas de calidad para la elaboración y comercialización del pan en España, normativa que sienta un precedente legal en las normas de calidad de los alimentos, al introducir una fiscalidad positiva, y que garantiza que los ciudadanos adquieran productos de calidad perfectamente caracterizados y etiquetados. La nueva norma mejora la competitividad del sector español del pan, garantiza la leal competencia entre industrias estableciendo las mismas condiciones a todos los productores, y facilita la innovación atendiendo las nuevas necesidades de los consumidores, avalando un alto nivel de calidad de los productos y mejora la información que reciben los consumidores, clarificando las denominaciones de venta, así como el resto de información voluntaria que pueden utilizar los operadores. 

Según el PE, la nueva norma de calidad del pan contempla requisitos más estrictos para considerar un pan integral, exigiéndose que el 100% de la harina empleada sea integral. Para aquellos panes integrales o de otros cereales que no estén elaborados de forma exclusiva con ese tipo de harinas, se tendrá que indicar el porcentaje de harina en el etiquetado. En el caso de pan de otros cereales, también se incluyen requisitos más estrictos, estableciéndose por ejemplo para el pan de centeno que sea elaborado solo con ese tipo de harina. También se define el pan multicereal. Igualmente, se concreta la definición de masa madre, que se preserva a un tipo de elaboración que limita el uso de levaduras industriales, y se establecen los requisitos para utilizar la denominación "elaborado con masa madre". También, se define la elaboración artesana del pan, en la que debe primar el factor humano frente al mecánico y los requisitos que se deben cumplir para poder incluir esta mención en el etiquetado de los productos. Además, se introduce una nueva definición del pan común, que incluye panes elaborados con otro tipo de harinas distintas a la del trigo, permitiendo así el uso de harinas integrales, de otros cereales, pero además, incluirá productos más beneficiosos para la salud, y muy demandados por el consumidor moderno, como son productos con salvado, etc. Así mismo, fruto de las negociaciones entre las distintas administraciones, se ha incluido una última medida que consiste en limitar la cantidad de sal que se puede emplear para elaborar el pan común[3]. Fuente de la información: PE; fuente de la imagen: elaboración propia.
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[1] Textos como ¿El agosto de las panaderías? o “Con el Curruco de la Curruca” son prueba de ello. Sitios visitados el 27/04/2019.
[2] The Economist. The end of cheap food. 2007. Sitio visitado el 27/04/2019.
[3] Finalmente, para el PE, esta nueva definición de pan común permite que a partir de ahora, se aplique un IVA reducido a muchos más productos que hoy en día se consideran de consumo habitual en los hogares, como son los panes integrales, los panes de otros cereales distintos al trigo y los panes elaborados con salvado. De esta forma y gracias a la ampliación de la definición de "pan común", se van a beneficiar del tipo de IVA reducido (4%) más tipos de panes que tenían actualmente un tipo del 10%.

viernes, 26 de abril de 2019

Novedades Declaración Renta y Patrimonio 2018

Parte de la portada del informe del REAF
Estamos en mi país en plena campaña de cumplimentación final del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), correspondiente al ejercicio 2018, y por textos como “Inventario de novedades fiscales” o “Te llama Hacienda”, conoces la costumbre de recordar la obligación tributaria a mis coetáneos y enumerar las primicias. Pues bien, toda la tarde del jueves la pasé hojeando el documento Declaración de Renta y Patrimonio 2018, elaborado por el equipo técnico del Registro de Asesores Fiscales (REAF), órgano especializado en asesoría fiscal del Consejo General de Economistas que recientemente se ha presentado y que ya referencié en el sitio Contable y Fiscal, bajo el título “Novedades IRPF 2018”. En el informe se analizan las novedades estatales y autonómicas de esta campaña de declaraciones, junto con las últimas interpretaciones de la doctrina y la jurisprudencia, dando recomendaciones prácticas para elaborar la declaración, poniendo el foco en las cuestiones que se tienen que decidir hasta que termine el plazo voluntario para presentarla –en general, el 1 de julio–. Además, en el documento se analiza la evolución de la recaudación tributaria desde el inicio de la crisis hasta el año pasado y el peso de los beneficios fiscales, estatales y autonómicos en la recaudación. 

Por si es de tu interés, transcribo algunas de las recomendaciones del REAF. Por ejemplo, la revisión de los saldos de las declaraciones de años anteriores con incidencia en 2018: pérdidas patrimoniales, rendimientos del capital mobiliario negativos, aportaciones a sistemas de previsión social que no pudieron reducirse; así como cantidades a integrar como ganancias patrimoniales que se imputan cuando son exigibles los cobros o ayudas públicas que se imputen por cuartas partes. Igualmente importante es el examen del incumplimiento de beneficios fiscales aplicados en años anteriores, que se hayan producido en 2018, lo que obligará a presentar una declaración complementaria de aquellos ejercicios antes del 1 de julio, como pueden ser los siguientes: no reinvertir cuando se dejó exonerada la ganancia producida en la transmisión de vivienda o no mantener las acciones entregadas por la empresa al trabajador como renta exenta. Sigue el REAF insistiendo en las revisiones, como cuidar el incumplimiento de condiciones para aplicar algún beneficio fiscal que se tenga que regularizar en esta declaración añadiendo el correspondiente importe a la cuota como, por ejemplo, la devolución de intereses por cláusula suelo, revocación de donaciones, pérdida del derecho a las deducciones por inversiones y gastos en bienes de interés cultural o incumplimiento de requisitos de la deducción por adquisición de vivienda, estatal o autonómica. 

Asimismo, se recomienda valorar el ejercicio o no una serie de opciones como las siguientes: reducir o no un rendimiento irregular del trabajo, como un “bonus”, si prevé percibir otro rendimiento de estas características en los próximos 5 años; declarar de manera individual o conjunta; aplicar o no los coeficientes de abatimiento, o el importe que va a utilizar un empresario de la libertad de amortización. Otra sugerencia recuerda la conveniencia de guardar los justificantes de dietas y gastos de viaje, así como del importe exento de las retribuciones por trabajos en el extranjero para estar preparado ante una ulterior comprobación. A los herederos de contribuyentes fallecidos en 2018, se les recuerda que, solo si la muerte se produjo a partir del 5 de julio del año pasado, podrán aplicar la nueva reducción de rendimientos del trabajo, la de cónyuge a cargo incapacitado o la suplementaria para familias numerosas, y que tienen que imputar todas las rentas pendientes a la fecha de fallecimiento. También no olvidar la revisión del borrador y los datos fiscales para no tributar por rentas que no sean del contribuyente y que no se olvide tributar por otras que sí lo sean y de las cuales no tenga constancia la Administración. Finalmente, comprobar si el patrimonio se ha incrementado en el año y que ese importe no supera las rentas recibidas. Si quieres acceder al documento, clickea AQUÍ, cortesía del REAF. Fuente de la información y de la imagen: REAF.

jueves, 25 de abril de 2019

La auditoría legal en la Unión Europea a examen

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Después del fiasco de la auditoría legal en la última crisis financiera global, la Unión Europea (UE) se planteó reformarla, con el fin de recuperar confianza en la integridad de los estados financieros informados y mejorar la calidad del propio trabajo de auditoría. Parte de la tarde del martes la pasé hojeando el informe del Parlamento Europea (PE), sobre la Reforma de la Auditoría legal de la UE. Impacto en costes, concentración y competencia[1] [2]. Aprovechándome del resumen, te transcribo que en el estudio se realiza un análisis de la evolución de la concentración del mercado, competencia y costes en el mercado de la UE para la auditoría estatutaria antes y después de la reforma de la auditoría. El trabajo se ha soportado en información técnica contenida en bases de datos de archivo y una encuesta. Fuente de información PE. Fuente de la imagen: portada del informe. 

Los principales objetivos de la reforma de la auditoría legal fueron: 1) reforzar la independencia del auditor y el escepticismo profesional; 2) hacer que el extremo superior del mercado de auditoría sea más dinámico; 3) reducir las innecesarias cargas sobre las pymes; 4) mejorar la supervisión del auditor; y 5) asegurar un mayor nivel de transparencia en la información financiera de las empresas. Se identifican tres investigaciones en torno a tres cuestiones: ¿Hay un resultado (cuantificable) de la reforma de auditoría en términos de reducción de la concentración del mercado y mayor competencia del mercado en la UE? ¿Hay una diferencia sustancial en los costos para los auditados después de la reforma de auditoría? ¿Existen inconsistencias en la implementación de la reforma de auditoría por parte de los Estados miembros y, de ser así, cuáles son las consecuencias? 
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[1] Policy Department for Economic, Scientific and Quality of Life Policies. Directorate-General for Internal Policies. Authors: Marleen WILLEKENS (PI), Simon DEKEYSER, Ines SIMAC PE 631.057 - April 2019.
[2] Si quieres acceder al documento en inglés, clickea AQUÍ, cortesía del ICAC. Sitio visitado el 25/04/2019.

miércoles, 24 de abril de 2019

Abandonando el Procedimiento Déficit Excesivo

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En estos momentos políticos convulsos en España, confirma la oficina estadística comunitaria, Eurostat, que mi país abandona el Procedimiento de Déficit Excesivo en el que estaba inmerso desde 2009. Los datos publicados por el Banco de España (BE) reflejan que la Administración Pública cerró 2018 con un déficit público del 2,48% del PIB. Se trata de una disminución de 0,6 puntos porcentuales respecto al 3,08% registrado en 2017. 

Es decir, el conjunto de AAPP[1] redujo su déficit el pasado ejercicio un 16,5%[2]. El BE detalla los cambios más significativos que tienen lugar en el ámbito de las Administraciones Públicas en la información que se proporciona regularmente sobre la deuda pública. Las cifras publicadas también mejoran el ratio de deuda pública comunicado el pasado marzo. La deuda pública cerró 2018 en el 97,09% del PIB frente al 98,12% de 2017. 

Esta reducción de más de un punto es la mayor que se produce en un año desde 2014. El déficit conocido supone una disminución de 0,15 puntos porcentuales respecto al dato del 2,63% comunicado el pasado 29 de marzo. Esta modificación se produce como consecuencia del proceso habitual de consultas e intercambio de información realizado con Eurostat por parte de las instituciones españolas[3]. Fuente de la información: Eurostat y BE. 
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[1] Administraciones Públicas.
[2] Lo que supone una disminución de 5.921 millones de euros respecto al año anterior. 
[3] si quieres acceder a la información del BE, clickea AQUÍ. Sitio visitado el 24/04/2019.

martes, 23 de abril de 2019

¿Qué son las tecnologías habilitadoras digitales?

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¿Qué son las “tecnologías habilitadoras digitales”? Para el Ministerio de Economía y Empresa del Gobierno de España (MEyE) son aquellas tecnologías de la información y las comunicaciones de alto impacto y capacidad de disrupción, estratégicas para el desarrollo y la transformación digital de la economía y la sociedad. Recientemente, se ha publicado en mi país la convocatoria para la concesión de ayudas a la I+D en el ámbito de estas tecnologías, siendo el objetivo de la convocatoria el fortalecimiento de la competitividad de las empresas españolas en el conjunto de Tecnologías Habilitadoras Digitales a través de las actividades de I+D. ​Informa el MEyE que en el ámbito de la convocatoria publicada, los proyectos presentados a la convocatoria habrán de centrarse, preferentemente, en el uso y aplicación del Internet de las Cosas y las futuras redes de comunicación 5G, las tecnologías para el tratamiento de datos masivos y bases de datos distribuidas (blockchain), la supercomputación (HPC), la computación difusa y en la nube, el procesamiento del lenguaje natural y la robótica.

También, la inteligencia artificial, la realidad virtual, la micro/nano electrónica, la ciberseguridad, la biometría y la identidad digital. La intensidad de ayuda será de hasta el 80% y tendrá en cuenta el nivel de madurez de la tecnología, el impacto de género y la transparencia y difusión    de los resultados de los proyectos. La potenciación de estas tecnologías está alineada con las prioridades que la Unión Europea impulsará en el próximo periodo legislativo comunitario a través de los programas Europa Digital y Horizonte Europa. El plazo para la presentación de las solicitudes se inicia el día siguiente a la publicación del extracto de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado y finaliza el 20 de mayo de 2019. La resolución completa de la convocatoria está disponible en el portal de ayudas. Las ayudas están dirigidas a proyectos individuales de I+D con una inversión mínima de 200.000 €, que pueden abarcar desde la prueba de concepto de una tecnología hasta el desarrollo de un prototipo no comercial. Fuente de la información MEyE. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.

lunes, 22 de abril de 2019

¿Por qué fracasan los equipos otrora excelentes?

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¿Por qué fracasan los equipos otrora excelentes? En el largo fin de semana pasado estuve re-hojeando el texto de D. Ancona y H. Bresman X-Teams: How to Build Teams that Lead, Innovate, and Succeed[1], que recomendó[2] Fausto (Gracias) y que traducido[3] es algo así como “Equipos X: Cómo formar equipos que lideren, innoven y tengan éxito”. Basado en investigación previa, los autores concluyen que el formato tradicional de los equipos se queda exiguo, dando paso a un nuevo modelo que hace hincapié en el alcance externo a grupos de interés, niveles expandibles y membrecía flexible.

Lo anterior no hace sino mejorar el volumen de conocimiento de una organización para producir ideas creativas y ejecutarlas, aumentando la capacidad empresarial e innovadora dentro de la empresa, caminando hacia otro entorno que exige lo que los autores denominan "liderazgo distribuido". Ancona y Bresman caracterizan a estos equipos X con alto nivel de actividades externas, prácticas extremas de ejecución y fases flexibles de las actividades. Parte de este texto también se ha editado en el sitio BOOK—POST, bajo el título “Equipos X”. Fuente de la imagen: mvc archivo propio. 
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[1] Deborah Ancona y Henrik Bresman X-Teams: How to Build Teams that Lead, Innovate, and Succeed. Editorial Harvard Business Review. 2007.
[2] Hace una década y pico.
[2]  Con mi inglés oriundo de los Montes de Málaga.

domingo, 21 de abril de 2019

Sobriedad y recogimiento, en modo meditación

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Parte de la tarde del sábado santo la pasé sobriamente, en silencio, en modo meditación profesional, recogimiento mercantil más bien, hojeando la Resolución del RICAC[1], de la que ya informé en el sitio Contable y Fiscal, texto “Otros aspectos contables de las sociedades de capital[2],[3]. Apunta el legislador en la introducción que la resolución constituye el desarrollo reglamentario de criterios de presentación de instrumentos financieros y las implicaciones contables de la regulación mercantil en materia de aportaciones sociales, operaciones con acciones y participaciones propias, aplicación del resultado, aumento-reducción de capital social y otros aspectos contables[4]. La norma internacional de referencia en España a la hora de la presentación de instrumentos financieros, es la Norma Internacional de Contabilidad 32: Instrumentos financieros[5], siendo su finalidad el establecimiento de principios para la presentación de los instrumentos financieros como pasivos financieros o como patrimonio neto, así como para la compensación de activos financieros y pasivos financieros[6]. Asimismo, un aspecto sustancial de la reforma del Código de Comercio[7], fue la incorporación de las definiciones de los elementos integrantes de las cuentas anuales: activos, pasivos, patrimonio neto, ingresos y gastos, siendo el aspecto más reseñable el impacto que ha tenido en la definición de patrimonio neto el que podría denominarse enfoque del pasivo o «Test de la obligación»[8]. En línea con lo anterior, para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2008, la presentación de un instrumento financiero en el patrimonio neto solo es posible si las condiciones de emisión no otorgan al inversor un derecho incondicional a recibir flujos de efectivo, mediante su reembolso o remuneración[9]. Ese análisis debe atender no sólo a la forma jurídica, sino especialmente a la realidad económica de las operaciones[10]

Pero en su momento, en aras de mantener la deseable neutralidad de la reforma contable sobre la regulación mercantil, se incluyó[11] la denominada por el legislador «regla de conciliación» entre el patrimonio neto contable y el patrimonio neto mercantil. El objetivo de esa modificación fue preservar los criterios sobre el mantenimiento e integridad de la cifra del capital social en términos estrictamente jurídico-mercantiles[12]. El fin de la resolución para el legislador no es otro que tratar las cuestiones anteriores desde un punto de vista contable[13], aclarando las numerosas implicaciones contables de la regulación mercantil de las sociedades de capital. En particular, se precisa el tratamiento contable de las aportaciones sociales[14], las operaciones con acciones y participaciones propias, de la subsanación de errores, de la aplicación del resultado, de las operaciones de aumento y reducción del capital, de emisión de obligaciones, disolución y liquidación, y de modificaciones estructurales (tales como las operaciones de fusión y escisión). Hasta la fecha, no existía en España una regulación completa de las implicaciones contables de la regulación mercantil de las sociedades de capital. Con la normativa aprobada, el legislador español pretende mejorar la calidad y transparencia de la información financiera publicada por las empresas, facilitando a los usuarios de dicha información la toma de decisiones económicas al dotar de mayor seguridad jurídica el registro contable de estas operaciones. En este sentido, la Resolución incorpora soluciones prácticas, algunas en forma de presunciones que admiten prueba en contrario, de acuerdo con el principio de proporcionalidad en cuanto que las soluciones se han recogido una vez constatada que no existen otras opciones menos restrictivas[15]. La RICAC es de aplicación a los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2020. Fuente de la información: BOE e ICAC. 
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[2] Velasco Carretero, Manuel. Otros aspectos contables de las sociedades de capital. Sitio Contable y Fiscal. 2019. Sitio visitado el 21/04/2019.
[3] Por la que se desarrollan criterios de presentación de instrumentos financieros y otros aspectos contables relacionados con la regulación mercantil de las sociedades de capital. Derivados de la regulación incluida en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. BOE núm. 60, de 11 de marzo de 2019, páginas 22791 a 22833 (43 págs.). 
[4] Aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles. 
[5] Adoptada por la Unión Europea (NIC-UE 32) mediante el Reglamento (CE) n.º 1126/2008 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2008, por el que se adoptan determinadas Normas Internacionales de Contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) n.º 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo. 
[6] Desde la perspectiva del emisor, la citada norma se aplica para la clasificación de los instrumentos financieros en activos financieros, pasivos financieros e instrumentos de patrimonio; en la presentación de los intereses, dividendos y pérdidas y ganancias relacionados con ellos, y en las circunstancias en que los activos financieros y los pasivos financieros puedan ser objeto de compensación. 
[7] Por la Ley 16/2007, de 4 de julio. 
[8] En concreto, por lo que se refiere a determinados elementos de balance debe resaltarse que la convergencia del Derecho Mercantil Contable interno (Código de Comercio y sus disposiciones de desarrollo) con las normas internacionales de contabilidad adoptadas por la Unión Europea, trajo consigo un cambio fundamental en la calificación económico-contable de algunos instrumentos financieros utilizados por las empresas españolas para obtener los recursos necesarios para el desempeño de su actividad. En particular, determinadas acciones rescatables y acciones o participaciones sin voto. 
[9] Es decir, solo se clasifican en el patrimonio neto los instrumentos financieros que no contienen un componente de pasivo financiero. 
[10] Tal y como estipula el artículo 34.2 del Código de Comercio. Es decir, se exige, en última instancia, una calificación de los hechos económicos atendiendo a su fondo, tanto jurídico como propiamente económico, al margen de los instrumentos que se utilicen para su formalización 
[11] En el artículo 36.1.c) párrafo segundo del Código de Comercio español. 
[12] En desarrollo de esas definiciones, los criterios más relevantes sobre presentación de instrumentos financieros se incluyeron en el PGC y en el PGC-PYMES. Así, el vigente PGC advierte de forma clara que es posible que determinadas acciones emitidas o participaciones creadas puedan contabilizarse en el pasivo si, a la vista de los derechos que confieren a los accionistas o socios, se hubiere otorgado a estos últimos un derecho incondicional a recibir efectivo u otro activo financiero. 
[13] Teniendo en cuenta que la normativa en ningún caso puede venir a modificar o contravenir el vigente régimen mercantil de las operaciones. 
[14] Atendiendo a su distinta naturaleza y finalidad.
[15] Adicionalmente a los trámites de consulta previa y audiencia pública, la Resolución se ha elaborado en el ICAC contando con la participación de un numeroso grupo de expertos representativo de todos los usuarios afectados por la norma, entre otros, representantes del Ministerio de Justicia, catedráticos de contabilidad y profesionales de la Universidad, representantes de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el Banco de España, la Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones, Intervención General de la Administración del Estado, del Consejo General de Economistas y del Instituto Censores Jurados de Cuentas representantes de empresas cotizadas, representantes de asociaciones de emisores de principios y criterios contables, lo que ha contribuido a un mayor acierto y consenso técnico en la regulación que contiene.

sábado, 20 de abril de 2019

Programa InvestEU

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Recientemente, el Parlamento Europeo (PE) ha aprobado una resolución legislativa por la que se establece InvestEU[1], nuevo programa de la Unión Europea (UE) para apoyar la inversión y el acceso a la financiación durante 2021-2027, derivando en un impulso al empleo y al crecimiento económico. El programa InvestEU[2] fue promovido en junio de 2018 por el PE para intentar reunir bajo un solo techo la multitud de instrumentos financieros de la UE disponibles para apoyar la inversión en su territorio, haciendo que la financiación de proyectos de inversión en Europa sea más simple, más eficiente y más flexible. Consiste en el Fondo InvestEU, el Centro de Asesoría InvestEU y el Portal InvestEU. Funcionará entre 2021 y 2027 y se basa en el éxito del Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (FEIE) del Plan Juncker[3] y el acceso a la financiación en la UE. 

Según la Comisión Europea (CE), InvestEU[4] pretende generar al menos 650.000 millones de euros en inversiones adicionales, apoyando cuatro áreas políticas: infraestructura sostenible; Investigación, innovación y digitalización; pequeñas y medianas empresas; e inversión social y habilidades. InvestEU también será flexible: tendrá la capacidad de reaccionar a los cambios del mercado y las prioridades políticas que cambian con el tiempo. Por su parte, el Centro de Asesoría InvestEU proporcionará asistencia técnica y asistencia para ayudar con la preparación, desarrollo, estructuración e implementación de proyectos, incluido el desarrollo de capacidades. El Portal InvestEU reunirá a inversores y promotores de proyectos al proporcionar una base de datos de fácil acceso y fácil de usar. Fuente de la información: PE.  Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] COM(2018)0439 – C8-0257/2018 – 2018/0229(COD)
[3] Al proporcionar una garantía presupuestaria de la UE para respaldar las inversiones.

viernes, 19 de abril de 2019

Resistencia tomatera

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Anda este sitio salpicado de referencias directas e indirectas al tomate, desde el lejano “Con la salud no se juega[1], hasta el reciente ¿Qué culpa tiene el tomate?[2], pasando por recetas como la del “Tomate y queso fresco[3] o el reflexivo “Percepción consciente[4], donde te dejaba una foto, elaboración propia, de la percepción consciente del tomate de la tomatera y del pimiento de la pimentera, resultantes de los preliminares de la huerta que en aquellos tiempos andaba cultivando. 

La introducción viene a cuento porque, consecuencia del chaparon que cayó en la tarde del jueves en mi ámbito territorial de actuación, me preocupé por la situación de los pimpollos de tomates que recientemente he plantado en la “aspiración a huerto” que rodea la casa. Pero, a pesar de la intensa lluvia, seguían estirados y con cierto toque petulante, lo que me alegró a más no poder, ya que la sembrada de la campaña pasada languideció durante toda la estación.

Hace unos meses, escribía L. Penelo en la Vanguardia, sobre los beneficios y valor nutricional de esta fruta[5], inventariando propiedades múltiples, desde protección a la vista hasta su poder antioxidante, pasando por su carácter diurético, la mejora de la circulación sanguínea o el cuidado del tránsito intestinal. Te dejo una instantánea de la hilera de “tomateritas” después de la lluvia. Parte de este texto también se ha editado en el sitio GASTROPOST, bajo el título “Tomates”.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Con la salud no se juega. 2007. Sitio visitado el 19/04/2019.
[2] Velasco Carretero, Manuel. ¿Qué culpa tiene el tomate? 2019. Sitio visitado el 19/04/2019.
[3] Velasco Carretero, Manuel. Tomate y queso fresco. 2007. Sitio visitado el 19/04/2019.
[4] Velasco Carretero, Manuel. Percepción consciente. 2013. Sitio visitado el 19/04/2019.
[5] Si quieres acceder al artículo, clickea AQUÍ. Sitio visitado el 19/04/2023.

jueves, 18 de abril de 2019

No digo que sí o que no

Poema de Manuel Alcántara “No digo que sí o que no” (De “Este verano en Málaga”)
En el repaso a la actualidad, me enteré ayer de la triste noticia de la muerte de Manuel Alcántara[1]. Además de leer casi a diario sus columnas en la distinta prensa que frecuentaban sus artículos, tuve la suerte de conocerlo hace ya unas décadas, cuando, siendo Secretario general de FACEP[2], coordiné la edición de la antología poética “… y el Sur (La singularidad en la poesía andaluza actual)", editada en febrero de 1997 e impresa en los talleres de Corona del Sur[3].  

Desde aquí mis condolencias a su familia y el Reconocimiento a este poeta malagueño y universal. Me tomo la libertad de fotografiarte y transcribir a continuación uno de sus poemas de estilo popular y planteamiento existencialista, espiritual, donde reflexiona acerca de nuestra relación con Dios[4], pensando en ese encuentro con el supuesto Ser Supremo al que escribe y con el que puede que ya se haya cruzado en ese nuevo caminar que inicia su esencia: 

“No digo que sí o que no. 
Digo que si Dios Existe 
no tiene perdón de Dios. 

No digo que no o que sí.
Digo que me gustaría
que Él también creyera en mí. 

Yo no le guardo rencor.
Si lo encuentro alguna vez
nos perdonamos los dos".
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[1] Melero, María Eugenia. “Fallece Manuel Alcántara”. Diario Sur. 2019. Sitio visitado el 18/04/2019.
[2] Ver "Secretaría general". Velasco Carretero, Manuel. 2010. Sitio visitado el 18/04/2019.
[3] texto “Y el Sur...”. Velasco Carretero, Manuel. 2004.
[4] Recogido en la antología antes referenciada y titulado “No digo que sí o que no”. De “Este verano en Málaga”.

miércoles, 17 de abril de 2019

Fundamento, cimientos y parte esencial

Por un  momento me sentí "morralla pura"
Define el diccionario español el concepto “morralla” como el conjunto de cosas diversas de escaso valor. También, en tono esquivo, como al grupo de personas de baja condición social. Sin embargo, escribe Alfredo Franco Jubete en los5mejores.com, que en el mar, está convencido que la morralla no es lo peor, todo lo contrario, “esa despreciable morralla es el fundamento, los cimientos, el fondo, y nunca mejor dicho, de una parte esencial de la cocina de la costa mediterránea. Sin ella, no existirían las mejores sopas, suquets y fumets o los mejores arroces de pescados”. Alfredo, te diría que no solo en el mar es el "fundamento, cimientos y parte esencial", también en secano en general y en la raza humana en específico. Todo depende del color del cristal con que se mire o, como diría Antonio, según quién y por qué catalogue de morralla al grupo de personas en cuestión.
Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Te cuento lo anterior porque el martes, aprovechando que el querubín había quedado con sus compis del taller de Debate y Oratoria[1], transitamos por el Paseo Antonio Machado de Málaga (España), descubriendo el establecimiento “Morralla Pura[2] y, como no lo conocía (parece que hace solo unos meses que está abierto al público), animé al resto de acompañantes a entrar. Tomamos unos pimientos rojos junto a una fritura de pescado, maridado con blanco verdejo. Todo limpio y bien atendido. La fritura en su punto. Pelín caras las copas del verdejo que se nos ofreció. Volveremos otro día a degustar más platos de la carta y pediré un blanco afrutado de la D.O. Sierras de Málaga. ¡Ah! Por un momento me sentí "morralla pura". Parte de este texto también se ha editado en el sitio GASTROPOST, bajo el título “Morralla Pura”. Fuente de las imágenes: elaboración propia.
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[1] Ver ¿Debatimos sobre Capitalismo y Democracia? o "De jurado en un magnífico entorno cultural". Velasco Carretero, Manuel. Sitios visitados el 17/04/2019.
[2] Sitio visitado el 17/04/2019.

martes, 16 de abril de 2019

¿Trabajas y quieres votar?

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Si trabajas, eres miembro de la ciudadanía española y tienes derecho a votar, seguramente sabes que las elecciones generales se encuentran próximas, el 28 de abril para ser exactos. Parte de la tarde del lunes, la pasé leyendo el documento remitido por el Registro de Economistas Españoles Asesores Laborales (EAL), en el que me encuentro integrado, con unas Instrucciones para la participación de los trabajadores y trabajadoras en las citadas elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado, que, por si son de tu interés, me tomo la libertad de transcribir algunas de ellas, por ejemplo que ese día las empresas concederán a los trabajadores que tengan la condición de electores y que no disfruten en dicha fecha del correspondiente descanso semanal, un permiso de cómo máximo cuatro horas, dentro de la jornada laboral que les corresponda para que puedan ejercer su derecho a voto. El mencionado permiso tendrá el carácter de no recuperable, y se le retribuirá el salario que le hubiera correspondido si hubiesen prestado sus servicios normalmente. 

EAL recuerda que no será necesario conceder permiso alguno, a los trabajadores que realicen una jornada que coincida parcialmente con el horario de apertura de los colegios electorales, siempre y cuando la coincidencia sea como máximo de dos horas. Si la coincidencia es de más de dos horas y menos de cuatro, se les concederá un permiso de dos horas, y si la coincidencia es de cuatro o más horas se les concederá el permiso general de cuatro horas. Se reducirá proporcionalmente la duración del permiso a aquellos trabajadores y trabajadoras que el día de la votación realicen una jornada inferior a la habitual, legal o convenida. Si los trabajadores y trabajadoras tienen una jornada cuyo horario no coincida total, ni parcialmente con el de los colegios electorales, no tendrán derecho a ningún permiso. Será facultad de la empresa, determinar el momento de disfrute de las horas concedidas para la votación, que deberá coincidir necesariamente con el horario establecido por el colegio electoral. 

Asimismo, la empresa podrá ejercer el derecho de solicitar a sus trabajadores y trabajadoras el justificante acreditativo de haber votado, a efectos del abono del salario por el permiso concedido. Aquellos trabajadores que el día 28 de abril no disfruten del descanso semanal, pero acrediten su condición de miembros de la mesa electoral o interventores, se les concederá el permiso retribuido correspondiente a la jornada completa del día 28 de abril, y un permiso de las cinco primeras horas de la jornada laboral del día inmediatamente posterior, también este con derecho a retribución. Este permiso de carácter no recuperable, será retribuido por la empresa una vez justificada la actuación como miembro de la mesa o interventor. El permiso de cinco horas de la jornada laboral del día 29 de abril se hace extensivo a todos aquellos trabajadores que aun disfrutando de su correspondiente descanso semanal el día 28 de abril, acrediten su condición de miembros de la mesa electoral o interventor, en las mismas condiciones que establece el aparatado anterior. 

Finalmente, EAL resalta que las empresas concederán un permiso retribuido, por toda la jornada del domingo 28 de abril, a aquellos trabajadores y trabajadoras que acrediten su condición de Apoderados y no disfruten de su descanso semanal en la mencionada fecha. Si alguna de las personas que acrediten su condición de miembro de la mesa electoral, interventor o apoderado, tuviesen que trabajar en el turno de noche en la fecha inmediatamente anterior a la jornada electoral, la empresa, a petición de la persona interesada, ha de cambiarle el turno, para que pueda descansar la noche anterior a las elecciones. Igualmente, las empresas concederán un permiso retribuido, de cómo máximo cuatro horas dentro de la jornada laboral que les corresponda, a aquellos trabajadores que, por prestar sus servicios lejos de su domicilio habitual, o en otras condiciones de las cuales se deriven dificultades para ejercer su derecho a voto el próximo 28 de abril, puedan realizar personalmente la solicitud de certificación para realizar su voto por correo[1]. Fuente de la información: EAL. Fuente de la imagen: mvc archivo propio. 
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[1] El mencionado permiso se podrá disfrutar desde la fecha de convocatoria de las elecciones hasta el día 18 de abril de 2019. A efectos del cálculo del salario a percibir por los trabajadores/as con derecho a disfrutar de los permisos a los que hacíamos referencia anteriormente, está constituido en parte por una prima o incentivo, dicha parte se calculará atendiendo a la media percibida por dicho trabajador o trabajadora, y por el concepto mencionado, en los 6 meses inmediatamente anteriores.

lunes, 15 de abril de 2019

Descubriendo mi auténtico liderazgo

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En la introducción del texto de Bill W. George y Peter E. Sims, True North: Discover Your Authentic Leadership[1], se lee: “Al igual que una brújula apunta hacia un campo magnético, tu Norte verdadero te empuja hacia el propósito de tu liderazgo. Cuando sigas tu brújula interna, tu liderazgo será auténtico y la gente, naturalmente, querrá asociarse contigo. Aunque otros pueden guiarte o influenciarte, tu verdad se deriva de la historia de tu vida y solo tú puedes determinar lo que deberías ser”. Traducido con mi inglés oriundo de los Montes de Málaga como “El Norte verdadero. Descubre tu auténtico liderazgo”, los autores intentan hacerme ver que si sigo mi brújula interna puedo convertirme en un auténtico líder. 

Basado en investigaciones y entrevistas en primera persona con supuestos principales líderes, el texto describe cómo puedo desarrollarme como un líder auténtico a partir de un programa concreto y completo para el éxito del liderazgo, mostrándome cómo crear mi propio Plan de Desarrollo de Liderazgo Personal centrado en cinco áreas clave: conociendo mi autenticidad, definiendo mis valores y principios de liderazgo, entendiendo mis motivaciones, construyendo mi equipo de apoyo, manteniéndome en tierra mediante la integración de todos los aspectos de mi vida. Parte de este texto también se ha editado en el sitio BOOK—POST, bajo el título: “El verdadero Norte”. Fuente imagen:mvc archivo propio. 
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[1] Bill W. George y Peter E. Sims, True. True North: Discover Your Authentic Leadership (J-B Warren Bennis Series). Editorial Jossey-Bass. 2007.

domingo, 14 de abril de 2019

Regulación de las Unidades de Igualdad

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El artículo 77 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres en mi país, en relación a las unidades de igualdad de género (UI), establece que en todos los Ministerios se encomendará a uno de sus órganos directivos el desarrollo de las funciones relacionadas con el principio de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito de las materias de su competencia y, en particular, las siguientes: a) Recabar la información estadística elaborada por los órganos del Ministerio y asesorar a los mismos en relación con su elaboración. b) Elaborar estudios con la finalidad de promover la igualdad entre mujeres y hombres en las áreas de actividad del Departamento. c) Asesorar a los órganos competentes del Departamento en la elaboración del informe sobre impacto por razón de género. d) Fomentar el conocimiento por el personal del Departamento del alcance y significado del principio de igualdad mediante la formulación de propuestas de acciones formativas. e) Velar por el cumplimiento de esta Ley y por la aplicación efectiva del principio de igualdad. Recientemente, el Poder Ejecutivo (PE), ha aprobado un Real Decreto por el que se regulan estas UI de la Administración General del Estado español. La normativa desarrolla sus competencias y pone en valor su importancia para hacer efectiva la transversalidad del principio de igualdad de género y oportunidades entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado. El Acuerdo establece la composición, adscripción orgánica, funciones y coordinación, tanto de las Unidades de Igualdad de los Ministerios, como de las que se creen en los Organismos Públicos dependientes de ellos. En coherencia con las funciones atribuidas a la Secretaría de Estado de Igualdad, a la Dirección General de la Función Pública y a la Comisión Interministerial de Igualdad entre mujeres y hombres, el Real Decreto detalla las funciones de impulso, coordinación técnica y apoyo que les corresponde realizar en relación con las Unidades de Igualdad. La coordinación de las unidades recaerá en el Instituto de la Mujer. Para el PE, las UI se integrarán en la estructura orgánica de cada departamento ministerial, y quedarán adscritas a la Subsecretaría o a alguno de sus órganos directivos dependientes. 

En línea con la Ley Orgánica antes referenciada, entre las funciones de las UI se encuentran: a) Recabar la información de las políticas públicas de su departamento ministerial para conocer su impacto desde la perspectiva de igualdad de género. b) Asesorar y proponer, en sus respectivos ámbitos, las actuaciones o iniciativas, incluidas las formativas, que favorezcan la aplicación del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. c) Asesorar a los órganos competentes del departamento ministerial en la elaboración del análisis sobre el impacto por razón de género de las normas y los planes de especial relevancia y, en especial, de la Ley de Presupuestos Generales del Estado. d) Asesorar y coordinar la elaboración, seguimiento y evaluación de los Planes de Igualdad entre mujeres y hombres de la Administración General del Estado en sus respectivos departamentos ministeriales, así como participar en la Comisión Técnica de Igualdad de Oportunidades y Trato de Mujeres y Hombres de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado y en sus grupos de trabajo. Otras funciones son: e) Elaborar los diagnósticos, propuestas e informes que sean necesarios y que deriven de los acuerdos adoptados por la Comisión Técnica de Igualdad, que fueran requeridos por la Dirección General de la Función Pública. f) Coordinar la recopilación de información para la elaboración, seguimiento y evaluación de los planes directivos o estratégicos de igualdad en su respectivo departamento ministerial. g) Recabar la información sobre la implementación del Protocolo frente al Acoso Sexual y al Acoso por Razón de Sexo en sus respectivos departamentos ministeriales, así como desarrollar las actuaciones que se les asignen en dicho protocolo. h) Realizar otras funciones de asesoramiento, informe y seguimiento que le sean asignadas en relación con el principio de igualdad de trato y de oportunidades en general. i) Realizar un informe anual sobre las políticas públicas de igualdad llevadas a cabo por su departamento ministerial y así como sobre las actuaciones desarrolladas por la Unidad. Fuente de la información: PE. 

sábado, 13 de abril de 2019

Marco Estratégico de la PYME española

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El Gobierno de mi país GE), aprobó ayer el Marco Estratégico en Política Pyme 2030 Pequeña y Mediana Empresa, cuyo objetivo es mejorar la capacidad competitiva de las pequeñas y medianas empresas de cara a los retos de una economía global y digitalizada, y contribuir a crear un clima adecuado para favorecer su crecimiento. Es la primera vez que un Poder Ejecutivo establece un Marco nacional de actuación para la pequeña y la mediana empresa española, un sector que engloba al 99% del tejido empresarial y representan casi el 62% del Valor Añadido Bruto -superior a la media europea- y el 66,5% del empleo empresarial total. El Marco es fruto del trabajo desarrollado en el Consejo Estatal de la Pequeña y Mediana Empresa, órgano colegiado de carácter consultivo, asesor y de colaboración, del que forman parte la Administración Central, las comunidades autónomas, las administraciones locales, las organizaciones empresariales y sindicales más representativas y el Consejo Superior de Cámaras de Comercio, Industria y Navegación. 

Según el GE, las propuestas se organizan a través de siete palancas: Emprendimiento, Gestión empresarial y Talento, Marco regulatorio, Financiación, Innovación y Digitalización, Sostenibilidad, e Internacionalización. Estas áreas vienen acompañadas de cincuenta líneas de actuación caracterizadas por su horizontalidad, de forma que inciden sobre el desarrollo de todas las pymes en su conjunto. El seguimiento de la Estrategia se articula mediante un sistema de gobernanza en el seno del Consejo Estatal de la PYME. También se aprobó un total de 455,5 millones de euros para impulsar el crecimiento, la internacionalización y el ahorro energético de las pymes. 95,8 millones de euros corresponden a tres líneas de financiación que gestionará la Empresa Nacional de Innovación, dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Estas líneas de préstamos participativos son: Línea Pyme, Línea de Empresas de Base Tecnológica y Línea Jóvenes Emprendedores[1]

Asimismo, se ha creado FIEM-Pyme, con una dotación de 50 millones de euros para proyectos de internacionalización con cargo al Fondo para la Internacionalización de la Empresa. Por último se ha aprobado un Real Decreto por el que se aprueban las bases que regularán las convocatorias para la concesión de ayudas para actuaciones de mejora de la eficiencia energética y reducción del consumo de energía final en pequeñas, medianas y grandes empresas del sector industrial. Se destinan 307,6 millones de euros (307.644.906) procedentes del Fondo Nacional de Eficiencia Energética. El programa de ayudas busca contribuir a lograr objetivos de reducción del consumo de energía final que fija la Directiva 2012/27/UE. Las acciones que serán financiables deben ir destinadas a la mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales, o la implantación de sistemas de gestión energética[2]. Fuente de la información: GE. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] Se estima que esta línea de financiación impulsará proyectos innovadores con una inversión inducida de 220 millones de euros y un impacto de 1.600 empleos directos. 
[2] El programa de ayudas, que coordina el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), será gestionado directamente por las Comunidades y Ciudades Autónomas. 

viernes, 12 de abril de 2019

Evolución del mercado español de la vivienda

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Si eres follower de este sitio, conocerás mi interés por todo lo relativo a la vivienda en mi país, ya sea promoción, construcción, compraventa o alquiler[1]. Entenderás que parte de la tarde del jueves la pasara hojeando el informe de Pana Alves y Alberto Urtasun, “Evolución reciente del mercado de la vivienda en España”, publicado en el Boletín Económico 2/2019 del Banco de España (BE)[2]. Se recoge en la sinopsis que, tras la intensa corrección registrada durante la crisis, la actividad del sector inmobiliario en España inició su recuperación a comienzos de 2014. 

Desde entonces, esta tendencia de mejora se ha observado en los indicadores tanto de cantidades como de precios. Los autores apuntan que hay que tener en cuenta que este mercado se distingue por una elevada heterogeneidad por la localización de los inmuebles, por el tipo de vivienda y por la nacionalidad de los compradores. El dinamismo reciente estaría reflejando[3] en la positiva evolución del mercado de trabajo y los reducidos costes de financiación, en un contexto de crecimiento gradual de las nuevas operaciones de crédito destinado a la adquisición de vivienda[4].
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[2] Si quieres acceder al documento, clickea AQUÍ. Sitio visitado el 12/04/2019.
[3] Entre otros factores.
[4] Fuente de la información: BE.

jueves, 11 de abril de 2019

Consejos para la gestión de riesgos en las TIC

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El Plan de acción FinTech de marzo de 2018 de la Comisión Europea (CE) solicitó específicamente a las Autoridades Europeas de Supervisión (ESA, siglas en inglés: European Supervisory Authorities), mapear en el primer trimestre de 2019 las prácticas de supervisión existentes en los sectores financieros, en torno a los requisitos de seguridad y gobernabilidad de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), y cuando fuera apropiado: a) considerar la publicación de directrices destinadas a la convergencia de supervisión y cumplimiento de los requisitos de mitigación y gestión de riesgos de las TIC en el sector financiero de la Unión Europea (UE) b) si fuera necesario, proporcionar a la Comisión asesoramiento técnico sobre la necesidad de mejoras legislativas. También, para evaluar, para el cuarto trimestre de 2018 (ahora Q1 2019), los costos y beneficios de desarrollar un marco coherente de pruebas de resistencia cibernética para importantes participantes del mercado e infraestructuras dentro de todo el sector financiero de la UE. En esa línea, Las ESA publicaron recientemente dos consejos conjuntos en respuesta a las solicitudes formuladas por la CE. Por un lado, el asesoramiento conjunto sobre la necesidad de mejoras legislativas relacionadas con los requisitos de gestión de riesgos de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en el sector financiero de la UE (Asesoramiento en mejoras legislativas de las TIC). Por otro, asesoramiento conjunto sobre los costos y beneficios de un marco coherente de pruebas de resistencia cibernética para importantes participantes e infraestructuras del mercado dentro del sector financiero de la UE (Asesoramiento en un marco coherente de pruebas de resistencia cibernética).

Respecto a la necesidad de mejoras legislativas, según la EIOPA[1], al desarrollar el asesoramiento conjunto, el objetivo de las ESA era que cada entidad relevante debería estar sujeta a requisitos generales claros sobre la gobernanza de las TIC, incluida la ciberseguridad, para garantizar la provisión segura de servicios regulados. Guiados por ese objetivo, las propuestas presentadas en el Consejo tienen como objetivo promover una mayor capacidad de recuperación operativa y armonización en el sector financiero de la UE mediante la aplicación de cambios en sus respectivas legislaciones sectoriales. La notificación de incidentes es muy relevante para la gestión de riesgos de las TIC y permite a las entidades y autoridades relevantes registrar, monitorear, analizar y responder a las incidencias operativas, de seguridad y fraude de las TIC. Por lo tanto, las ESA exigen la simplificación de los aspectos de los marcos de información de incidentes en todo el sector financiero. Además, en relación a los costos y beneficios de un marco coherente de pruebas de resistencia cibernética, las ESA ven claros beneficios de dicho marco. Sin embargo, EIOPA apunta que en la actualidad existen diferencias significativas entre los sectores financieros y dentro de los mismos en cuanto al nivel de madurez de la ciberseguridad. En el corto plazo, las ESAs aconsejan enfocarse en lograr un nivel mínimo de ciberresiliencia en todos los sectores, en proporción a las necesidades y características de las entidades relevantes. Además, las ESA proponen establecer de manera voluntaria un marco de prueba coherente en toda la UE junto con otras autoridades relevantes teniendo en cuenta las iniciativas existentes[1]. Fuente de la información: EIOPA. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] The European Insurance and Occupational Pensions Authority.
[2] A largo plazo, las ESA tienen como objetivo garantizar un nivel de madurez cibernética suficiente de las entidades intersectoriales identificadas.