La actividad del investigador privado en la actualidad ha dejado de ser una labor misteriosa en mi país para convertirse en una pieza técnica dentro de las empresas y los conflictos legales cotidianos: El Investigador Privado como Filtro de Legalidad (Velasco, 2022). Este profesional cuenta con una acreditación oficial del Ministerio del Interior que le permite obtener datos sobre conductas privadas que otras personas no podrían recopilar legalmente sin incurrir en un delito (Gutiérrez, 2009). Su trabajo se encuentra atrapado en una doble realidad: debe cumplir con lo que el cliente le pide mediante un contrato comercial y, al mismo tiempo, actuar con una objetividad que permita usar sus hallazgos en un juicio de manera válida. En la práctica, la justicia española valora sus testimonios de forma especial, considerándolos testigos con una preparación superior debido a su formación universitaria y a su dedicación continuada al estudio de cada caso concreto (Martín Polvorinos, 2021). Pese a que su sueldo proviene de un particular, la ley le obliga a actuar bajo un prisma de colaboración con la administración pública, entregando información a la policía de manera inmediata si descubre un delito grave durante sus vigilancias (Ridaura Martínez, 2021). De este modo, el detective profesional actúa como un recolector de realidades que busca dar seguridad a quien le contrata, quien debe acreditar un interés legítimo antes de iniciar cualquier seguimiento para evitar abusos (León Alapont, 2020). Esta supervisión pública pretende evitar que cualquier persona sin estudios adecuados realice vigilancias que pongan en peligro la paz social o la convivencia ciudadana.
El respeto a la privacidad marca el perímetro infranqueable de lo que un investigador puede realizar, impidiendo que su labor se convierta en una invasión arbitraria de la vida ajena. No cuenta con permiso para entrar en una casa ajena ni captar imágenes de lo que sucede en el interior de una vivienda, ya que el domicilio representa un espacio de libertad íntima donde la persona posee una expectativa legítima de exclusión frente a terceros (Pérez-Olleros, 2021). Con el avance de la tecnología, el uso de drones o aparatos de geolocalización exige un análisis de proporcionalidad muy riguroso para que las pruebas no sean descartadas por los jueces bajo la teoría de que un dato obtenido violando libertades pierde toda su utilidad en el proceso (Ridaura Martínez, 2021). La idea de posicionar al investigador como un agente de garantías busca que este profesional funcione como un primer filtro de legalidad, asegurando que la verdad se obtenga sin pisotear la dignidad de quien está siendo observado por encargo de una compañía o un particular. En el entorno de las empresas, esta función permite detectar trampas o engaños laborales de manera justa, a condición de que se informe previamente a los trabajadores sobre las reglas de vigilancia y el uso limitado de las herramientas digitales puestas a su disposición (León Alapont, 2020). De este modo, integrar al detective de forma más clara en el sistema de justicia permitiría que sus informes aporten una mayor confianza, protegiendo los derechos de toda la ciudadanía que forma parte de una investigación y garantizando que el proceso judicial se base únicamente en hechos comprobados lícitamente.
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Bibliografía
Gutiérrez Gutiérrez, A. (2009). Aspectos jurídicos de la investigación privada. Quadernos de Criminología: Revista de criminología y ciencias forenses, (7), 14-21.
León Alapont, J. (2020). Retos jurídicos en el marco de las investigaciones internas corporativas: a propósito de los compliances. Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología, (22-04), 1-34.
Martín Polvorinos, C. (2021). Las investigaciones internas corporativas desde la perspectiva de la investigación privada. World Compliance Association.
Pérez-Olleros Sánchez-Bordona, F. J. (2021). Informe de detective privado. Análisis de jurisprudencia y legalidad.
Ridaura Martínez, M. J. (2021). Los derechos fundamentales como límites en el marco de la investigación privada. Teoría y Realidad Constitucional, (47), 129-159.
Velasco-Carretero, M. (2022). El Investigador Privado como Filtro de Legalidad. Sitio iurepost. Visitado el 12/8/2026.
