jueves, 10 de julio de 2025

Plan Anticorrupción ¿Novedad o Infructuosa Realidad?

Fuente de la imagen: mvc archivo propio, insertada en el texto Corrupción en Marbella (M. Velasco, 2006)
A raíz de la publicación del texto “Innovación Legislativa o Cuestión de Voluntad Política” (M. Velasco, 2025)[1], sobre el anuncio del Gobierno de mi país respecto a su Plan estatal Anticorrupción de 15 medidas, diseñado junto a la OCDE, en la tarde del miércoles contactaron varios medios de comunicación para interesarse por mi opinión y me parece fundamental aclararlo de forma sencilla. Y es que el análisis, desde la perspectiva de alguien que trabaja en compliance, derecho administrativo, canales de denuncia, medidas anticorrupción y prevención del blanqueo, es que, si bien cualquier iniciativa contra la corrupción es bienvenida, la mayoría de estas medidas ya están recogidas en el ordenamiento jurídico español (OJE). Es decir, no es que no tengamos normas; es que, en muchos casos, lo que falta es que se apliquen de verdad y con contundencia. Pensemos, por ejemplo, en los controles patrimoniales a altos cargos. Ya existen leyes que obligan a los políticos a declarar sus bienes y actividades. La novedad del plan es que se hagan de forma "aleatoria y anual"[2]. El problema real es si los organismos encargados de esto tienen los recursos y la independencia para investigar a fondo. Lo mismo ocurre con la protección a los denunciantes. Hace muy poco entró en vigor una ley específica que protege a quienes informan sobre corrupción, garantizando su confidencialidad y evitando represalias, pero el reto es que se implemente y funcione en la práctica[3].

Cuando hablamos de perseguir a las empresas corruptoras, que el Presidente ha destacado, es un punto clave. Es cierto que a menudo "se van de rositas". Pero nuestras leyes ya contemplan la responsabilidad penal de las empresas y la posibilidad de imponerles multas y, muy importante, prohibirles contratar con la Administración Pública (las famosas "listas negras"). La cuestión es si se usan estas herramientas con la firmeza necesaria. Endurecer penas o cambiar cómo se calculan las multas son ajustes legislativos, sí, pero el fondo de la cuestión es la voluntad de aplicar lo que ya tenemos. En definitiva, mi mensaje es claro: el problema de la corrupción en España no es principalmente una falta de leyes. Tenemos un marco jurídico bastante completo y alineado con estándares internacionales. La verdadera batalla está en la regeneración de quienes tienen que aplicar esas leyes (judicatura, fiscalía, funcionariado de control...) y en una voluntad política inquebrantable que garantice que la ley se cumpla para todos, sin excepciones ni interferencias. La lucha contra la corrupción es una maratón, no un sprint de anuncios. Necesitamos un compromiso constante, dotar de recursos a los que trabajan para erradicarla, asegurar su independencia y, sobre todo, fomentar una cultura de integridad que impregne todas las instituciones. Solo así recuperaremos la confianza y construiremos una sociedad más justa. Fuente de la información: texto referenciado. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] Velasco-Carretero, Manuel (2025). Innovación Legislativa o Cuestión de Voluntad Política. Sitio Compliance. Visitado el 10/07/2025.
[2] Lo cual es un matiz en la metodología, pero no es que antes no se controlara. 
[3] No tanto que se añadan más garantías a una Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC) en proceso de reforma.