jueves, 30 de septiembre de 2021

Principios para el CFO sobre finanzas en ODS

Fuente de la imagen: portada del informe sobre los primeros principios
para la financiación e inversión integradas en los ODS
Parte de la tarde del miércoles la dediqué a “hojear” el informe sobre los primeros principios para la financiación e inversión integradas en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) respaldados por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), lanzado por el Grupo de Trabajo de Directores Financieros del Pacto Mundial (PM) de la ONU[1]. Según la Red española del Pacto Mundial (REPM), estos principios pretenden guiar a las empresas en la alineación de sus compromisos de sostenibilidad con estrategias financieras corporativas creíbles para crear un impacto real en los ODS.

El objetivo para los firmantes de la declaración del grupo de trabajo de directores/as financieros/as (CFO), consiste en “inspirar un nuevo significado para el papel de los Directores/as financieros (CFO) como arquitectos de la creación de valor sostenible a largo plazo. También aspiramos a crear un mercado para las inversiones y las finanzas corporativas alineadas con los ODS que sea suficientemente diverso y transparente para canalizar billones de dólares de inversiones financieras hacia soluciones del sector privado eficaces para los ODS”. Asimismo, se comprometen a aplicar estos principios y a compartir su experiencia y aprendizaje con los demás.

Para la REPM, se trata de cuatro principios concebidos para complementar los Diez Principios del PM de la ONU y se derivan de una ambición común para apoyar a las empresas en la transición hacia el desarrollo sostenible y para aprovechar las finanzas y las inversiones de las empresas para la consecución de los ODS. Principio 1: Hipótesis del impacto en los ODS y medición. Principio 2: Estrategia integrada en materia de ODS e inversiones. Principio 3: Finanzas corporativas integradas en los ODS. Principio 4: Comunicación elaboración de informes integrados sobre los ODS. Fuente de la información: REPM; fuente de la imagen: portada del informe.
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[1] Si quieres acceder al documento traducido al castellano, clickea AQUÍ. Sitio visitado el 30/092021.

miércoles, 29 de septiembre de 2021

Un poquito de offshoring, por favor

Imagen de un trozo del Puerto de Málaga al atardecer; fuente: archivo propio
Si eres follower de este sitio sabes que en más de una ocasión he escrito sobre el término deslocalización (Offshoring). Textos como “Outsourcing de ocasión”, “Mercantil deslocalización domiciliaria” o “La estrategia de Simbad[1] son prueba de ello. Siguiendo a Manning y otros[2], la deslocalización básicamente consiste en la reubicación de una actividad empresarial de un país a otro, normalmente un proceso operativo, como, por ejemplo, la fabricación, o procesos de apoyo, como la contabilidad. Ojo, porque la deslocalización y la subcontratación (outsourcing) no tienen por qué incluirse mutuamente: puede existir una sin la otra o, incluso, estar entrelazadas (subcontratación en el extranjero) y pueden revertirse de forma individual o conjunta, parcial o completamente, lo que implica términos como reshoring, inshoring e internalización. La deslocalización es cuando el trabajo deslocalizado se realiza mediante un modelo de gestión interno (dependiente), a veces denominado in-house offshore.

Te cuento lo anterior porque últimamente Andalucía en general y Málaga en específico está en boca de las corrientes económicas que fluyen por el social media que frecuento, como sitio predilecto empresarialmente[3], no ya como uno de los destinos favoritos para los “nómadas digitales”[4] sino también para soluciones como nearshoring, significación que te referencié en “Nearshoring y, luego, offshoring[5] y que Carmel y Abbott[6] lo entienden como externalizar o, incluso, deslocalizar procesos, generalmente relacionados con tecnología de la información, en países cercanos físicamente, a menudo fronterizos, culturalmente o políticamente. Hasta el momento, en Europa países como Polonia, Rumanía o Portugal eran los principales centros, pero parece que la Comunidad Autónoma de Andalucía y la provincia de Málaga se están postulando para una posición privilegiada en ese ranking. Así que cabe decir con "deje" andaluz: “Un poquito de offshoring, por favor”. Imagen de un trozo del Puerto de Málaga al atardecer; fuente: archivo propio.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. “Outsourcing de ocasión” (2006), “Mercantil deslocalización domiciliaria” (2007)) o “La estrategia de Simbad” (2009). Sitios visitados el 29/09/2021.
[2] Stephan Manning; Silvia Massini; Arie Lewin. SSRN-A Dynamic Perspective on Next-Generation Offshoring: The Global Sourcing of Science and Engineering Talent. Academy of Management Perspectives. 2008.
[3] En 2012 se escribía en el diario Málagahoy el explícito “Málaga destino empresarial”. Sitio visitado el 29/09/2021.
[4] Javier. Los mejores destinos para ser un nómada digital. Liligo.es. Sitio visitado el 29/09/2021.
[5] Velasco Carretero, Manuel. Nearshoring y, luego, offshoring. 2007. Sitio visitado el 29/09/2021.
[6] Erran Carmel; Pamela Abbott. "Why 'nearshore' means that distance matters". Communications of the ACM. 2007. Sitio visitado el 29/09/2021.

martes, 28 de septiembre de 2021

¿Presencia femenina en consejos administración?

Fuente del gráfico: IAGC de las empresas y elaboración CNMV
Parte de la tarde del lunes la pasé “hojeando” los Informes Anuales de Gobierno Corporativo (IAGC) de las entidades emisoras[1] y de Remuneraciones de los Consejeros (IARC)[2], correspondientes al ejercicio económico 2020 y recientemente publicados por la Comisión Nacional del Mercado de Valores español (CNMV), documentos que de forma agregada reflejan las principales conclusiones de los informes sobre ambas materias que las sociedades han enviado a la CNMV durante 2021.

Según la CNMV, en el año pasado, el grado de seguimiento respecto de las recomendaciones basadas en el Código de Buen Gobierno de las sociedades cotizadas, ha bajado respecto al año anterior, consecuencia fundamentalmente del descenso de nueve puntos del nivel de cumplimiento de las modificaciones introducidas en la revisión del Código de Buen Gobierno que tuvo lugar en junio de 2020, si bien más del 30% de las empresas siguieron más del 90% de las recomendaciones del nuevo Código.

Entre las recomendaciones que más siguieron se encuentran que el consejo se guíe por el interés social, que no proponga la separación de ningún consejero independiente antes del cumplimiento del periodo estatutario para el que hubiera sido nombrado, que todos los consejeros expresen su oposición cuando consideren que alguna propuesta es contraria al interés social, dejar constancia en el acta de las preocupaciones y propuestas no resueltas y que la comisión de auditoría pueda convocar a cualquier empleado o directivo.

En cuanto a las recomendaciones que menos se siguieron, tanto de manera absoluta como parcial, apunta la CNMV las relativas a las nuevas prácticas que recomienda el Código sobre que las sociedades de elevada capitalización cuenten con una comisión de nombramientos y con una comisión de retribuciones separadas y sobre que la remuneración variable de los consejeros esté vinculada a la entrega de acciones. La presencia de mujeres en los consejos experimentó un aumento hasta el 26,1% (23,4% en 2019) que llegó al 31,3% en el Ibex 35.

Entre los aspectos susceptibles de mejora de las remuneraciones de los Consejos, se encuentran la información que las sociedades facilitan sobre planes de pensiones y otros sistemas de ahorro a largo plazo y sobre los criterios y métricas para el cálculo de la retribución variable. Excluyendo el impacto de los planes retributivos plurianuales de una sociedad del Ibex 35, las remuneraciones medias de los consejeros se redujeron en general en 2020. Fuente de la información y del gráfico: CNMV.
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[1] Comisión Nacional del Mercado de Valores español (CNMV). Gobierno Corporativo (IAGC) de las entidades emisoras. Ejercicio 2020. PDF visitado el 28/09/2021.
[2] Comisión Nacional del Mercado de Valores español (CNMV). Remuneraciones de los Consejeros (IARC). Ejercicio 2020. PDF visitado el 28/09/2021.

lunes, 27 de septiembre de 2021

Educación Formal y Educación No formal

Fuente de la imagen: archivo propio
Durante el mes de septiembre he estado integrado en un grupo de expertos que ha valorado un proyecto de gestión de una institución educativa que previsiblemente durante los próximos años se instalará en mi ámbito territorial de actuación. En la semana pasada le hemos dado un último toque doctrinal al informe final. Observo en el apartado "Fuentes bibliográficas y webgráficas" que, junto a reciente y robusta doctrina de ámbito nacional e internacional referenciada, se encuentra el compendio actualizado sobre "planificación y gestión de instituciones de formación", coordinado por Joaquín Gairín Sallán y Adalberto Fernández Arenaz. Y es que todavía anda por la estantería un ejemplar[1] que utilicé cuando estuve colaborando por primera vez (1998) en Tadel Formación, en un proyecto de reorganización y reestructuración empresarial.

En su momento, me gustó la diferencia que los coordinadores establecían en la presentación, entre educación formal y no formal. Por educación formal entendían, por un lado, “la educación que desemboca en la obtención de un título académico estandarizado y, por lo tanto, regulado en las formas de acceder y conseguirlo, relacionado con la estructura del sistema educativo” y, por otro, “el modelo educativo que utiliza elementos que pueden ser catalogados de clásicos en el sistema educativo: centros escolares, programas preestablecidos, profesores presenciales, aulas y horarios rígidos”. En cuanto a la educación no formal, la conceptualizaban como el “proceso de intervención educativa que se realiza al margen del sistema educativo, que puede utilizar medios no convencionales y que mantienen estructuras con entidad propia, aunque no generalizadas”.

También, puse en valor otra reflexión: “Identificar lo formal con lo importante o lo serio es caer en el error por la vía del estereotipo y la simplicidad. Igualmente, lo es establecer la similitud entre la educación no formal y la educación asistemática informal”. Los autores consideran que la educación no formal “no excluye la posibilidad de alcanzar una alta preparación personal y profesional, incluso, una titulación aceptada ampliamente a nivel social aunque no reconocida oficialmente, ni justifica la falta de sistematismo que resulta imprescindible para conseguir procesos educativos eficaces”. Para Gairín, “hablar de educación exige pensar, cada vez más, en contextos de actuación no formal”. Parte de este texto también se ha editado en el sitio book—post, bajo el título “Planificación y gestión Instituciones de Formación”. Fuente de la imagen: archivo propio.
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[1] Gairín Sallán, Joaquín. Fernández Arenaz. Adalberto (Coordinadores). Planificación y gestión de Instituciones de Formación. Editorial Praxis. 1997.

domingo, 26 de septiembre de 2021

Un superalimento por sus vitaminas y minerales

Fuente de la imagen: archivo propio
Después de hartarme de comer melones y sandías en los veranos de la infancia, allá por la Serranía de Ronda, entrando el otoño llegaba el turno de alimentos como la granada. Escribe Morton en “Pomegranate, Punica granatum[1], que es una fruta del árbol púnica granatum, que proviene de Oriente Próximo (Persia) y se ha cultivado en la cuenca mediterránea desde tiempo inmemorial.

Lo de punica[2] parece que alude a los impulsores del cultivo, los fenicios, y granatum[3], por lo de abundantes granos[4]. En la extensión de terreno de regadío de mis ancestros creo recordar solo un árbol muy alto (no sé si porque yo era pequeño o porque realmente el granado era grande), de corteza agrietada, con muchas ramas y alguna que otra espina, por lo que no era de mis preferidos para trepar.

Apunta A. Durá en elconfidencial, “Las razones por las que comer granadas viene bien a tu salud[5], que es un superalimento por su riqueza en vitaminas y minerales[6], previene el cáncer de próstata, atenúa los síntomas de la menopausia, antienvejecimiento[7] o afrodisiaco. Parte del texto también se ha editado en el sitio gastropost, con el título “Punica granatum”. Fuente de la imagen: archivo propio.
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[1] Morton, J. F. "Pomegranate, Punica granatum L". 1987. Fruits of Warm Climates. 2012. Sitio visitado el 26/09/2021.
[2] Proviene del latín pünicum.
[3] De gränätus.
[4] Plinio el Viejo. Sed circa Carthaginem Punicum malum cognomine sibi vindicat; aliqui granatum appellant. Naturalis historia. Libro XIII, XXXIV, 112.
[5] Durá, Ana. Las razones por las que comer granadas viene bien a tu salud. Elconfidencial.com. 2018. Sitio visitado el 26/09/2021.
[6] Antioxidantes y potasio, calcio, magnesio y vitamina C.
[7] Por el ácido punicico del aceite de las semillas.

sábado, 25 de septiembre de 2021

¿Pasaporte COVID para acceso a oficinas o aulas?

Fuente de la imagen: archivo propio
A raíz de la reciente sentencia del Tribunal Supremo Español (TS), sobre su autorización de exhibir el pasaporte Covid en determinados establecimientos, que en su momento referencié en el sitio iurepost, bajo el título ¿Pasaporte Covid para acceso a bares y discotecas?[1], durante esta semana he recibido varias consultas en relación con este tema, de seguidores de textos como ¿Es legal requerir un Certificado COVID en un bar?[2], en el sentido de si se podía exigir a sus clientes el certificado COVID para entrar en las instalaciones de la empresa. Y no me canso de expresar en público y en privado que “hoy por hoy en mi país” no recomiendo que una empresa de un sector no considerado sensible, solicite el certificado COVID porque en España la vacunación no es obligatoria. Tampoco se puede solicitar solo la “exhibición” del certificado. Asimismo, aconsejo que no se pregunte si se está vacunado por el tema de la Protección de Datos Personales. Sí se debe exigir todo el protocolo covid legal activado (incluido mascarillas). Tampoco me gusta la presunta actuación de algunos representantes políticos locales, regionales o nacionales, que en el mejor de los casos "tiran la piedra y esconden la mano", confundiendo a la ciudadanía. ¡Si quieren que se pueda exigir o exhibir, pues legislen! que cuando les interesa cambiar una coma de alguna ley orgánica o de la propia la Constitución Española, "echando leches" se ponen de acuerdo.

Cualquier procedimiento de relaciones y convivencia en una oficina o, incluso, un aula de formación, que contenga la solicitud expresa del certificado de vacunación, además de no contar con el respaldo normativo del legislativo de la comunidad autónoma ni de su homólogo español, corre el riesgo de ser recurrido en los tribunales, con el, incluso, efecto negativo que esto puede tener a nivel de imagen y publicidad de la entidad implicada. En cuanto a la última sentencia del TS, hay que leerla tranquilamente. Por ejemplo, se expresa que “el beneficio que proporciona la medida, respecto de la reducción significativa de los contagios, es muy superior al sacrificio que comporta la exigencia de presentar la documentación para el acceso al local. No se atisba ninguna medida que resulte más adecuada para salvaguardar la vida y la salud de los ciudadanos, en ese tipo de locales”. ¿Qué significa lo anterior? Pues que depende del servicio que se ofrezca o la actividad que se realice. Otro ejemplo: no es lo mismo una oficina o aula, donde perfectamente se puede estar con la mascarilla puesta, que un bar, donde para consumir hay que quitarse la mascarilla. También, apunta el CGPJ[3], que la exigencia de exhibir el pasaporte Covid debe someterse a autorización o ratificación judicial, ya que puede afectar a los derechos fundamentales: igualdad, intimidad o protección de datos.

No obstante, para el reciente caso judicializado referenciado, argumenta el TS que la limitación resulta precisa para permitir su pacífica coexistencia con los demás derechos fundamentales y con los bienes constitucionalmente protegidos que se traducen, en este caso, en una potente presencia del derecho a la vida y a la integridad física, y a la defensa y protección de la salud de los ciudadanos. Asimismo, se indica que la exhibición del pasaporte Covid no vulnera el derecho a la igualdad pues no se produce discriminación entre aquellos que están vacunados y los que no lo están. “Recordemos que la documentación reviste una triple modalidad, que resulta asequible a todos, de modo que quien no quiere mostrar si ha sido o no vacunado, teniendo en cuenta el carácter voluntario de la misma, puede presentar el resultado de la prueba PDIA o el test de antígenos, y desde luego el certificado de recuperación de la Covid-19 si ha pasado la infección.” En todo caso, la Sala aprecia que concurre una justificación objetiva y razonable para permitir o no el acceso al correspondiente establecimiento, según se haya cumplido tal exigencia, pues se trata de la protección de la salud y la vida de las personas, mediante una medida que evita o restringe la propagación de la pandemia.

Cierto que la Sala rechaza que exigir el pasaporte Covid vulnere el derecho a la intimidad y asegura que no puede esgrimirse la prevalencia de este derecho frente al derecho a la vida y a la protección de la salud pública, pero es para ese caso específico, con unas características especiales del lugar y la forma en la que se tiene que dar el servicio y consumirlo, a diferencia de otros establecimientos abiertos al público. Del mismo modo, el tribunal descarta la vulneración del derecho fundamental a la protección de los datos personales cuando lo que se establece, para entrar en el interior de un determinado establecimiento, “es la mera exhibición, es decir, enseñar o mostrar la documentación en cualquiera de las tres modalidades exigida. Sin que, desde luego, puedan recogerse los datos de los asistentes a tales locales, ni pueda elaborarse un fichero, ni hacer un tratamiento informático al respecto”. Tras constatar la afectación “tenue” de los citados derechos fundamentales, concluye que la medida resulta necesaria, idónea y proporcionada para conseguir el fin perseguido. Afirma que la exhibición de la documentación en estos establecimientos es idónea debido a las características de estos lugares de ocio en los que a diferencia de otros establecimientos abiertos al público “no permiten el uso constante y permanente de la mascarilla, del mismo modo que resulta difícil mantener en ellos la distancia de seguridad, se suele conversar con un tono de voz más alto, o incluso cantar”.

Así que Manolete, si no sabes torear ¿pa qué te metes?[4]Por lo anterior, quedémonos con aspectos tales como “contar con el respaldo normativo del legislativo y de la comunidad autónoma”, “el beneficio que proporciona la medida, respecto de la reducción significativa de los contagios”, “características de estos lugares de ocio en los que a diferencia de otros establecimientos abiertos al público”, “la exigencia de exhibir el pasaporte Covid debe someterse a autorización o ratificación judicial”, “no permiten el uso constante y permanente de la mascarilla, del mismo modo que resulta difícil mantener en ellos la distancia de seguridad, se suele conversar con un tono de voz más alto, o incluso cantar”. Aquí cabe preguntarse si esta situación es asimilable a la de una oficina, un almacén o la clase en una universidad o centro de formación público o privado. Esta opinión la escribo hoy, porque mañana, si cambia la legislación autonómica o estatal en mi país o en la Unión europea, la reflexión puede ser otra. Fuente de la información: CGPJ. Fuente de la imagen: archivo propio.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. ¿Pasaporte Covid para acceso a bares y discotecas? Sitio urepost. Visitado el 25/09/2021.
[2] Velasco Carretero, Manuel. como ¿Es legal requerir un Certificado COVID en un bar?. 2021. Sitio visitado el 25/09/2021.
[3] Consejo General del Poder Judicial español.
[4] Velasco Carretero, Manuel. Manolete, si no sabes torear ¿pa qué te metes? Sitio visitado el 25/09/2021.

viernes, 24 de septiembre de 2021

Perenne programación en materia formativa

Reverso certificado de formación de UEMC, especificando competencias. Fuente: archivo propio
En una reciente “vídeotutoría” de dirección Trabajos Fin de Máster (TFM), le trasladaba a la alumna tutorizada mi alegría por el itinerario formativo que había previsto, sugiriéndole que, siempre que pudiera, no dejara de formarse y reciclarse, durante toda su vida, dentro y fuera del sistema educativo, como dice el legislador español, con el fin de “adquirir, actualizar, completar y ampliar" las "capacidades, conocimientos, habilidades, aptitudes y competencias" para el "desarrollo personal y profesional”. También, le manifesté que es el planteamiento que procura un supuesto “sénior” como el que te escribe, que, como bien sabes, tendrá que estar trabajando “hasta 2038 y más allá[1]. Reconozco que soy un “pesao” con esta idea o mensaje, que he insistido en este sitio desde que comencé a escribir y editar textos (ver "Inicio del camino bloguero"[2]) ¡El tiempo pasa rápido!
Anverso diploma de formación curso de 300 horas de UEMC. Fuente: archivo propio
Como muestra, el texto “A lo largo de toda la vida[3] o “Sigue el ritmo, no pares[4], donde te comentaba que en el marco de la impartición de un master universitario presencial (ver “Piensa en modo global, actúa en clave local[5]), transmitía al alumnado la necesidad de estarse formando de manera continua durante toda la vida profesional, como si fuera un hábito saludable más, puesto que nuestra vida laboral, por desgracia o por suerte, ya no es como el tránsito profesional, empresarial, institucional o laboral de los abuelos, padres o hermanos mayores. Finalmente, en “Reciclaje ejecutivo[6], reflexionaba sobre que en el cambio de época en el que estamos inmersos, algunos ejecutivos y empresarios hechos a sí mismos, autodidactas, no reconocen que se encuentran necesitados de un intenso reciclaje formativo. Te dejo copia del título del penúltimo curso realizado en la UEMC.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Hasta 2038 y más allá! 2019. Sitio visitado el 24/09/2021.
[2] Velasco Carretero, Manuel. Inicio del camino bloguero. 2003. Sitio visitado el 24/09/2021.
[3] Velasco Carretero, Manuel. A lo largo de toda la vida. 2016. Sitio visitado el 24/09/2021.
[4] Velasco Carretero, Manuel. Sigue el ritmo, no pares 2020. Sitio visitado el 24/09/2021.
[5] Velasco Carretero, Manuel. Piensa en modo global, actúa en clave local 2020. Sitio visitado el 24/09/2021.
[6] Velasco Carretero, Manuel. Reciclaje ejecutivo 2010. Sitio visitado el 24/09/2021.

jueves, 23 de septiembre de 2021

Las aseguradoras y el futuro de la Unión Europea

Fuente de la imagen: JillWellington en pixabay
Si eres follower de este sitio conoces mi interés por el sector del seguro en mi país. Textos como De supervisores financieros va la cosa", "Ellos se lo guisan y ellos se lo comen", “Distribución de Seguros y Reaseguros” o “Principios de inteligencia artificial en los seguros[1] son prueba de ello. En cuanto a la adaptación a la normativa europea, en "Protección al asegurado con normas europeas"[2] te informaba de los intentos del Gobierno de España (GE) de adaptación a la nueva Directiva de la Unión Europea (UE), intentando reforzar la protección del asegurado mediante obligaciones de transparencia y conducta para los distribuidores de seguros, donde el cliente debería ser informado de todos los costes, gastos y riesgos que asumiera en los productos de inversión basados en seguros, y debería tener acceso a una evaluación periódica de su idoneidad, endureciéndose las sanciones por incumplimiento de las obligaciones de información y proponiendo regular por primera vez las denominadas “ventas cruzadas”, es decir, aquéllas que añaden al contrato de seguro servicios o productos auxiliares. Todo ello en el marco de la adaptación a la Directiva 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de enero de 2016, sobre la distribución de seguros, que introdujo una serie de modificaciones en la Directiva 2002/92/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de diciembre de 2002, sobre la mediación en seguros.

Para el tejido económico y social de Europa, las pólizas de seguros son esenciales, al proteger a las personas de pérdidas económicas cuando ocurre algo imprevisto y desempeñando las compañías de seguros un papel importante en la economía al canalizar el ahorro hacia los mercados financieros y la economía real, facilitando así a las empresas europeas financiación a largo plazo. Para la Comisión Europea (UE), la protección de los seguros es fundamental para muchos hogares, empresas y operadores de los mercados financieros. Además, el sector de los seguros ofrece soluciones para las pensiones de jubilación y ayuda a canalizar el ahorro hacia los mercados financieros y la economía real. En 1 de enero de 2016 entró en vigor la Directiva Solvencia II. La Comisión ha supervisado la aplicación de la Directiva y mantenido amplias consultas con las partes interesadas sobre posibles aspectos que deben revisarse. Pues bien. Recientemente la CE ha adoptado una exhaustiva revisión de las normas de la UE en materia de seguros[3] con el objetivo de facilitar que las compañías de seguros aumenten sus inversiones a largo plazo en la recuperación de Europa tras la pandemia de COVID-19. También, la revisión busca que el sector de los seguros y reaseguros sea más resiliente y capaz de afrontar futuras crisis y proteger mejor a los tomadores de seguros[4].

Para la CE, el objetivo de la revisión es reforzar la contribución de las aseguradoras europeas a la financiación de la recuperación para así avanzar en la Unión de Mercados de Capitales y en la canalización de fondos al Pacto Verde Europeo. A corto plazo, esto podría liberar en la UE capitales por valor de hasta 90 000 millones de euros. Esta importante liberación de capitales ayudará a las aseguradoras y reaseguradoras a ampliar su contribución como inversores privados a la recuperación de Europa de la COVID-19. A título orientativo, la CE avanza algunos puntos clave de la revisión: los cambios protegerán mejor a los consumidores y garantizarán que las compañías de seguros se mantengan sólidas aun en coyunturas económicas difíciles; los consumidores[5] estarán mejor informados sobre la situación financiera de su aseguradora; gracias a una mayor cooperación entre supervisores, los consumidores estarán mejor protegidos cuando compren productos de seguros en otros Estados miembros; habrá incentivos para que las aseguradoras inviertan más en capital a largo plazo para la economía; la solidez financiera de las aseguradoras se basará más en determinados riesgos, como los relacionados con el clima, mientras que serán menos sensibles a las fluctuaciones del mercado a corto plazo; todo el sector se someterá a mayor vigilancia a fin de evitar riesgos para su estabilidad.

Por otro lado, la CE apunta que el objetivo de la Directiva sobre reestructuración y resolución en el sector de los seguros es garantizar que tanto las aseguradoras como las autoridades competentes de la UE estén mejor preparadas en caso de dificultades financieras graves. Se introducirá un nuevo proceso de resolución ordenada que protegerá mejor a los tomadores de seguros y a la economía real, al sistema financiero y, en último término, al contribuyente. Las autoridades nacionales estarán mejor equipadas para afrontar la insolvencia de una compañía de seguros. Al establecerse colegios de autoridades de resolución, los supervisores y las autoridades de resolución podrán adoptar medidas coordinadas, oportunas y decisivas para afrontar los problemas que puedan surgir en relación con grupos de seguros y reaseguros transfronterizos, lo que garantizará el mejor resultado posible tanto para los tomadores de seguros como para la economía en general. En gran medida, las propuestas se basan en el asesoramiento técnico de la AESPJ[6]. Fuente de la información: CE. Fuente de la imagen: JillWellington en pixabay.
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[2] Velasco Carretero, Manuel. Protección al asegurado con normas europeas. Sitio visitado el 23/09/2021.
[3] La revisión adoptada por la CE consta de los siguientes elementos: una propuesta legislativa que modifica la Directiva Solvencia II (Directiva 2009/138/CE), una Comunicación sobre la revisión de la Directiva Solvencia II y una propuesta legislativa de nueva Directiva sobre reestructuración y resolución en el sector de los seguros.
[4] Igualmente, se introducen normas simplificadas y más proporcionadas aplicables a determinadas compañías más pequeñas.
[5] Tomadores de seguros.
[6] Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación.

miércoles, 22 de septiembre de 2021

Dinamismo a corto plazo

Fuente del cuadro económico: BE
Parte de la tarde del martes la pasé “ojeando” las proyecciones macroeconómicas de la economía de mi país, periodo 2021-2023, formuladas por la dirección general de economía y estadísticas del Banco de España (BE)[1]. Apunta la autoridad nacional competente para la supervisión bancaria, que las proyecciones descansan sobre el supuesto de que los avances progresivos del proceso de inmunización de la población y el mantenimiento de la eficacia de las vacunas, permitirán que la incidencia de la pandemia sobre la actividad económica continúe atenuándose en los próximos meses, lo que reduciría significativamente la necesidad de preservar medidas para su contención.

Bajo estas condiciones, la normalización progresiva de la actividad se traduciría en ritmos de avance del PIB[2] todavía relativamente elevados hasta mediados de 2022 y más moderados a partir de entonces. El mensaje que traslada el BE es de cierto dinamismo de la actividad económica a corto plazo, estando condicionado el medio plazo a la evolución del consumo privado, el NGEU[3], los cuellos de botellas en las cadenas globales de suministro y repuntes inflacionistas. El avance de la CNTR[4] para el segundo trimestre de 2021 mostró un crecimiento del PIB del 2,8%, significativamente por encima del escenario central de las proyecciones de junio de 2021.

Asimismo, según el BE los indicadores de actividad de corto plazo son coherentes, en general, con un tono expansivo de la actividad, aunque hay indicios que apuntan a una cierta moderación en los próximos meses. En cuanto a las proyecciones macroeconómicas, el crecimiento del PIB se revisa levemente al alza en 2021, por el fuerte efecto arrastre del dato del segundo trimestre de 2021, que compensa la moderación del avance del PIB en el segundo semestre (2S21), resultado de diversos factores: la revisión a la baja de los mercados exteriores en 2S21, el retraso en la implementación de proyectos del NGEU y los efectos de los “cuellos de botella” y del aumento de la inflación.

En el resto del horizonte, se eleva ligeramente el ritmo de crecimiento del PIB. Los desarrollos en el medio plazo dependerán, especialmente, del consumo privado, de las fricciones en las cadenas globales de producción, del NGEU y de la inflación. Respeto a este último factor, el repunte de precios está siendo más elevado y persistente de lo previsto inicialmente, aunque continúa explicándose, en gran medida, por factores transitorios. En el medio plazo, el BE prevé que la inflación se mantendría en niveles moderados, aunque se revisa ligeramente al alza. Fuente de la información y del cuadro económico: BE.
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[1] Si quieres acceder a la información, clickea AQUÍ. Sitio visitado el 22/09/2021.
[2] Producto Interior Bruto.
[3] Programa Next Generation EU.
[4] Contabilidad Nacional Trimestral.

martes, 21 de septiembre de 2021

¿Qué se entiende por Trabajo Decente?

Fuente de la imagen: Kollinger en pixabay
Por textos como “Trabajo digno: aspiración esencial del ser humano”, “Regulación en España del trabajo remoto-flexible” o ¿Viaje trascendental hacia el trabajo decente?[1] conoces mi interés por todo lo relacionado con el trabajo decente en mi país. Pero ¿Cómo se conceptualiza el trabajo decente? El que fuera director general de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), J. Somavía, difundió un informe donde se introducía el concepto[2], pero como disponibilidad para la Humanidad, necesidad compartida por “los individuos, las familias y las comunidades en todo tipo de sociedad y nivel de desarrollo”. El Director Regional Adjunto de la OIT en 2004, V. Levaggi, lo concibe como “un concepto que busca expresar lo que debería ser, en el mundo globalizado, un buen trabajo o un empleo digno”.

Para la OIT, es un concepto que busca expresar lo que debería ser, en el mundo globalizado, un buen trabajo o un empleo digno: ese “trabajo que dignifica y permite el desarrollo de las propias capacidades no es cualquier trabajo”. Por lo anterior, no sería decente el trabajo que "se realiza sin respeto a los principios y derechos laborales fundamentales, ni el que no permite un ingreso justo y proporcional al esfuerzo realizado, sin discriminación de género o de cualquier otro tipo, ni el que se lleva a cabo sin protección social, ni aquel que excluye el diálogo social y el tripartismo". Levaggi piensa que el trabajo decente contribuirá a "estabilizar un modelo de desarrollo --en democracia-- que ponga al centro a la persona", como humano "y resulte, por ende, promotor de la inclusión".

Recientemente, los titulares de los Ministerios de Trabajo de Estados Unidos y de mi país se han puesto a colaborar en el objetivo común del trabajo decente cimentado en salarios dignos, condiciones de trabajo justas, mayor seguridad y salud en el trabajo e igualdad y no discriminación, elementos que califican de "indisociables del empleo de calidad e imprescindible para mejorar el bienestar social de ambos países". Contribuir a mejorar la vida de los ciudadanos y ciudadanas es para las dos administraciones públicas un objetivo más prioritario que nunca para superar de manera justa los efectos económicos y sociales de la pandemia que las personas más vulnerables han sufrido de manera más acentuada. Fuente de la imagen: Kollinger en pixabay.
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[2] Somavia, Juan. Trabajo decente, 87 Conferencia Internacional del Trabajo. Ginebra. 1999. Documento visitado el 21/09/2021.

lunes, 20 de septiembre de 2021

¿Es otra cosa?

Fuente de la imagen: archivo propio
En “Estamos en un periodo muy, muy grave[1] te confesaba mi agradable sorpresa al conocer que el político Henry Kissinger seguía en este mundo, igual o más lúcido que en sus tiempos mozos. Pues bien, en este fin de semana de convivencia con Javier y su familia, ingeniero industrial que conocí cuando estaba impartiendo las asignaturas de Economía y Empresa, Proyectos y Presupuestos y Marketing y Publicidad en los centros de diseño Goymar Málaga y ABSE, aprovechando la oportunidad que me dieron Encarna y Juanjo (ver “Estudios de Diseño y Moda[2]), me comentó que André Ricard, uno de los autores que enumeró en la sugerida bibliografía para documentar y preparar las clases, todavía andaba por aquí.

Buscamos en Internet y la última entrevista se la hizo Elena Pita para Expansión[3]. De retorno al hogar busqué en el altillo de una de las estanterías y mis manos palparon el polvoriento libro (pero con alma) “Hablando de Diseño”[4], de Ricard, que antaño y acertadamente me recomendó Javier, puesto que consiste en una recopilación de los textos de André más significativos, redactados con reflexión, armonía y vitalidad, entre ellos párrafos escritos en la prensa de entonces y que, en formato compendio y junto a sus introducciones o explicaciones, adquieren una conexión contextual distinta a si cada artículo se leyera por separado.

Le trasladé al amigo que en aquellos años me dejó un tanto descolocado una de sus reflexiones (que respeté pero no compartí): “Todo lo que esté relacionado con la moda –es decir, que sacrifica la función al efectismo- difícilmente puede llamarse diseño. Es otra cosa”. Sí coincido con la parte de su doctrina que entiende que el “término diseño ha de reservarse para definir el estudio serio de los problemas de la forma de las cosas en su relación de utilidad” con las personas. Parte de este texto también se ha editado en el sitio book—post bajo el título “Hablando de diseño”. Fuente de la imagen: archivo propio.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Estamos en un periodo muy, muy grave. 2021. Sitio visitado el 20/20/2021.
[2] Velasco Carretero, Manuel. Estudios de Diseño y Moda. 2021. Sitio visitado el 20/20/2021.
[4] Ricard, André. Hablando de Diseño. Ed. Hogar del Libro. 1987.

domingo, 19 de septiembre de 2021

Que no te roben la emoción

Fuente de la imagen: MCyD
Por textos como “Copia y pega[1] sabes mi cruzada contra ese “copia y pega”, plagio, no mencionar la autoría... Asimismo, recientemente, en “Citar, citar, citar… y después citar[2], te trasladaba mi mensaje al alumnado de TFM. Por lo anterior, obligado es hacerse eco de la campaña publicitaria del Ministerio de Cultura y Deporte del Gobierno de España (MCyD), bajo el nombre “Que no te roben la emoción'”[3], con la que pretende sensibilizar a la población más joven sobre la necesidad de evitar la piratería en internet. Según el MCyD, la campaña consta de spots de video y audio que se emitirán, durante este mes de septiembre y hasta el 2 de noviembre, a través de las redes sociales Youtube, TikTok, Instagram y Spotify. Para su difusión se usará el hashtag #StopPiratería.  Fuente de la información, de la imagen y del vídeo: MCyD.

Las piezas pretenden concienciar y sensibilizar sobre la importancia del respeto de los derechos de propiedad intelectual en el entorno digital y las repercusiones culturales, sociales y económicas de su vulneración, tanto para los creadores, editores, artistas y productores como para la economía en general. Igualmente, pretende resaltar el fortalecimiento del valor social y económico de la creación y las profesiones artísticas a través de la propiedad intelectual. También hace hincapié en los derechos y obligaciones legales relativas al acceso y difusión de contenidos protegidos por derechos de propiedad intelectual. Enmarcada en el Plan 2021 de Publicación y Comunicación Institucional para la Administración General del Estado[3], está impulsada por la Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Copia y pega. 2006. Sitio visitado el 19/09/2021.
[2] Velasco Carretero, Manuel. Citar, citar, citar… y después citar. 2021. Sitio visitado el 19/09/2021.
[3] Sitio visitado el 19/09/2021.

sábado, 18 de septiembre de 2021

La esencia de la Escuela permanece

Fuente de la imagen: momento de una de mis tutorías grupales de TFM
En esta semana que ahora termina, he entregado las actas de evaluación del Trabajo Fin de Máster (TFM) de la Segunda Promoción del Máster de Compliance y Protección de Datos de la Escuela Internacional de Posgrados (EIP), título propio de la UEMC. ¡Felicitaciones a todos los TFMasterizados! Por textos como “Relación Académica especial, única, excelente[1] conoces el método de trabajo en dirección de TFGs, TFEs y TFMs en el que creo, lejos de ”pseudomontajes manufactureros" que al abrigo de "convenios siderales" venden hipotéticos trabajos de cuestionada excelencia soportados en "modelos de ejecución industrial" que, en la mayoría de los casos, desnaturalizan y prostituyen valores tales como la “individualidad” del/a masterizado/a, la “singularidad” del trabajo académico y la “exclusiva” relación pedagógica y didáctica entre masterizado/a y tutor/a, alejándose de la siempre anhelada "excelencia". Pero es con lo que toca lidiar en este mundo de manipulación mercadotécnica vía big data, donde todo vale, fake news y "tierra quemada", debiendo el potencial alumnado discernir el grano de la paja.

He sufrido con los corolarios NO APTOS, me “he removido en el sillón” con los APTOS de reducida nota, porque sigo creyendo que podían haber aspirado a más, si bien comprendo que en su "mesa de trabajo" o "cuadro existencial de mando" tienen otras prioridades, y me siento feliz con los resultados excelentes, a los que les he transmitido mi sincera enhorabuena. En las horas que han transcurrido desde la entrega de las actas hasta el momento en que redacto estas notas, he recibido por la mensajería de la plataforma de EIP sentidos comentarios de parte del alumnado, tanto de los APTOS como de los excelentes, agradeciendo el enfoque o método, la cercanía, el trato… Desde aquí hacerles llegar que solo he intentado seguir las directrices de la dirección del máster: accesible, atención individual y orientación a la excelencia. Mañana "seguiré" o "no estaré" en esa institución educativa que me ha acogido durante estos meses, pero "eso es lo de menos", lo importante es la “Esencia EIP”, que permanece. Desde aquí mi sincera felicitación a todos los APTOS de la Promoción II. Os lo merecéis. Confiad en vosotros y en los conocimientos prácticos adquiridos.

Por lo demás, reiterar el mensaje que he machacado en estos intensos meses de convivencia pedagógica y didáctica: están en un sector de actividad, el compliance, la protección de datos, la prevención del blanqueo de capitales... no de futuro, sino de presente, porque en el diseño de la tan deseada “nueva normalidad” pospandémica, el cumplimiento normativo tiene un papel preponderante como garante de esa “economía y sociedad sostenible” que se necesita para posibilitar los cimientos de un futuro distinto y mejor para nuestros nietos y nietas. Por todo lo anterior, si te gusta el compliance y la protección de datos y reúnes los requisitos, te animo a que consideres este tipo de formación y recuerda: los docentes a nivel individual somos importantes, vamos y venimos, pero la “esencia de la Escuela” (el claustro, la dirección, el alumnado, la coordinación, la filosofía pedagógica, el método didáctico…) es lo que "permanece" (y apunta lo que reflexionaba en “Cómo elegir una buena formación en Cumplimiento Normativo[2]). Fuente de la imagen: momento de una de mis tutorías grupales.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Relación Académica especial, única, excelente. 2021. Sitio visitado el 18/09/2021.
[2] Velasco Carretero, Manuel. Cómo elegir una buena formación en Cumplimiento Normativo. Sitio Compliance. 2016. Visitado el 18/09/2021.

viernes, 17 de septiembre de 2021

¿Más universitarios adultos en mi país?

Fuente de la imagen: archivo propio
El 25% del alumnado de educación terciaria[1] en mi país (uno de cada cuatro estudiante)[2], entre los que se encuentra el querubín en la modalidad universitaria, se inscribe en una disciplina STEM[3]. Esto es lo que se desprende del informe sobre el Panorama de la Educación - Indicadores de la OCDE 2021[4], facilitado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional del Gobierno de España (MEyFP). Siguiendo con la terciaria, la tasa de acceso, del 63,7%, es la quinta más alta de la OCDE, por encima de la media OCDE, del 50,8%, y la media UE22, del 50,1%. Casi ocho de cada diez estudiantes (el 79,8%) que finaliza un grado universitario en España lo hace en una institución pública (el 66,2% en la media OCDE y el 75,8% en la UE22). Dentro de estas disciplinas, solo se logra paridad entre mujeres y hombres en las de ciencias naturales, matemáticas y estadística. Sin embargo, en otras como ingeniería, producción industrial o tecnologías de la información y la comunicación, menos de 1 de cada 4 estudiantes que inician estos estudios es mujer.

En cuanto al nivel educativo de la población española, este sigue mejorando[5]. Por primera vez, el porcentaje de población adulta con estudios superiores, que sube del 31,0% en 2010 al 39,7% en 2020, supera al de la población con estudios básicos, que cae del 47,1% al 37,1%. En el mismo periodo, la proporción de adultos con estudios de secundaria superior ha pasado del 21,9% al 23,2%[6]. Por otra parte, la tasa de graduación en secundaria postobligatoria[7], crece 8,5 puntos porcentuales en los últimos seis años, hasta situarse en el 74,7%. Sigue por debajo de la media OCDE (80,3%) y UE22 (80,6%). En la etapa de secundaria, la OCDE apunta también a la alta tasa de repetición del sistema español, con un 8,7% de escolares repetidores en primera etapa de secundaria (1º a 3º de ESO), cuando la media OCDE es del 1,9% y la media UE22 del 2,2%. En segunda etapa de secundaria[8], repiten curso el 7,9% de los alumnos y alumnas en España, cuando la media OCDE es del 3% y la media UE22 del 3,3%[9].

Especial atención es la dedicada en el informe al impacto que la pandemia de Covid-19 ha tenido en los sistemas educativos. España es uno de los países que menos días ha cerrado sus centros escolares: entre el 1 de enero de 2020 y el 20 de mayo de 2021, han cerrado por completo los centros educativos de Infantil, Primaria y Secundaria un total de 45 días[10]. España es también uno de los 16 países que han aprobado ayudas específicas dirigidas al alumnado con mayores necesidades y forma parte del 40% de países analizados que reforzó el número de profesores durante la pandemia, con la contratación de 30.000 docentes. También forma parte de la mayoría de países que han dado prioridad a la vacunación del profesorado. Una consecuencia de la pandemia es el aumento del desempleo entre los adultos jóvenes, en particular entre los menos formados. Así, la tasa de desempleo en España entre los adultos de entre 25 y 34 años sin estudios de secundaria postobligatoria ha subido en cuatro puntos en un año, hasta el 27,6% en 2020[11].

En términos de equidad, uno de los ejes trasversales del informe de este año, la OCDE apunta a las diferencias de rendimiento escolar entre los alumnos y alumnas en función de su origen socioeconómico: en España, la proporción de jóvenes de 15 años del cuartil inferior del ISEC[12] que alcanzaron al menos el nivel intermedio de rendimiento en lectura en el Informe PISA de 2018 fue un 27% menor que la de jóvenes del cuartil superior del ISEC. En la media OCDE, el porcentaje fue un 29% menor. Por otra parte, en España, los titulados en educación terciaria tienen de media sueldos un 45% más elevados que los que han completado la segunda etapa de secundaria. Los que no han completado este último nivel de educación cobran, de media, un 18% menos[13]. Por último, el número de estudiantes por docente en España está en niveles similares a las medias de los países de la OCDE y de la UE[14]. Fuente de la información: MEyFP. Fuente de la imagen: archivo propio.
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[1] Universidades y Formación Profesional de Grado Superior.
[2] Una cifra ligeramente inferior a la media OCDE (27,4%) y de la media UE22 (28,2%).
[3] Ciencia, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas, por sus siglas en inglés.
[4] Si quieres acceder al documento en formato pdf, clickea AQUÍ, accesible el 17/09/2021.
[5] La proporción de la riqueza nacional que se destina a instituciones educativas es significativa en todos los países de la OCDE y de la UE22. En 2018, estos países destinaron una media del 4,9% y del 4,4% de su PIB, respectivamente, a educación. En España, este porcentaje alcanzó el 4,3% del PIB.
[6] A pesar de esta evolución, mi país sigue teniendo una tasa de población con estudios básicos por encima de la media de los países de la OCDE (21,0%) y de la media de los países de la Unión Europea* (17,1%) y un porcentaje de adultos con estudios de secundaria superior por debajo de la media OCDE (42,5%) y UE22 (46,0%).
[7] El porcentaje de población que se espera que se gradúe a lo largo de su vida en esa etapa.
[8] 4º ESO, Bachillerato, Formación Profesional Básica y de Grado Medio.
[9] Resalta el MEyFP las altas tasas de escolarización en España; el 39,6% de los niños y niñas de 0 a 3 años acude a un centro educativo, según datos de 2019, por encima de la media OCDE, del 24,9%, y de la media UE22, del 22,4%. En segundo ciclo de Infantil, la escolarización es casi completa, con un 97,3% de la población de 3 a 5 años inscrita en los centros escolares, 10 puntos por encima de la media OCDE (87,0%) y 6 por encima de la media UE22 (90,9%).
[10] En el resto de países de la OCDE, de media se cerraron los centros educativos entre 55 días (en el caso de los centros de Infantil) y 101 días (en el caso de los de secundaria superior) en ese periodo, variando en función de la etapa educativa.
[11] En la media OCDE, esta misma cifra ha aumentado en dos puntos, hasta el 15,1%. Entre la población española de 25 a 34 años con estudios superiores, la tasa de desempleo se sitúa en 2020 en el 15,1%, 13 puntos por debajo de la de jóvenes con estudios básicos.
[12] Índice socioeconómico y cultural.
[13] En cuanto a las diferencias por sexo, el salario de las mujeres es sistemáticamente inferior al de los hombres: estas cobran entre el 73% y el 80% de los salarios de los hombres con los mismos estudios en España (entre el 76% y el 78% en la media OCDE).
[14] En Primaria, España cuenta con 14 estudiantes por docente (frente a los 15 estudiantes de media en la OCDE y 13 de media en la UE22); en primera etapa de Educación Secundaria son 12 por docente (13 en la OCDE y 11 en la UE); en segunda etapa de Educación Secundaria son 11 estudiantes por docente (13 en la OCDE y 12 en la UE). En Formación Profesional Básica y de Grado Medio, la media baja a 8 estudiantes por docente en España.

 

jueves, 16 de septiembre de 2021

Itinerario hacia la Década Digital

Fuente de la imagen: archivo propio
Considera la Comisión Europea (CE) que la pandemia ha puesto de manifiesto el papel crucial que juega la tecnología digital en la construcción de un porvenir próspero y sostenible. Ciertamente, la crisis ha evidenciado la disparidad existente entre las empresas con buena capacidad digital y las que aún no han adoptado soluciones digitales, y ha puesto aún más de relieve la brecha entre las zonas urbanas bien conectadas y los territorios rurales y remotos. Por otro lado, la digitalización ofrece muchas oportunidades nuevas también para el mercado europeo: de hecho, según la CE, en 2020 fueron más de 500.000 los puestos vacantes para expertos en ciberseguridad y puestos que quedaron sin cubrir. En consonancia con los valores europeos, el Itinerario hacia la Década Digital debería reforzar el liderazgo digital y promover políticas sostenibles y centradas en el ser humano, capaces de empoderar tanto a las empresas como a los ciudadanos[1].

En “Identidad digital segura y de confianza[2]”, te referenciaba la Brújula Digital de la CE para 2030, que esbozaba la vía europea para la economía y la sociedad digitalizadas, proponiendo una serie de objetivos digitales concretos para los cuatro puntos cardinales: capacidades, infraestructuras, empresas y servicios públicos. Pues bien, recientemente la CE ha propuesto un Itinerario hacia la Década Digital, delineando un plan concreto para lograr la transformación digital de la sociedad y economía europea hasta 2030, itinerario que intenta plasmar en términos concretos las ambiciones digitales de la UE para 2030, creando un marco de gobernanza basado en un mecanismo de cooperación anual con los Estados miembros para alcanzar los objetivos de la Década Digital de 2030 en toda la Unión, en lo que atañe a las capacidades e infraestructuras digitales y la transformación digital de las empresas y de los servicios públicos[3].

El Itinerario hacia la Década Digital propuesto se ha apoyado en los resultados de varias consultas en las que los ciudadanos, las empresas, las administraciones públicas, los Estados miembros, la industria y distintas organizaciones han compartido su punto de vista acerca de cuáles son los elementos que consideran necesarios para que la transformación digital en Europa sea un éxito[4]. En paralelo, la Comisión está finalizando una propuesta común de «Declaración de principios digitales» del Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión para garantizar que la esfera digital refleja los derecho y valores europeos. De esta manera, todos los ciudadanos podrán beneficiarse de las oportunidades digitales, como por ejemplo el acceso universal a internet, algoritmos que respetan a las personas y un entorno en línea seguro y fiable[5]. Fuente de la información: CE. Fuente de la imagen: archivo propio.
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[1] En los últimos años, los avances digitales en los Estados miembros han sido muy desiguales. Se ha observado que aquellos países que avanzaban lentamente hace cinco años, siguen teniendo una progresión lenta también en la actualidad. Con este nuevo Itinerario hacia la Década Digital se instituye una cooperación estructurada para colaborar en el alcance de los objetivos acordados, tomando al mismo tiempo en cuenta los diferentes puntos de partida de los Estados miembros.
[2] Velasco Carretero, Manuel. Identidad digital segura y de confianza. 2021. Sitio visitado el 16/09/2021.
[3] También tiene por objeto identificar y ejecutar proyectos digitales a gran escala entre la Comisión y los Estados miembros.
[4] Además, su ejecución, así como la concepción de iniciativas de seguimiento, se verá acompañada de debates en un foro en línea dedicado a la Brújula Digital.
[5] El informe anual sobre «La evolución de la Década Digital» recogerá una evaluación de la aplicación de los principios digitales.

miércoles, 15 de septiembre de 2021

¿Presunto oligopolio eléctrico?

Fuente de la imagen: archivo propio
Por textos como “Patologías de la competencia”, “Renovable fotovoltaica”, “Bienvenidas sean las medidas eléctricas o el explícito “Sube la luz[1], conoces mi interés por el mercado eléctrico en general y el presunto oligopolio o cártel, trust (o vete tú a saber) de las eléctricas en particular. Bueno, lo de “presunto” ya no está tan claro en España, puesto que ante el plan de choque del Gobierno de mi país (GE) para rebajar el precio de la electricidad, en vez de impugnarlo en vía judicial, insinúan parar centrales nucleares y subir el precio de la luz[2], una práctica oligopolística en toda regla, por no hablar de amenaza o chantaje[3].

Siguiendo a Appelbaum[4], Ivaldi, Jullien, Rey y otros[5], un oligopolio es una forma de mercado que está dominado por un pequeño grupo de grandes vendedores (oligopolistas)[6]. Para parte de la doctrina, pueden resultar de diversas formas de colusión[7] que reducen la competencia en el mercado, lo que luego conduce a precios más altos para los consumidores y salarios más bajos para los empleados de las empresas. En esta situación, los oligopolistas actúan como un monopolio y, en última instancia, obtienen un poder de mercado mediante la confabulación, en vez de competir duro en beneficio del consumidor.

En algunos países existe lo que se conoce como Leniency program (programa de indulgencia)[8], para potenciar la confesión de las acciones colusorias. El GE ha aprobado un Real Decreto-ley con la finalidad de mantener la factura final de la electricidad de los consumidores este 2021 en el mismo nivel que 2018. La norma combina medidas generales, que supuestamente benefician a todos los consumidores españoles, con acciones específicas de mayor incidencia en los ciudadanos vulnerables, y al tejido PYME[9], así como el medioambiente y los territorios próximos a los grandes embalses[10]. Fuente de la imagen: archivo propio.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Patologías de la competencia (2015), Renovable fotovoltaica(2013), Bienvenidas sean las medidas eléctricas (2017) o el explícito Sube la luz(2008). Sitios visitados el 15/09/2021.
[2] La patronal nuclear amenaza con el cierre de la producción. elconfidencial. 2021. Sitio visitado el 15/09/2021.
[3] "Chantaje", "guerra": la izquierda se ... - Huffington Post. Huffington Post. 2021. Sitio visitado el 15/09/2021.
[4] Appelbaum, Elie. "The estimation of the degree of oligopoly power". Journal of Econometrics.1982. Sitio visitado el 15/09/2021.
[5] Ivaldi, M., Jullien, B., Rey, P., Seabright, P., & Tirole, J. The economics of tacit collusion. 2003.
[6] Por ejemplo, la insulina y la industria eléctrica son altamente oligopolistas en países como Estados Unidos.
[7] Acuerdo engañoso o cooperación secreta entre dos o más partes para limitar la competencia abierta defraudando a otros de sus derechos legales.
[8] Harrington, J. Corporate leniency programs and the role of the antitrust authority in detecting collusion. Competition Policy Research Center Discussion Pape. 2006.
[9] Pequeña y Mediana Empresa.
[10] Así, entre las actuaciones destinadas a todos los consumidores, el Real Decreto-ley incluye medidas coyunturales, como rebajar el Impuesto Especial de la Electricidad al 0,5% y suspender hasta final de año el Impuesto sobre el Valor de Producción de Energía Eléctrica, que grava con un 7% a la generación; aumentar en 900 millones de euros la aportación de la recaudación de las subastas de CO2 destinada a cubrir costes del sistema eléctrico hasta los 2.000 millones durante el ejercicio; o minorar temporalmente los ingresos extraordinarios que está provocando la elevada cotización del gas en algunas centrales eléctricas.