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Así será posible actuar con mayor eficacia en la detección de los casos donde deban adoptarse medidas de política social para atender a los hogares en peor situación. Asimismo, en caso de impago, las compañías eléctricas deberán informar a los consumidores de la posibilidad de acogerse al bono social, sin asumir costes por el cambio de contrato, de forma que la aplicación del mismo pueda ser una primera medida para recuperar la normalidad de los pagos, regulándose, también, un mecanismo para evitar los cortes de suministro en los casos con mayor riesgo social. Aquellos consumidores vulnerables severos que estén siendo atendidos por los servicios sociales de una Administración autonómica o local que financie al menos el 50 por ciento del importe de su factura, debido a su especial protección, serán considerados como consumidores en riesgo de exclusión social. Bienvenidas sean estas medidas, aunque ya sabes que el verdadero problema es otro. Fuente e la iamgen: mvc archivo propio.
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[1] por textos como “Autonomía y consentimiento”, “Consumidores y Clausulas Abusivas”, “Distintivo de adhesión al SAC”, “Reembolso ente Desistimiento” o ¿Consuelo de tonto? Sitios visitados el 19/10/2017.
[2] En textos como “Patologías de la competencia”, “Renovable fotovoltaica” o el explícito “Sube la luz”. Sitios visitados el 19/10/2017.