jueves, 23 de septiembre de 2021

Las aseguradoras y el futuro de la Unión Europea

Fuente de la imagen: JillWellington en pixabay
Si eres follower de este sitio conoces mi interés por el sector del seguro en mi país. Textos como De supervisores financieros va la cosa", "Ellos se lo guisan y ellos se lo comen", “Distribución de Seguros y Reaseguros” o “Principios de inteligencia artificial en los seguros[1] son prueba de ello. En cuanto a la adaptación a la normativa europea, en "Protección al asegurado con normas europeas"[2] te informaba de los intentos del Gobierno de España (GE) de adaptación a la nueva Directiva de la Unión Europea (UE), intentando reforzar la protección del asegurado mediante obligaciones de transparencia y conducta para los distribuidores de seguros, donde el cliente debería ser informado de todos los costes, gastos y riesgos que asumiera en los productos de inversión basados en seguros, y debería tener acceso a una evaluación periódica de su idoneidad, endureciéndose las sanciones por incumplimiento de las obligaciones de información y proponiendo regular por primera vez las denominadas “ventas cruzadas”, es decir, aquéllas que añaden al contrato de seguro servicios o productos auxiliares. Todo ello en el marco de la adaptación a la Directiva 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de enero de 2016, sobre la distribución de seguros, que introdujo una serie de modificaciones en la Directiva 2002/92/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de diciembre de 2002, sobre la mediación en seguros.

Para el tejido económico y social de Europa, las pólizas de seguros son esenciales, al proteger a las personas de pérdidas económicas cuando ocurre algo imprevisto y desempeñando las compañías de seguros un papel importante en la economía al canalizar el ahorro hacia los mercados financieros y la economía real, facilitando así a las empresas europeas financiación a largo plazo. Para la Comisión Europea (UE), la protección de los seguros es fundamental para muchos hogares, empresas y operadores de los mercados financieros. Además, el sector de los seguros ofrece soluciones para las pensiones de jubilación y ayuda a canalizar el ahorro hacia los mercados financieros y la economía real. En 1 de enero de 2016 entró en vigor la Directiva Solvencia II. La Comisión ha supervisado la aplicación de la Directiva y mantenido amplias consultas con las partes interesadas sobre posibles aspectos que deben revisarse. Pues bien. Recientemente la CE ha adoptado una exhaustiva revisión de las normas de la UE en materia de seguros[3] con el objetivo de facilitar que las compañías de seguros aumenten sus inversiones a largo plazo en la recuperación de Europa tras la pandemia de COVID-19. También, la revisión busca que el sector de los seguros y reaseguros sea más resiliente y capaz de afrontar futuras crisis y proteger mejor a los tomadores de seguros[4].

Para la CE, el objetivo de la revisión es reforzar la contribución de las aseguradoras europeas a la financiación de la recuperación para así avanzar en la Unión de Mercados de Capitales y en la canalización de fondos al Pacto Verde Europeo. A corto plazo, esto podría liberar en la UE capitales por valor de hasta 90 000 millones de euros. Esta importante liberación de capitales ayudará a las aseguradoras y reaseguradoras a ampliar su contribución como inversores privados a la recuperación de Europa de la COVID-19. A título orientativo, la CE avanza algunos puntos clave de la revisión: los cambios protegerán mejor a los consumidores y garantizarán que las compañías de seguros se mantengan sólidas aun en coyunturas económicas difíciles; los consumidores[5] estarán mejor informados sobre la situación financiera de su aseguradora; gracias a una mayor cooperación entre supervisores, los consumidores estarán mejor protegidos cuando compren productos de seguros en otros Estados miembros; habrá incentivos para que las aseguradoras inviertan más en capital a largo plazo para la economía; la solidez financiera de las aseguradoras se basará más en determinados riesgos, como los relacionados con el clima, mientras que serán menos sensibles a las fluctuaciones del mercado a corto plazo; todo el sector se someterá a mayor vigilancia a fin de evitar riesgos para su estabilidad.

Por otro lado, la CE apunta que el objetivo de la Directiva sobre reestructuración y resolución en el sector de los seguros es garantizar que tanto las aseguradoras como las autoridades competentes de la UE estén mejor preparadas en caso de dificultades financieras graves. Se introducirá un nuevo proceso de resolución ordenada que protegerá mejor a los tomadores de seguros y a la economía real, al sistema financiero y, en último término, al contribuyente. Las autoridades nacionales estarán mejor equipadas para afrontar la insolvencia de una compañía de seguros. Al establecerse colegios de autoridades de resolución, los supervisores y las autoridades de resolución podrán adoptar medidas coordinadas, oportunas y decisivas para afrontar los problemas que puedan surgir en relación con grupos de seguros y reaseguros transfronterizos, lo que garantizará el mejor resultado posible tanto para los tomadores de seguros como para la economía en general. En gran medida, las propuestas se basan en el asesoramiento técnico de la AESPJ[6]. Fuente de la información: CE. Fuente de la imagen: JillWellington en pixabay.
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[2] Velasco Carretero, Manuel. Protección al asegurado con normas europeas. Sitio visitado el 23/09/2021.
[3] La revisión adoptada por la CE consta de los siguientes elementos: una propuesta legislativa que modifica la Directiva Solvencia II (Directiva 2009/138/CE), una Comunicación sobre la revisión de la Directiva Solvencia II y una propuesta legislativa de nueva Directiva sobre reestructuración y resolución en el sector de los seguros.
[4] Igualmente, se introducen normas simplificadas y más proporcionadas aplicables a determinadas compañías más pequeñas.
[5] Tomadores de seguros.
[6] Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación.