jueves, 30 de noviembre de 2017

¿Qué es la Formación Profesional Dual?

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
En el texto "Iniciativas formativas duales"[1], apuntaba que uno de los nichos de actividad formativa en mi país parece que es la formación profesional dual (FPD), al abrigo del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de esa formación. A la vista de los datos del paro y del empleo, no cabe duda que el desempleo de mi país se mantiene a un nivel muy elevado y la tasa de abandono escolar prematuro es una de las más altas de la Unión Europea. El legislador español, con las últimas reformas normativas, trata de corregir ese sensible escenario mediante modificaciones legales, tanto desde la perspectiva educativa como laboral, para posibilitar la adaptación de la educación y formación profesionales a las necesidades del mercado de trabajo. 

Pero ¿Qué es la Formación Profesional (FP) Dual? Según el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de España (MECYD), la FPD es una nueva modalidad dentro de la formación profesional. Los proyectos de FPD en el sistema educativo combinan los procesos de enseñanza y aprendizaje en la empresa y en el centro de formación y se caracterizan por realizarse en régimen de alternancia entre el centro educativo y la empresa, con un número de horas o días de estancia de duración variable entre el centro de trabajo y en el centro educativo. La implantación de esta modalidad en la oferta de las enseñanzas de FP depende, como en toda la oferta educativa, de cada Comunidad Autónoma. La normativa que actualmente regula en mi país la nueva modalidad se encuentra en el Real Decreto 1529/2012[2]  y la Orden ESS/2518/2013[3].

Con esta nueva modalidad innovadora, las empresas pueden apoyar nuevos modelos de organización de la FP que se dirijan hacia la búsqueda de la excelencia en la relación de la empresa con los centros de FP y promuevan su Responsabilidad Social Corporativa (RSC). Para ello, a través de los proyectos desarrollados en las Comunidades Autónomas, se trabaja en fomentar una cultura de la FPD en las empresas y los centros que logre proporcionar a las personas la formación especializada y polivalente requerida y acercar las enseñanzas de los títulos de formación profesional a la realidad socioeconómica del mercado laboral, respondiendo así a las necesidades de desarrollo personal y de cualificación de los diferentes sectores productivos y de servicios de las economías autonómicas y estatal. 

El Real Decreto 1529/2012 afirma, en su artículo 28 como finalidades de los proyectos de FPD: a) Incrementar el número de personas que puedan obtener un título de enseñanza secundaria postobligatoria a través de las enseñanzas de FP. b) Conseguir una mayor motivación en el alumnado disminuyendo el abandono escolar temprano. c) Facilitar la inserción laboral como consecuencia de un mayor contacto con las empresas. d) Incrementar la vinculación y corresponsabilidad del tejido empresarial con la FP. e) Potenciar la relación del profesorado de FP con las empresas del sector y favorecer la transferencia de conocimientos. f) Obtener datos cualitativos y cuantitativos que permitan la toma de decisiones en relación con la mejora de la calidad de la FP.

En la actualidad, el MECYD trabaja en un proyecto del Real Decreto de FP Dual, que establecerá las bases de esta modalidad de FP en el sistema educativo, dando respuesta a muchas de las demandas realizadas por empresas y centros educativos. Para la elaboración de este decreto, es deseo del Gobierno "contar con todos los actores implicados: alumnos, profesores, centros y empresas, pero también con las administraciones educativas y los interlocutores sociales, para que sea un texto consensuado ya que estamos ante la "gran oportunidad para conseguir que la FP se convierta en una alternativa escogida por los alumnos por su calidad"[4]. Fuente de la información: Sitio Formación para el Empleo, texto "Proyecto de Real Decreto de FP Dual". Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Iniciativas formativas duales. 2016. Sitio visitado el 30/11/2017.
[2] Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la FP dual.
[3] Orden ESS/2518/2013, de 26 de diciembre, por la que se regulan los aspectos formativos del contrato para la formación y el aprendizaje, en desarrollo del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la FP dual.
[4] Hoy se ofrecen 161 títulos de Formación Profesional, unos estudios cursados en su modalidad Dual en 2016-2017 por 24.000 alumnos, seis veces más que hace cuatro años, con un número de centros que la imparten que ha pasado de 173 en el curso 2012-2013 a 854 el curso pasado, y un número de empresas también multiplicado, en este caso por 20.

miércoles, 29 de noviembre de 2017

I+D y formación en torno al vino de Málaga

De izq. a drcha. D. Antonio Guevara Plaza, Decano de la Facultad de Turismo de la UMA, D. José María Losantos, Presidente del Consejo Regulador de las DDO Málaga, Sierras de Málaga y Pasas de Málaga, D. José Ángel Narváez, Rector Magnífico de la UMA, y D. José Manuel Moreno, Secretario del Consejo Regulador.
Si eres follower de este sitio, conocerás mi relación con el Consejo Regulador de las Denominaciones de Origen Málaga, Sierras de Málaga y Pasas de Málaga[1].  Y es que le tengo mucho respeto y aprecio a la institución, que ya a principios de este siglo, me ayudó en mi etapa en Virgen de la Oliva-Hojiblanca[2] y con la que en 2007, cuando era socio de la entidad de capital riesgo M Capital[3], tuve la oportunidad de colaborar en la puesta en marcha del Museo del Vino Málaga[4], espacio físico que, además de actuar de amplificador de todo lo relacionado con los vinos de Málaga y Sierras de Málaga así como las pasas de Málaga, albergó los proyectos “Oficios en la Casa del Vino[5] y “Málaga Recurso Enológico[6], que tuve la suerte de dirigir, contando con un cualificado y proactivo equipo técnico y el apoyo del Consejo, liderado por su Secretario General.

Por lo anterior comprenderás que me alegre y te cuente que el lunes pasado, la Universidad de Málaga (UMA) y el Consejo Regulador de las Denominaciones de Origen ‘Málaga’, ‘Sierras de Málaga’ y ‘Pasas de Málaga’  (CR), firmaron un convenio de colaboración para la consecución de fines comunes relacionados con la investigación, el desarrollo tecnológico, la innovación y la formación, especialmente en los campos del vino y de la pasa con denominación de origen. El rector de la UMA[7] y el presidente del CR de dichas denominaciones[8], han rubricado el convenio[9], acuerdo que permitirá la ejecución de proyectos y programas conjuntos de I+D+i, la prestación de asesoramiento científico, la cooperación en programas de formación, las prácticas de estudiantes y titulados, así como la incorporación de investigadores a empresas del sector[10] [11]
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[1] Textos como “Málaga Calidad”, “Nada y mucho”, “Andalucía sigue sin cerrar”, “El Vino y el Corazón”, “Objetivo cumplido”, “Málaga, Fotografía y Vino", "Último brindis”… son buena prueba de ello. Sitios visitados el 29/11/2017.
[2] Ver texto “Si el vino viene, viene la vida”. Sitio visitado el 29/11/2017.
[3] Ver “Subir y bajar escaleras”, “ Austeridad, calma, silencio”, “Premio Mediterráneo de Cultura” o “Energía Solidaria”. Sitios visitados el 29/11/2017.
[4] Ver texto del mismo título. Sitio visitado el 29/11/2017.
[5] Ver “Casa de Oficios”, “Les echaré de menos” o “La bella causa de la inserción laboral”. Sitios visitados el 29/11/2017.
[6] Ver “Bálsamo de Fierabrás”, “Reír, llorar…” o el explícito “Málaga: Recurso Enológico”.
[7] Ilmo. Sr. D. José Ángel Narváez.
[8] D. José María Losantos.
[9] En el Pabellón de Gobierno de la UMA.
[10] El convenio prevé además la organización conjunta de cursos, seminarios, conferencias y jornadas científicas, técnicas, de formación y promoción.
[11] Fuente de la imagen: UMA: de izquierda a derecha, D. Antonio Guevara Plaza, Decano de la Facultad de Turismo, centro que trabaja en la implantación del primer grado de Andalucía en Ciencias Gastronómicas y Gestión Hotelera -previsto para el curso 2019-20-, D. José María Losantos, Presidente del Consejo Regulador, D. José Ángel Narváez, Rector Magnífico, y D. José Manuel Moreno, Secretario del Consejo Regulador.

martes, 28 de noviembre de 2017

Datos personales y Administraciones Locales

Fuente de la imagen: pixabay
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) publicó ayer el documento ‘El nuevo RGPD y su impacto sobre las actividades de las Administraciones Locales (AALL)’, en el que sintetiza las principales medidas que las AALL deben poner en marcha antes del 25/05/2018, fecha en que será aplicable el RGPD[1]. Con esas pautas, la Agencia quiere fomentar que estas entidades conozcan las implicaciones prácticas de la nueva normativa y puedan adoptar las medidas necesarias para cumplir con las previsiones establecidas en la misma, abordando en 15 puntos las principales modificaciones que deberán realizar estas entidades para alinear su actividad a las exigencias del Reglamento. 

En el documento se recogen, entre otros aspectos, la necesidad de identificar con nitidez las finalidades y la base jurídica de los tratamientos que se llevan a cabo; adecuar la información que se ofrece a los interesados cuando se recogen sus datos; establecer mecanismos visibles, accesibles y sencillos para ejercer los derechos y en el plazo que marca el RGPD. Asimismo, se plantea la necesidad de efectuar análisis de riesgos de los tratamientos que se realicen; establecer tanto un registro de actividades como mecanismos para identificar con rapidez la existencia de brechas de seguridad y reaccionar ante ellas, y designar un DPD[2]

En este último caso, y dado que las dimensiones de las AALL no siempre hacen viable contar con un DPD integrado en plantilla, la Agencia recuerda que entre las posibles opciones se encuentra que las Diputaciones Provinciales ofrezcan a los municipios estos servicios o la contratación común de esta figura por varias entidades. Fuente de la información: Sitio Protección de Datos, texto "El nuevo RGPD y su impacto en la Administración Local", y AEPD. Fuente de la imagen: pixabay.
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[1] Reglamento General de Protección de Datos.
[2] Delegado de Protección de Datos.

lunes, 27 de noviembre de 2017

Coordinando personas inteligentes y listas

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Tengo la suerte de relacionarme con personas inteligentes, con bastante talento, desde numbers one de corporaciones empresariales, hasta técnicos cualificados, pasando por directivos o responsables de departamentos. Intento escuchar y procesar el conocimiento que me transmiten. La semana pasada me pregunté si realmente me manejo bien con estos perfiles que los catalogo de altas capacidades profesionales (AACCPP), así que me propuse el sábado y domingo re-hojear el texto de Jeswald Salacuse, Leading Leaders: How to Manage Smart, Talented, Rich, and Powerful People[1], que traducido con mi inglés de los Montes de Málaga es algo así como “Coordinando líderes: cómo gestionar gente inteligente, talentosa, rica y poderosa”.

Y es que las personas internas y externas más valiosas de una organización frecuentemente son las más difíciles de gerenciar, perfiles directivos o profesionales altamente capacitados, ya sea el que “corta el bacalao” al máximo nivel, el capitalista, miembros de la junta directiva, responsables de divisiones o expertos en funciones sensibles, todos activos importantes para la organización, pero solo cuando sus fortalezas se pueden potenciar y alinear con los objetivos de la empresa. El autor intenta enseñarme cómo desarrollar relaciones personalizadas, cercanas y personales con estas personas, aprovechando su experiencia para tomar mejores decisiones. Para ello establece procesos que armonizan con estos prosélitos especiales, que incluyen negociación, planificación estratégica, tormenta de ideas…

El pensamiento primordial en el que gira la tesis de Jeswald es el descubrimiento de los intereses de aquellos individuos a los que se desea dirigir, dejando nítido que está sirviendo a sus intereses. Lo anterior demanda escuchar, prestar atención de manera personalizada, encuadrar sus objetivos en sus procesos y, por supuesto, postrarse ante su libertad y autonomía. Este reto comunicacional lo desglosa Salacuse en siete tareas periódicas; negociar la visión, consolidar estrellas grupales o en equipo, resolución de los conflictos de liderazgo, enseñar a los ilustrados, conmover a los líderes, coordinar a los líderes externos y generar confianza de los líderes hacia uno mismo[2]. Este texto también se ha editado en el sitio BOOKPOST, bajo el título "Liderando líderes". Fuente de l imagen: mvc archivo propio.
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[1] Jeswald Salacuse. Leading Leaders: How to Manage Smart, Talented, Rich, and Powerful People. Editorial American Management Association. 2005.
[2] A continuación te dejo un vídeo en inglés, alojado en Youtube cortesía de ThinkTech Hawaii, con unas reflexiones de Salacuse sobre los secretos para negociar en la vida.

domingo, 26 de noviembre de 2017

Sondeando el contenido digital en España

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Recomendado por Fernando (Gracias), la tarde del sábado la pasé hojeando el Informe del Sector de los Contenidos Digitales en España, correspondiente a la situación del sector en 2015, realizado por el ONTSI1]. El trabajo de investigación recoge las principales tendencias y datos estructurales del Sector de los Contenidos Digitales en España, mostrando además la evolución del mismo en el periodo 2010 -2015. En 2015, la facturación del sector alcanzó los 8.940 millones de euros, lo que supone un incremento del 16,9 % respecto al año anterior. Se consolida de este modo el cambio de tendencia iniciado en 2014 con un crecimiento, por segundo año consecutivo, de la cifra de negocio de este sector económico que representa el 57,8 % de la facturación global del sector de los contenidos, que en 2015 se situó en 15.467 millones de euros. En cuanto al número de empresas del sector de contenidos, en 2015 alcanzó la cifra de 9.579 y, las que prestan sus servicios en el sector de los contenidos digitales, dieron empleo a 46.345 personas, lo que supone un incremento del 7,1 % respecto al año anterior (43.255 profesionales). Por otra parte, la inversión realizada en el sector de los contenidos digitales se incrementó un 1,5 % y fue de 790 millones de euros, el 31,7 % de la que se llevó a cabo en la industria de los contenidos (2.486 millones de euros). El informe también subraya la importancia de Internet para la economía española, que se traduce en 50.602 millones de euros, que representan el 5,2 % del Producto Interior Bruto. De esta cifra 42.348 millones de euros corresponden al comercio electrónico y 2.576 proceden de las actividades que se sustentan en Internet (redes sociales, buscadores y otros servicios), que pueden considerarse de la industria de contenidos digitales.

Igualmente recoge las principales tendencias del sector de los contenidos digitales. Cabe destacar que el desarrollo de las redes de alta velocidad está favoreciendo la distribución de contenidos digitales y la cobertura de redes de alta velocidad, tanto mallas fijas como móviles, crece de forma notable en España. El Internet de las cosas y el Big Data son dos paradigmas tecnológicos que comienzan a tener impacto real en el sector de los contenidos digitales, además la virtualización del equipamiento y las infraestructuras ofrece una gran flexibilidad a la hora de desarrollar nuevos negocios digitales. Por otra parte, el vídeo[2] es el contenido digital que más tráfico genera y es, además, el segundo tipo de tráfico que más crecerá entre 2015 y 2020, solo superado por el juego online. En el sector de los videojuegos, destaca la importancia de los juegos para dispositivos móviles y de realidad virtual, que ha despegado como fuente de ingresos para el sector. Los e-sports destacan como nuevo modelo de negocio, en el que se explota el carácter social de los videojuegos. En lo que a música se refiere, la distribución online de música continúa ganando terreno a la distribución en soporte físico y las suscripciones de pago a servicios de reproducción de música son las que mejores perspectivas de evolución presentan. En el sector de las publicaciones los libros en formato electrónico representan cerca del 22 % del total de libros vendidos en el mundo. En cuanto a las aplicaciones móviles, generaron una facturación a nivel mundial de 31.600 millones de euros. Respecto a la publicidad, la publicidad en dispositivos móviles, el RTB (Real Time Bidding) y el vídeo online son las tres fuentes de ingresos de la publicidad digital que más van a crecer en los próximos años. Fuente de la información ONTSI[3].
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[1] Si quieres acceder al documento, clickea AQUÍ. Sitio operativo el 26/11/2017.
[2] Tanto IP como gestionado.
[3] Para finalizar, te dejo un video, alojado en Youtube cortesía de Spain TechCenter, con una mesa redonda, moderada por Francisco José González Infantes - Director de Incipy, sobre el emprendimiento en contenidos digitales Videojuegos, contenidos audiovisuales, libros y publicaciones electrónicas, aplicaciones... ¿En qué sectores están teniendo éxito los emprendedores españoles? ¿cómo están evolucionando sus modelos de negocio? ¿Cuáles son los principales problemas y barreras a los que se han enfrentado? Un conjunto de emprendedores españoles comparten su experiencia en este negocio y ofrecen su visión general sobre el sector. Participan Miguel Ángel Díez Ferreira - CEO y fundador - Red Karaoke, David Sánchez - Co-Fundador - 24symbols, Guillermo Velasco - Fundador de Big Bang Box, y Koldo García - Director de Madpixel.

sábado, 25 de noviembre de 2017

¿Confianza Digital de la empresa española?

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Si entendemos la confianza digital como sentirse seguro respecto a todo el ecosistema tecnológico que nos envuelve, percibiéndolo también como íntegro, convincente y auténtico, cabe preguntarse ¿Cómo se encuentra el nivel de confianza digital de las empresas españolas? ACAP[1] e IClaves, junto a ODEC, INCIBE y ONTSI, ha elaborado un estudio que intenta responder a esa pregunta, mediante el examen de los activos tecnológicos y de información de las empresas, así como el modelo de gestión de seguridad de dichos activos, la preparación de las empresas en materia de seguridad TIC, las herramientas y medidas de seguridad que implementan en el desarrollo de su actividad, los incidentes y sus consecuencias desde el punto de vista del negocio y el comportamiento de las empresas en materia de privacidad[2] y transacciones electrónicas. 

Del informe se desprende que la gran mayoría de las empresas ha declarado tener sus sistemas operativos y herramientas actualizados. Estas empresas con los sistemas operativos actualizados, declaran también utilizar en mayor medida servicios tales como la banca electrónica, la firma digital o servicios en la nube. Asimismo, todavía hay un grupo muy importante de empresas que desconoce el beneficio que puede generar la formulación y ejecución de una política de seguridad en la gestión del impacto económico y del negocio que pueden tener los incidentes de seguridad. Entre las empresas que mantienen una política de seguridad TIC, la mayoría ha declarado haberla revisado en los últimos doce meses. El porcentaje de empresas que declara haber sufrido algún incidente de seguridad ha aumentado respecto a 2012. 

No obstante, lejos de ser un elemento negativo, estas respuestas podrían mostrar cómo ha evolucionado la capacidad de las empresas de identificar la ocurrencia de los distintos incidentes, lo que supondría en consecuencia una mayor capacidad de respuesta. Las grandes empresas mencionan que sufren un menor número de consecuencias negativas derivadas de los ciber-incidentes. El hecho de que las grandes empresas sufran mayor número de incidentes y, por el contrario, denoten menores consecuencias, refuerza la idea de que su mayor preparación ante los incidentes minimiza las consecuencias negativas para su negocio. Si quieres acceder al documento alojado en el observatorio, clickea AQUÍ[3]. Fuente de la imagen: mvc archivo propio[4].
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[1] Asesores y Consultores en Administraciones Públicas.
[2] Protección de datos personales
[3] Sitio operativo y visitado el 25/11/2017.
[4] Para finalizar, te dejo la opinión sobre la confianza digital de Manuel López Ordóñez, managing director de Accenture Operations, vídeo alojado en Youtube cortesía de El Confidencial

viernes, 24 de noviembre de 2017

B2C Suma y Sigue

 Fuente de la imagen: ONTSI
Según un estudio sobre comercio electrónico B2C (Business to Consumer), realizado por el Observatorio Nacional de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (ONTSI), adscrito a la entidad pública Red.es, del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital del Gobierno de España, el comercio electrónico B2C sigue en expansión en mi país, alcanzando en 2016 los 25.354 millones de euros, un 22,2% superior al valor del año 2015. ​Esta subida se debe, sobre todo, al aumento del gasto medio por consumidor. En segundo lugar, contribuye el número de internautas compradores (21,2 millones de personas), que también sube un 3,6%, representando el 65,9% del total de internautas. La tercera de las variables que intervienen en la estimación del volumen del B2C es el porcentaje total de internautas, que en 2015 supone el 81,7% de la población y experimenta un crecimiento de 0,9 puntos porcentuales. Si quieres acceder al informe completo del ONTSI, sobre las tendencias en el comercio electrónico en España, clickea AQUÍ.

Entre las razones para realizar compras online siguen situándose en cabeza el precio, las promociones y ofertas (75,3%) y la comodidad (68,6%). Entre los motivos que frenan las compras en el caso de los internautas no compradores destaca su preferencia por ver el producto en la tienda (74,2%). Por su parte, los compradores consideran como principal aspecto a mejorar los gastos de envío (79,9%), junto a las garantías de devolución o cambio del producto si este no resulta satisfactorio o llega defectuoso (69,2%). La atención al cliente (66,9%) y las garantías sobre el uso de los datos personales también son aspectos susceptibles de mejora (64,9%). En cuanto a reclamaciones y quejas, un 16,9% de los compradores ha tenido problemas con las compras realizadas en 2016, siendo la recepción de un producto estropeado, la no recepción del mismo y los retrasos en la entrega los principales problemas experimentados. Se incrementa también el número de compradores que han devuelto algún producto (18,9% en 2016 frente a 16,6% en 2015)[1].
 
Las tarjetas de crédito y débito continúan siendo la forma de pago preferida a la hora de hacer la compra (67%). Los sistemas intermediarios de pago -como PayPal- se consolidan como segunda opción de preferencia, con un importante ascenso respecto a 2015 (28,1% frente a 22,9%). El pago contra reembolso es cada vez más minoritario (7,8%) y el pago a través del móvil no termina de despegar (0,3%).Los productos que siguen liderando el negocio online, con porcentajes de compradores superiores al 40%, son las reservas de alojamiento y paquetes turísticos (46,6%), billetes de transporte (46,6%), ropa, complementos y artículos deportivos (46,5%) y entradas a espectáculos (43,2%). El 71,6% de los internautas compradores han adquirido algún producto físico que requiere envío y el 21,5% han comprado solo productos digitales sin envío. En términos monetarios, sin embargo, el 28,5% del volumen total del comercio electrónico requiere envío físico (7.209,2 millones de euros) frente al 68,8% del volumen total que no lo requiere[2]
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[1] Y casi 8 de cada 10 han puesto una reclamación cuando han tenido problemas con su compra.
[2] Este texto se ha redactado a partir del editado en el sitio MARKETING-POST, bajo el título "Business to Consumer en España". Fuente de la información y de la imagen: ONTSI.

jueves, 23 de noviembre de 2017

Caldo de cultivo para la cesión ilegal

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
En línea con las experiencias que te he trasladado en “Practicando Penal en Sala”, “El Libro Gordo del Enjuiciamiento Civil” y "Ensayando en la Contencioso-Administrativa"[1], en el marco de un Máster Jurídico que estoy realizando en el Ilustre Colegio de Abogados de Málaga (España), durante las dos últimas semanas de este mes, he estado asistiendo en la Ciudad de la Justicia a laboratorios de juicios simulados de la Jurisdicción Laboral, organizados y coordinados por D. Luis Romero Pareja, miembro de la Escuela de Práctica Jurídica del Colegio y que ya te referencié en diciembre del año pasado en el texto “Reclamaciones y Actos PREVIOS[2]. Los juicios han sido presididos por el Excmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de lo Social número 7 de Málaga (España), D. Gonzalo Alonso Sierra, que, al igual que los anteriores jueces, dirigió con ilustre pedagogía y didáctica las vistas, excepto en la que tuve la oportunidad de actuar en Sala, que fue conducida con el mismo criterio por el Excmo. Sr. D. Ernesto Utrera Martín[3] y que trató del controvertido tema de la cesión ilegal de trabajadores. En síntesis, unas sesiones muy interesantes y, deseo, aprovechadas por todos los participantes.

En cuanto a mi experiencia en Sala, me tocó representar al trabajador que demandaba a un conocido Ayuntamiento y a la empresa en la que había estado trabajando. El punto 2 del artículo 43 del Estatuto de los Trabajadores de mi país dice que “se entiende que se incurre en la cesión ilegal de trabajadores contemplada en este artículo cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias: que el objeto de los contratos de servicios entre las empresas se limite a una mera puesta a disposición de los trabajadores de la empresa cedente a la empresa cesionaria, o que la empresa cedente carezca de una actividad o de una organización propia y estable, o no cuente con los medios necesarios para el desarrollo de su actividad, o no ejerza las funciones inherentes a su condición de empresario”. Mientras se realizaban las conclusiones, pensaba que realmente es el legislador el que precisamente posibilita un marco regulatorio, caldo de cultivo, que propicia este tipo de situaciones que, desgraciadamente, presiento se dan con demasiada frecuencia en el sector privado y, en el caso que nos ocupaba, en el sector público[4]. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Practicando Penal en Sala (2017), El Libro Gordo del Enjuiciamiento Civil (2017), Ensayando en la Contencioso-Administrativa (2017). Sitios visitados el 23/11/2017.
[2] Velasco Carretero, Manuel. Reclamaciones y Actos PREVIOS. 2016. Sitio visitado el 23/11/2017.
[3] Magistrado Juez del Tribunal Superior de Justicia, Sala de lo Social.
[4] Para finalizar, por si es de tu interés, te dejo una lista de reproducción que he confeccionado de vídeos alojados en Youtube, cortesía del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga, con una mesa redonda en la que participó Alonso Sierra y que trató del despido por circunstancias objetivas.

miércoles, 22 de noviembre de 2017

Regular el Análisis de Impacto Normativo

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Recuerdo los comentarios que hace unos años realizaba en las clases de la disciplina Derecho Administrativo, acerca que en la redacción de las leyes y su adecuación a las distintas realidades sociales y económicas, a algunos legisladores en mi país había que “echarles de comer aparte”, puesto que parece que con sus “legislaciones” pretenden todo lo contrario, es decir, desestimular el crecimiento económico y favorecer el malestar social. Pues bien, recientemente se ha publicado en mi país el Real Decreto (RD) 931/2017, de 27 de octubre, por el que se regula la Memoria del Análisis de Impacto Normativo[1]. Parece que el reto del legislador español es “elaborar una normativa eficaz y eficiente que estimule el crecimiento económico y favorezca el bienestar social". Tanto la Unión Europea como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) defienden una regulación inteligente que permita dinamizar la actividad económica, simplificar procesos y reducir cargas administrativas, siendo la evaluación ex ante, a través de las memorias del análisis de impacto de las normas uno de los instrumentos clave para alcanzar dicho objetivo.

Y es que, desde hace años, la OCDE[2], insistía en la idea de incluir la evaluación de impacto regulatorio en las etapas iniciales del proceso de diseño de políticas públicas y formulación de propuestas normativas. Dicha Organización recomienda identificar los objetivos de la política pública, evaluar si la normativa es necesaria, cómo puede ser más eficaz y eficiente para lograr dichos objetivos, y considerar alternativas y ventajas de los distintos enfoques para identificar el más adecuado. También, la Comisión Europea incide en un camino similar, con la publicación de un Paquete de Mejora Normativa, que refleja la situación actual y las perspectivas de la política de mejora normativa en la UE e incluye una serie de herramientas para seguir avanzando en la misma. Asimismo, ya en la Comunicación de la Comisión al Consejo, recomendaba que todos los Estados miembros estableciesen estrategias para legislar mejor y, en particular, sistemas nacionales de evaluación de impacto que permitiesen determinar las consecuencias económicas, sociales y medioambientales de una norma, así como las estructuras de apoyo adaptadas a las circunstancias de cada Estado.

Por tanto, según el legislador, uno de los objetivos debe ser, por un lado, el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, de acuerdo con los principios de buena regulación, y, por otro, garantizar de modo adecuado la participación de los ciudadanos en la elaboración de las normas, reforzando la seguridad jurídica y la evaluación periódica del ordenamiento jurídico. Con esa finalidad, el real decreto se compone de tres artículos que profundizan en la estructura y el contenido de las memorias del análisis de impacto normativo, de acuerdo con lo previsto en las nuevas leyes. Incluye un apartado relativo a la forma en la que se realizará la evaluación de los resultados de la aplicación de la norma, o evaluación ex post. También, contiene cuatro disposiciones adicionales, relativas, respectivamente, al mandato de adaptación de la Guía Metodológica, las previsiones específicas referidas al anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado, al impacto por razón de género en los proyectos de Planes de especial relevancia y al no incremento de los gastos de personal[3] (Fuente de la información: RD).
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[1] si quieres acceder al documento, clickea AQUÍ. Sitio visitado el 22/11/2017.
[2] En su Recomendación sobre política normativa y gobernanza de 2012 y en su informe emitido en 2014: From Administrative Reform to Continuous Improvement.
[3] Finalmente, se incluyen una disposición transitoria, una disposición derogatoria y una disposición final relativa a su entrada en vigor.

martes, 21 de noviembre de 2017

Pilar esencial en el desarrollo profesional

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Después de la sesión de laboratorio jurisdicción laboral en la Ciudad de la Justicia de Málaga, la tarde de ayer la pasé hojeando el informe sobre “Los perfiles de la oferta de empleo 2017” en España, publicado por el SEPE[1], en el marco del Observatorio de las Ocupaciones[2]. Hacia ese objetivo encamina sus esfuerzos y líneas de trabajo. Apunta el SEPE en la presentación del estudio que en un mercado de trabajo eficiente, el objetivo último es que haya un ajuste entre la oferta y la demanda de empleo, de manera que converjan en un punto de encuentro y que además lo hagan de manera satisfactoria para ambas partes. Este estudio lo elabora el Observatorio de las Ocupaciones cada año con el fin de acercarse con eficiencia a las necesidades de los ciudadanos y las empresas. El informe se realiza mediante el seguimiento y análisis de una muestra significativa de ofertas de trabajo que se publican a través de los distintos portales de Internet, independientemente de que la oferta de trabajo proceda de la propia empresa que oferta o de los distintos intermediadores: servicios públicos de empleo, empresas de trabajo temporal, agencias de colocación, sitios web especializados en empleo, etc. No en vano la Web, en sus diversas manifestaciones, es actualmente uno de los medios más utilizados para buscar, crear y ofrecer empleo. 

Para el estudio de 2017, que supone la sexta entrega y que se incorpora al acumulado de perfiles en la web institucional[3], se han rastreado los sitios webs que se dedican a ofrecer empleo y se ha recabado información detallada de 2.111 ofertas, a partir de las cuales se han elaborado 17 perfiles profesionales (correspondientes a 17 Grupos ocupacionales según Clasificación Nacional de Ocupaciones, CNO-11). Perfiles que tienen un considerable potencial de empleo y buenas perspectivas, lo que ya se puede constatar en la parte de la ficha de cada perfil dedicado a los datos laborales. Después de señalar los aspectos más significativos de la investigación, el estudio concluye que la formación es un pilar fundamental en el desarrollo profesional, quedando reflejado en la diversidad de conocimientos y competencias que se solicitan en las ofertas de empleo. Dependiendo del nivel de cualificación demandado a cada grupo profesional y del sector productivo en el que se encuentre inmerso, se buscan personas con un nivel formativo normalmente elevado, con expectativas que permitan ampliar el abanico de alternativas y posibilidades laborales. Cuando su ejercicio y competencias están regulados por normativas oficiales y autoridades competentes, se exige el título, habilitación o certificado correspondiente. 

Igualmente, se valoran cada vez más los conocimientos en áreas complementarias a la ocupación. Los empleadores insisten en lo referente a la cualificación y especialización continua de los candidatos, partiendo de un perfil con actitud polivalente y comprometida ante el trabajo, así como aptitudes especializadas y puestas al día; punto de partida que aporta valor al candidato e incrementa de manera significativa sus probabilidades laborales. Una mayor preparación genera un perfil más flexible y capaz. A destacar la importancia que van tomando en el mundo laboral la certificación de la profesionalidad. En cuanto a los Certificados de Profesionalidad, éstos son el instrumento de acreditación oficial de las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ámbito de la administración laboral, acreditando el conjunto de competencias profesionales que capacitan para el desarrollo de una actividad laboral identificable en el sistema productivo sin que ello constituya regulación del ejercicio profesional. Tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y son expedidos por el SEPE y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas. Este texto también se ha editado en el sitio “Formación para el Empleo”, bajo el título “Perfiles de la oferta de empleo 2017 en España”. Fuente de la información: SEPE.
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[1] Servicio Público de Empleo Estatal español.
[2] Que tiene como una de sus principales prioridades el aportar información y conocimiento sobre la situación y tendencias del mercado de trabajo.
[3] Si quieres acceder al documento, clickea AQUÍ. Sitio visitado el 21/11/2017.

lunes, 20 de noviembre de 2017

Liderar más allá del Status Quo

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
En mi ámbito territorial y sectorial de actuación, al igual que han existido empresas que han sido engullidas por la dilatada crisis que estamos sufriendo en mi país, también existen otras que han aguantado el chaparrón, algunas sin tan siquiera un expediente de regulación de empleo de por medio, mimando sus tesoros más preciados, entre los que se encuentran en primer lugar sus colaboradores y colaboradoras, tanto externos como, sobre todo, internos, luego sus clientes, sus proveedores… y envolviendo a todo su cultura empresarial. También, investigando, siempre investigando, desde nuevos productos y servicios hasta nuevas formas de gestión y comercialización. 

Es loable el perenne deseo de avanzar, optimizar, ir siempre más allá. Pero ¿Cómo llegar al siguiente nivel al que aspiran estas organizaciones? Para responder, el fin de semana pasado he estado re-hojeando el texto de David Cottrell y Alice Adams, The Next Level: Leading Beyond the Status Quo[1], que traducido con mi inglés de los Montes de Málaga es algo así como “El próximo nivel: Liderar más allá del Status Quo”. Intentan los autores descorrer la cortina del cómo guiar a esas empresas más allá del statu quo, vía orientaciones básicas sobre cómo conseguir ese adyacente estadio empresarial. ¿Y cuáles son los requerimientos para conseguir ese nivel?

Cottrell y Adams apuntan que previamente las empresas deben tener verdaderos deseos de mejorar, reconocer la existencia de margen para el progreso y confiar en que se registrarán los cambios necesarios. A partir de aquí, David y Alice reflexionan sobre el aceleramiento del cambio, la limitación de objetivos, evaluación de la situación, equipación, evasión, recuperación, resistencia y coraje, reevaluación del desempeño, tierra de por medio con la comodidad y encariñarse con los enfoques estratégicos[2].  Este texto también se ha editado en el sitio BOOKPOST, bajo el título “El próximo nivel” (fuente de la imagen: mvc archivo propio).
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[1] David Cottrell y Alice Adams. The Next Level: Leading Beyond the Status. Editorial CornerStone Leadership Institut. 2005.
[2] A continuación te dejo una entrevista en inglés realizada a David Cottrell, a disposición en Youtube cortesía de Lee Colan.

domingo, 19 de noviembre de 2017

… para beberse mejor

Fuente de la imagen: mvc archivo propia
“Érase una vez… un vino suave que se elaboró con las mejores uvas Syrah y Tempranillo del País de Torre Oria. Debido a su juventud y maceración en madera, se recomienda acompañar con arroces, carnes, pescados y quesos… para beberse mejor”[1]. Recordando la recomendación de Antonio (Gracias), adquirí un Caperucita Tinta, de la serie “Vinos de Cuento” de la bodega valenciana Torre Oria, ubicada en el Dominio del Derramador en Requena (Comunidad Valenciana, España) y conocida por sus cavas fuera de la región del Penedés.

Y nuevamente el amigo me sorprendió con su recomendación. No ya por el precio, que me lo había adelantado, sino por sus cuidados y rompedores matices, tanto en la calidad del producto como en su presentación. Es un vino tinto, púrpura, lustroso, diáfano, fragante y suculento, elaborado con Syrah y Tempranillo. También, me ha gustado el diseño de la etiqueta y la contraetiqueta, con el anverso y reverso del lobo del cuento[2]. Este texto también se ha editado en el sitio Vinopost, bajo el título "Caperucita Tinta" (Fuente de la imagen que acompaña a este texto: elaboración propia).
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[1] Leyenda que acompaña a la etiqueta del vino “Caperucita tinta”, de Bodegas Torre Oria.
[2] A continuación te dejo un vídeo, alojado en Youtube cortesía de Torre Oria, con instantáneas de la bodega y de sus productos.

sábado, 18 de noviembre de 2017

Clásica, espléndida, exquisita y famosísima

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
De su viaje a las Islas Baleares, la familia me ha traído el obsequio (Gracias) del que arriba te dejo una imagen: una clásica, espléndida, exquisita y famosísima ensaimada de Mallorca de cabello de ángel, elaborada artesanalmente con harina, manteca, agua, azúcar, huevo… y con el relleno realizado con fibras caramelizadas de pulpa de calabaza. Proviene este delicioso manjar de repostería del Horno Santo Cristo, fundado en el año 1910 por la familia Coll, con su tradicional proceso de elaboración de sus conocidas ensaimadas. 

Mientras me deleitaba saboreando el rico alimento, me acordé de mi visita al archipiélago balear, con motivo del viaje de fin de curso de tercero del Bachillerato Unificado Polivalente (BUP), donde algunos de mis compañeros y alguna que otra compañera de viaje, tuvieron la no tan feliz idea de adquirir ensaimadas para llevárselas a sus familias[1]. El caso es que dudo que llegaran en perfectas condiciones, puesto que el camino de vuelta a Málaga fue un tanto laborioso (barco y tren)[2]. Este texto también se ha editado en el sitio GASTROPOST, bajo el título "Ensaimada de Mallorca".
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[1] Yo les traje unas perlas de Manacor.
[2]  Te dejo un vídeo, a disposición en Youtube cortesía de Víctor Vega Guinart, con unas instantáneas de la elaboración de la ensaimada.

viernes, 17 de noviembre de 2017

Nano experiencias en finanzas

Fuente de la imagen: educaLAB
Al amparo del programa “Finanzas para Todos”, el Instituto Nacional de Tecnologías Educativas y Formación del Profesorado (INTEF), oferta un paquete de seis nano cursos abiertos y en línea, dentro del Convenio de Colaboración que tiene con el Banco de España y con la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Los distintos NOOC (Nano Experiencia de Aprendizaje Abierto en Colaboración), versan sobre aspectos financieros variados de interés para nuestra vida diaria. Nos ayudan a aprender a gestionar nuestra economía personal y familiar en asuntos relacionados con créditos, tarjetas bancarias, ahorro, etc. 

El primer curso dedicado a la importancia de la educación financiera comenzó el lunes y finalizará el próximo 23 de noviembre. Al igual que todos los demás cursos de formación abierta y en línea ofertados por el INTEF, al finalizar las actividades con éxito, los participantes conseguirán una credencial digital abierta como reconocimiento del aprendizaje, gestionable a través de la mochila de credenciales digitales abiertas “EducaLAB Insignias“[1]. A continuación te dejo el vídeo presentación del curso "Importancia de la educación financiera", alojado en Youtube cortesía de EducaLAB (Fuente de la imagen: educaLAB).
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[1] Si lo deseas puedes acceder clickeando AQUÍ. Sitio visitado el 17/11/2017.

jueves, 16 de noviembre de 2017

Marida mejor (si te gusta y puedes)

Fuente de la imagen: Interprofesional del Vino de España
Largo y tendido he escrito en este sitio[1] y en Vinopost sobre el sector vitivinícola en mi país. Esta mañana toca referenciar la presentación el martes pasado de la Campaña de Promoción "Marida mejor tu vida con vino", de la Interprofesional del Vino de España, con los objetivos de rejuvenecer la imagen del producto, hacerlo más cotidiano y despertar el gusto por la cultura del vino. Al acto han acudido representantes de las organizaciones representativas del sector del vino y miembros de la OIVE[2], así como de la CECRV[3]. Es la primera vez que los representantes del sector del vino en España suman fuerzas con el objetivo de rejuvenecer la imagen de este producto agrícola entre los consumidores y despertar el gusto por la viticultura entre un público más joven. Según la intersectorial, bajo el lema “Marida mejor tu vida con vino”, la campaña nace de la necesidad de reincorporar, normalizar y hacer más cotidiano el hábito de tomar y disfrutar del vino con una imagen de cercanía, diversión y accesibilidad en un target de entre 25 y 45 años, siendo estos consumidores de poca frecuencia. 

Todo ello sin perder de vista la esencia, el “alma”, la identidad y la autenticidad del vino. La producción y el consumo de vino forman parte de la tradición española desde hace milenios, siendo España uno de los mayores productores mundiales de vino, así como principal exportador de productos vitícolas. El vino forma parte de la vida y de la cultura de España, país de la saludable dieta mediterránea, con más de 100 variedades distintas de uva, 90 zonas de producción de vinos de calidad con Denominación de Origen Protegida y 46 Indicaciones geográficas protegidas, que velan por su calidad, reconocida en todo el mundo. La campaña busca acercar a las nuevas generaciones la cultura del vino, con un discurso más fresco y juvenil, y sobre todo, con sentido del humor. A continuación te dejo el vídeo de la campaña, alojado en Youtube cortesía de Vinetur. Este texto se ha redactado a partir de la noticia publicada en Vinopost bajo el título Con_vino (fuente de la información y la imagen: Interprofesional del Vino de España).
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[1] Búsqueda realizada el 16/11/2017.
[2] ASAJA, COAG, UPA, Cooperativas Agro-alimentarias, FEV, AEVE.
[3] Conferencia Española de Consejos Reguladores Vitivinícolas.

miércoles, 15 de noviembre de 2017

XXV años de los Acuerdos de Cooperación

Fuente de la imagen: Myriams-Fotos en pixabay
Si eres follower de este sitio conocerás mi interés por el Derecho Eclesiástico en general y el marco regulativo de las confesiones religiosas en particular. Salpicado anda el lugar de referencias[1]. Pues bien. Veinticinco años han pasado ya de la aprobación de los Acuerdos de Cooperación del Estado español con las confesiones judía, musulmana y evangélica. Y es que desde que en 1980 se promulgó la Ley Orgánica de Libertad Religiosa, aprobada con un amplio consenso parlamentario, mi país está intentando consolidar un modelo de gestión de la libertad religiosa. 

 Este ordenamiento jurídico procura crear una serie de herramientas de gran utilidad como el Registro de Entidades Religiosas o la Comisión Asesora de Libertad Religiosa, así como la posibilidad de firmar acuerdos de cooperación. El lunes pasado, se celebró en el Congreso de los Diputados la conmemoración de este aniversario, contando con la presencia de las agrupaciones que representan a las confesiones religiosas firmantes de los acuerdos, como son la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, la Federación de Comunidades Judías de España y la Comisión Islámica de España. 

Desde el punto de vista de la legislación estatal, se reconoce la eficacia civil del matrimonio celebrado bajo otros ritos diferentes al de la Iglesia católica y se ha integrado a los ministros de los diferentes cultos en el régimen de la Seguridad Social, asimilados a la situación de los trabajadores por cuenta ajena.  Igualmente, durante estos últimos años se ha reconocido el derecho a la asistencia religiosa de estas confesiones en el seno de las Fuerzas Armadas, en los hospitales y dentro de los centros penitenciarios, así como el derecho de acceso a los medios públicos de comunicación, reconociéndose también algunas ventajas y exenciones de carácter fiscal y tributario similares a las obtenidas por la Iglesia católica[2].
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[2] Fuente de la información Ministerio de Justicia; fuente de la imagen: Myriams-Fotos en pixabay.

martes, 14 de noviembre de 2017

Todo un reto

Encima de un fardo de heno, en campos agrícolas de Cervatos, Cantabria, España (verano de 2001)
Si eres follower de este sitio, conoces mi interés por los sectores agrícola y agroindustrial en general y el vitivinícola y oleícola en particular. Textos como “Si el vino viene, viene la vida”, “Feria de la Vendimia” o ¿Sociedad Cooperativa Sí o No?[1], son buena prueba de ello. En “Ponerme colorado[2], referencié el sistema informático que controlaba toda la producción de la almazara, inversión que en mi opinión fue un acierto y mejoró sustancialmente la producción de aceite. Y es que ya en el año 2003 percibí la importancia de la tecnología y su variante de digitalización y gestión de datos en los tejidos económicos antes enumerados. Pues bien, según información facilitada en el II Foro sobre Transformación Digital y Big Data en Agricultura "Agridata Summit",  el MAPAMA liderará un grupo de trabajo sobre digitalización y Big Data en la agricultura, en el que participarán representantes de los distintos eslabones de la cadena, así como de las distintas administraciones y del ámbito de la tecnología y del conocimiento.

Este Grupo abordará las necesidades del sector y del medio rural para afrontar los desafíos técnicos, económicos, formativos y legislativos de la transformación digital del sector y del territorio. Además, se encargará de buscar soluciones innovadoras que el big data y la digitalización pueden ofrecer para aprovechar oportunidades de los mercados e impulsar el desarrollo de "smart villages", de un medio rural conectado que atraiga a jóvenes y mujeres. Entre las medidas para impulsar el uso de las nuevas tecnologías, se encuentra la estrategia de modernización y diversificación rural, centrada en mujeres y jóvenes de los territorios rurales, dónde se hace hincapié en la Innovación y la digitalización. En cuanto a la agenda digital, supone una apuesta fundamental, por lo que se están incrementando los fondos destinados al Plan Estatal de Banda Ancha (PEBA), al Plan de cobertura satelital y al Plan de acceso fijo a 30 megas a poblaciones de municipios de menos de mil habitantes. Con todos ellos, se espera universalizar el despliegue de fibra óptica y cobertura 4G en las zonas rurales.

En relación a la innovación en el sector agroalimentario, el MAPAMA entiende que la digitalización y la automatización serán fundamentales para el presente y futuro de la agricultura y el medio rural español. Las nuevas tecnologías potenciarán una mayor eficiencia y competitividad en toda la cadena alimentaria, mediante la agricultura de precisión, la robótica, la automatización, la "satelización" o el uso de drones y otros instrumentos que permiten mejorar los rendimientos y realizar un mejor aprovechamiento de nuestros recursos hídricos y energéticos. También se valora su papel en el aumento de la sostenibilidad económica en toda la cadena productiva y medioambiental, facilitando la transición hacia una economía circular. En el ámbito alimentario se resalta la utilidad de Internet y el big data para ofrecer mayor información a los consumidores, con los que se podrá mantener una interacción, recibiendo de ellos información sobre la oferta de productos que encentran, lo que permitirá identificar mejor y con mayor celeridad las nuevas tendencias.

Para el medio rural, se hace hincapié en las posibilidades que ofrecen la digitalización y las nuevas tecnologías como incentivo para atraer a jóvenes a la actividad agraria, una medida efectiva para luchar contra el despoblamiento rural y para fomentar el relevo generacional. Coincido con los representantes políticos en que nos enfrentamos a una nueva revolución tecnológica inminente para el sector agrario, que dará lugar a una agricultura más sostenible y productiva, gracias al uso combinado de las nuevas tecnologías y las TICs. Lo que no tengo tan claro es que el sector agrario español pueda estar en disposición de adelantarse a esta revolución incorporando estas tecnologías lo más rápidamente posible. En todo caso, todo un reto (Fuente de la Información: MAPAMA; fuente de la imagen: elaboración propia, subido a un inmenso fardo de heno, en campos de Cervatos, Cantabria, España, verano del año 2001).
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Si el vino viene, viene la vida (2005), Feria de la Vendimia (2009), ¿Sociedad Cooperativa Sí o No? (2006). Sitios visitados el 11/11/2007.
[2] Velasco Carretero, Manuel. Ponerme colorado. 2012. Sitio visitado el 11/11/2007.

lunes, 13 de noviembre de 2017

Domador de leones

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Dice el refrán “No es tan fiero el león como lo pintan”, pero mientras detecto que no es tan bravo como parece, es bueno disponer de un látigo y una silla, en sentido figurado, para trabajar de manera efectiva, ya sea con el león jefe o el león cliente. Esa es una de las reflexiones a las que he llegado el fin de semana pasado mientras re-hojeaba el texto de Steven Katz, Lion Taming: Working Successfully with Leaders, Bosses, and Other Tough Customers[1], que traducido con mi inglés de los Montes de Málaga es algo así como “Domando al león: Trabajando de manera exitosa con líderes, jefes y clientes difíciles”. Apunta el autor que las técnicas de los verdaderos domadores de leones pueden ayudar a conseguir mejores resultados. Y es que esos leones, que ejercen poder e influencia, vagando libremente en las organizaciones, actúan de manera diferente porque realmente piensan de forma diferente, pero ese enfoque no tiene por qué ser una barrera cultural o intelectual para laborar “con” o “junto a” ellos.

¿Pero quiénes son estos animales, metafóricamente hablando? Para Katz son las personas que me rodean con poder, responsabilidad, autoridad y talento, así como aquellas otras que, meramente, pueden estar interesadas en ganar más poder y autoridad. Pueden ser líderes, jefes, ejecutivos, profesionales, gerentes, propietarios, socios, juntas directivas, funcionarios, colegas, clientes, compañeros y compañeras de trabajo... Los Leones deambulan libremente por todos los lugares y en todos los puestos de trabajo y profesiones. Seguir a los leones en el lugar de trabajo para descubrir cómo y cuándo actuar, conduce a un camino tortuoso, puesto que nunca son dóciles. Necesito estrategias para lidiar con estos soberanos de la selva. Steven me explica que la domesticación de leones se debe realizar conforme a un plan estratégico y, cuando proceda, en equipo[2]. Este texto también se ha editado en el sitio Bookpost, bajo el título “Domando al león” (Fuente de la imagen: mvc archivo propio).
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[1] Katz, Steven L. Lion Taming: Working Successfully with Leaders, Bosses, and Other Tough Customers. Editorial Sourcebook Trade. 2005.
[2] Termino insertando un vídeo, alojado en Youtube cortesía de "Espectando", con un sketch de Monty Python, acerca del contable que quiere ser domador de leones.

domingo, 12 de noviembre de 2017

¡La nueva LOPD ya está aquí!

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
El Consejo de Ministros del Gobierno de España aprobó el viernes pasado el Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos que adaptará nuestra legislación a las disposiciones del Reglamento UE 2016/679, introduciendo novedades y mejoras en la regulación de este derecho fundamental en mi país. Este Reglamento Europeo que se aplicará a partir del próximo 25 de mayo de 2018, recoge como uno de sus principales objetivos acabar con la fragmentación existente en las distintas normativas de los países comunitarios. Además, persigue la adaptación de las normas de protección de datos a la rápida evolución tecnológica y los fenómenos derivados del desarrollo de la sociedad de la información y la globalización. En el caso de España, donde la protección de datos es un derecho fundamental protegido por el artículo 18.4 de la Constitución, se recogen novedades tanto en el régimen de consentimiento como en los tratamientos y en la introducción de nuevas figuras y procedimientos. Adelanta a los 13 años la edad de consentimiento para el tratamiento de datos en consonancia con la normativa de otros países de nuestro entorno. Asimismo, se tomará en cuenta el tratamiento de los datos correspondientes a personas fallecidas en base a la solicitud de sus herederos, se excluye la figura del consentimiento tácito que se sustituye por una acción afirmativa y expresa por parte del afectado y se recoge manifiestamente el deber de confidencialidad. En caso de una inexactitud en los datos personales obtenidos de forma directa, se excluye la imputabilidad del responsable de su tratamiento si éste ha adoptado todas las medidas razonables para su rectificación o supresión. 

En las cuestiones relacionadas con el tratamiento de datos, incorpora el principio de transparencia en cuanto al derecho de los afectados a ser informados sobre dicho tratamiento y contempla de forma expresa los derechos de acceso, rectificación, supresión, derecho a la limitación del tratamiento, así como a la portabilidad y oposición. Para evitar situaciones discriminatorias, se mantiene la prohibición de almacenar datos de especial protección, como ideología, afiliación sindical, religión, orientación sexual, origen racial o étnico y creencias. En estas categorías, el solo consentimiento del interesado no basta para dar viabilidad al tratamiento. Además, introduce algunos supuestos en los que el legislador contempla como presunción, la prevalencia del interés legítimo del responsable del tratamiento de los datos en cumplimiento de determinados requisitos, como en el caso de los sistemas de información crediticia. Igualmente, regula situaciones en las que se aprecia la existencia de interés público, como los relacionados con la videovigilancia y sistemas de exclusión publicitaria (listas Robinson), la función estadística pública y las denuncias internas en el sector privado. Entre las novedades, destaca la potenciación de la figura del delegado de protección de datos, persona física o jurídica cuya designación ha de ser comunicada a la autoridad competente, que mantendrá relación con la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos). Por su parte, la AEPD se configura como autoridad administrativa independiente cuyas relaciones con el Gobierno se realizan a través del Ministerio de Justicia. Se establece la necesaria cooperación y coordinación con las correspondientes autoridades autonómicas de protección de datos. 

En relación con el procedimiento, promueve la existencia de mecanismos de autorregulación tanto en el sector público como en el privado e introduce la obligación de bloqueo que garantiza que los datos queden a disposición de un tribunal, el Ministerio Fiscal u otras autoridades competentes (como la AEPD) para la exigencia de posibles responsabilidades derivadas de su tratamiento, evitando así que se puedan borrar para encubrir el incumplimiento. En el caso de España, la adaptación de nuestra legislación al Reglamento General de Protección de Datos hace necesaria la elaboración de una nueva Ley Orgánica en sustitución de la actual, cuyas normas y desarrollo deberán ser revisadas y adaptadas para evitar contradicciones. Igualmente, la AEPD deberá desarrollar cuestiones concretas que el reglamento comunitario remite a las autoridades nacionales de control y tendrá que revisar sus tratamientos de datos personales para adaptarlos a esas exigencias. Este reglamento atiende a nuevas circunstancias provocadas fundamentalmente por el aumento de los flujos transfronterizos de los datos personales como consecuencia de la actividad del mercado interior, teniendo en cuenta que la rápida evolución tecnológica y la globalización han provocado que esos datos sean un recurso fundamental para la sociedad de la información. Ante esta situación, han aumentado los riesgos inherentes a que las informaciones sobre los individuos se hayan multiplicado de forma exponencial siendo más accesibles y más fáciles de procesar, al tiempo que se ha hecho más difícil el control de su uso y destino (Fuente de la información: Sitio Protección de Datos, texto: “Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal”, y MJ; fuente de la imagen: mvc archivo propio).

sábado, 11 de noviembre de 2017

¿Suficiente sanción?

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Como probablemente conocerás, entre los servicios ofrecidos por la entidad GOOGLE LLC figura el denominado “Google Street View” que, como complemento del servicio “Google Maps”, permite observar imágenes de las calles y carreteras de numerosos países del mundo, entre los que se encuentra España. Las imágenes que utiliza el servicio son captadas por una flota de vehículos que recorren las carreteras y calles dentro del denominado “Proyecto Google Street View”, del que es responsable igualmente la entidad GOOGLE LLC, que ha diseñado el software empleado en la captación de información, dispuesto los equipos para esa captación y creado los ficheros en lo que se registra la misma para su posterior utilización a través de la red. En 2010 GOOGLE LLC admitió la recogida de datos de redes inalámbricas por parte de los vehículos del proyecto Street View. 

En concreto, en dicho comunicado se declaró lo siguiente: “GOOGLE LLC recaba datos de las redes inalámbricas para la prestación de sus servicios de localización, sin que los clientes de dichos servicios tengan acceso a los datos usados para su prestación. Los datos recabados son captados de forma pasiva (no tratan de conectarse a las redes captadas), tal y como cualquier otra persona o entidad podrían hacerlo con un dispositivo que permita la comunicación inalámbrica. Los datos recabados no están asociados a ningún usuario en particular. Otras entidades están desarrollando proyectos similares. Toda la carga útil (payload) de las tramas captadas es descartada, por lo que no recaban el contenido de las comunicaciones".

Posteriormente, GOOGLE LLC manifestó que “en respuesta a la solicitud de la autoridad alemana de protección de datos, se auditó la información recabada de redes inalámbricas y hallaron que, por error, habían captado y almacenado la carga útil de tramas de datos de redes abiertas. Ello se debió a un error consistente en incluir en el software del proyecto Google Street View un componente desarrollado para otro proyecto experimental, que sí captaba todos los datos emitidos por redes inalámbricas. Tan pronto como detectaron el problema procedieron a paralizar todos los vehículos del proyecto, segregar la información de su red para hacerla inaccesible y a revisar los procedimientos utilizados por la compañía, además de solicitar a una entidad externa una auditoría del software utilizado en la recogida de datos”. 

Igualmente, diversas informaciones de los medios de comunicación han señalado que los vehículos Street View venían recabando en territorio español datos asociados a redes WiFi. Todo ello propició que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), inició de oficio actuaciones previas de investigación con objeto de determinar la adecuación de los hechos a la normativa vigente en materia de protección de datos personales, en relación con la recogida de datos de redes inalámbricas realizadas por los vehículos utilizados en el marco del proyecto Street View. Pues bien, recientemente, la AEPD ha dictado una resolución que pone fin al procedimiento abierto. En el marco de la investigación realizada, la AEPD ha constatado que Google recogió y almacenó datos personales transmitidos a través de redes WiFi abiertas sin que los afectados tuviesen conocimiento de dicha recogida y sin obtener el consentimiento de los mismos. 

En consecuencia, la Agencia declara la existencia de una infracción grave e impone a Google una sanción de 300.000 euros. Si bien la AEPD inició de oficio la investigación de estos hechos en mayo de 2010, la existencia de un procedimiento judicial penal abierto en el Juzgado de Instrucción Nº 45 de Madrid obligó a la AEPD a suspender la tramitación de su procedimiento sancionador en virtud del artículo 7 del Real Decreto 1398/1993, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora. Una vez se tuvo conocimiento de la firmeza del auto por el que se acuerda el sobreseimiento provisional y archivo de las diligencias previas, la Agencia Española de Protección de Datos reanudó el procedimiento administrativo, resolviéndolo tras el correspondiente plazo de presentación de alegaciones.

La Ley Orgánica de Protección de Datos establece en su artículo 6.1 que el tratamiento de los datos de carácter personal requiere el consentimiento inequívoco del afectado, salvo determinadas excepciones no aplicables en este caso concreto. En el marco de la investigación realizada, la Agencia Española de Protección de Datos ha constatado que Google recogió información de diversa tipología sin que los afectados tuviesen conocimiento de que dicha recogida de datos se estaba llevando a cabo y sin su consentimiento. La compañía recabó, entre otra, información relativa a direcciones de correo electrónico de personas físicas, códigos de usuario y contraseña que permiten el acceso a cuentas de correo electrónico, direcciones IP, direcciones MAC de los routers y de los dispositivos conectados a los mismos o nombres de redes inalámbricas (SSID) configurados con el nombre y apellidos de su responsable. No se ha constatado que Google tratase datos especialmente protegidos a través de estos sistemas.

En cuanto a que los datos se recogiesen de redes WiFi abiertas, la resolución especifica que “el hecho de que los titulares de redes WiFi no aseguren el cifrado de estas redes, en perjuicio de la seguridad de sus datos, no autoriza en modo alguno la recogida de la información llevada a cabo ni ningún uso posterior de la misma”. Para determinar la cuantía de la sanción, la mayor en el caso de las infracciones graves, se ha considerado, entre otros factores, el carácter continuado de la infracción (desde mayo de 2008 a mayo de 2010), el volumen masivo de datos personales recogidos; la vinculación de la actividad de Google con la realización de tratamientos de datos de carácter personal, el volumen de negocio o actividad de la compañía considerando su modelo económico; que las infracciones son el resultado del sistema de recogida y tratamientos de datos diseñado por Google, así como el perjuicio que dicho sistema causa a la privacidad de las personas afectadas[1].
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[1] Fuente de la información: Sitio "Protección de Datos", texto  “Proyecto Google Street View”, y AEPD. Visitados el 11/11/2017.