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martes, 24 de octubre de 2023

Representantes de comercio, mediadores... y SMI

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
El Estatuto de los Trabajadores de mi país[1] considera relación laboral de carácter especial la de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios, sin asumir el riesgo y ventura de aquéllas. El Real Decreto 1438/1985[2] reguló la relación laboral de carácter especial de estas personas, aplicándose a las relaciones en virtud de las cuales una persona natural, actuando bajo la denominación de representante, mediador o cualquiera otra con la que se le identifique en el ámbito laboral, se obliga con uno o más empresarios, a cambio de una retribución, a promover o concertar personalmente operaciones mercantiles por cuenta de los mismos, sin asumir el riesgo y ventura de tales operaciones. Dicha actividad principal puede o no ir acompañada de la distribución o reparto de los bienes objeto de la operación[3].

La normativa específica apunta que las retribuciones de estos trabajadores deben estar constituidas por comisiones sobre las operaciones en que hubiesen intervenido y fuesen aceptadas por el empresario, siempre que en el contrato se hubiera establecido la necesidad de aprobación, o por una parte fija y otra por comisiones sobre dichas operaciones, más los incentivos y compensaciones que hubieran pactado en el contrato. Por último, la retribución también podrá consistir exclusivamente en una cantidad fija[4]. Cuando se haya pactado retribución por comisiones, éstas se devengarán a favor del trabajador por todas las operaciones que se realicen en su zona, o con la clientela a él asignada[5], y que se perfeccionen por su mediación[6]. También, tendrá derecho a comisiones por las operaciones realizadas directamente por las empresas, si así se hubiese estipulado[7].

En este sentido, informa el Consejo General del Poder Judicial español (CGPJ), que el Tribunal Supremo (TS)[8] ha declarado[9] que el salario mínimo interprofesional (SMI), se aplica en la relación laboral especial de las personas que intervienen en operaciones mercantiles sin asumir el riesgo y ventura[10]. Para ello, parte de la trascendencia constitucional del salario[11], así como de su relevancia para el Derecho de la Unión Europea[12] sobre unos salarios mínimos adecuados en la Unión, recalcando que los reales decretos anuales fijan el SMI “para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios”[13]. La sentencia donde se recoge estos extremos llega a la conclusión de que[14] la noción de remuneración legalmente establecida presupone lógicamente el obligado respeto a la cuantía del SMI. Fuente de la información: RD 1438/1985 y CGPJ.
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[1] Artículo 2.1.f).
[2] Real Decreto 1438/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios, sin asumir el riesgo y ventura de aquéllas. Publicado en el BOE núm. 195, de 15/08/1985. Entrada en vigor: 01/01/1986.
[3] Art. 1 del RD 1438/1985.
[4] Art. 8 del RD 1438/1985.
[5] Si el negocio no llegase a buen fin, por culpa probada del empresario, el trabajador tendrá derecho a la comisión como si el cliente hubiera realizado el pago correspondiente.
[6] Salvo pacto en contrario, el derecho a la comisión nacerá en el momento del pago por el cliente en ejecución del contrato celebrado con la Empresa. Ésta liquidará y pagará al trabajador las comisiones a que éste tenga derecho, en el plazo de un mes, que podrá ampliarse hasta tres meses mediante pacto expreso.
[7] Las empresas vendrán obligadas a dar a conocer a los trabajadores el importe de las mercancías o servicios que se hayan proporcionado directamente a los clientes.
[8] Sala Cuarta.
[9] En sentencia del 10 de octubre.
[10] El Real Decreto-ley 3/2004, de 25 de junio, para la racionalización de la regulación del salario mínimo interprofesional, define el SMI como aquel salario como la “garantía salarial mínima de los trabajadores por cuenta ajena establecida en el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores”, refiriéndose expresamente a la vinculación del salario mínimo interprofesional con “las relaciones laborales de carácter especial”.
[11] Artículo 35.1 de la Constitución Española.
[12] Como lo revela la reciente Directiva 2022/2041, de 19 de octubre de 2022.
[13] El artículo 12 del RD 1438/1985 dispone que son aplicables en el ámbito de la relación laboral especial los derechos y deberes laborales “básicos” reconocidos en el Estatuto de los Trabajadores. Y, entre tales derechos básicos, el artículo 4.2 f) de dicho Estatuto hace referencia a la remuneración “legalmente establecida”.
[14] Conforme a las normas mencionadas.

viernes, 21 de julio de 2023

El déficit comercial sigue reduciéndose en mi país

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Si eres follower de este sitio sabes que me gusta seguir el ritmo de las exportaciones e importaciones. Por ello, comprenderás que parte de la tarde del jueves la pasé hojeando el último Informe Mensual de Comercio Exterior de la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo de mi país (MICyT)[1], donde se recoge que las exportaciones españolas de mercancías[2] se incrementaron un 6,4 % interanual en el periodo enero a mayo de 2023 y alcanzaron los 165.969 millones de euros, máximo histórico[3]. Por su parte, las importaciones se redujeron un 1,4 % hasta los 180.034 millones de euros. Por tanto, el déficit comercial de los cinco primeros meses del año se reduce casi a la mitad, concretamente un 47 %, con 14.065 millones de euros[4].

El saldo no energético arrojó un superávit de 511 millones de euros[5] y el déficit energético se redujo hasta los 14.577 millones de euros, desde el déficit de 20.989 millones registrado en el mismo periodo de 2022[6]. El aumento interanual de las exportaciones entre enero y mayo (6,4 %) fue superior al registrado en la UE-27 (3,7 %) y la zona euro (3 %)[7]. Las principales contribuciones positivas a la tasa de variación anual de las exportaciones de este periodo provinieron de bienes de equipo, automóvil, alimentación, bebidas y tabaco y productos químicos. Las exportaciones dirigidas a la Unión Europea alcanzaron el 63,6% del total de las exportaciones, creciendo un 7,7 % interanual en los cinco primeros meses del año[8]. Fuente de la información: MICyT.
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[1] Si quieres acceder al documento, clickea AQUÍ. Sitio visitado el 21/07/2023.
[2] Con datos de comercio declarado de Aduanas.
[3] Las comunidades autónomas con mayores crecimientos en sus exportaciones fueron Castilla y León, La Rioja y Cataluña.
[4] Inferior al déficit de 26.570 millones registrado en el mismo periodo de 2022.
[5] Déficit de 5.581 millones de euros en el acumulado hasta mayo de 2022.
[6] La tasa de cobertura se situó en el 92,2 %, lo que supone 6,8 puntos porcentuales más que la registrada en enero-mayo de 2022 (85,4 %).
[7] También, al registrado en Alemania (3,3 %) e Italia (4,8 %). Fuera de la UE, también crecieron las ventas de Reino Unido (9,6 %), EE. UU. (0,9 %), China (8,1 %) y Japón (3,5 %).
[8] Las ventas a la zona euro (55,7 % del total) crecieron un 7,1 % y las destinadas al resto de la Unión Europea (7,8 % del total), se incrementaron un 12,3 %. Las ventas a terceros destinos fue del 36,4 % del total y también ascendieron un 4,3 % en este periodo, con incrementos de las exportaciones a Oceanía (20,7 %), América Latina (20,1 %) y América del Norte (1,6 %).

lunes, 13 de enero de 2020

Nueve alucinaciones comerciales que engañan

Fuente de la imagen: Shutterbug75 en pixabay
Se le atribuye a Edward L. Thorndike, artículo A constant error on psychological rating[1], la acuñación del término “efecto halo”, al darse cuenta de un “desajuste sucesivo” en la evaluación de un individuo dentro de un grupo de personas con fisionomías o atributos similares, generando un error constante en la valoración de los perfiles del grupo. La psicóloga Gema Sänchez Cuevas[2] lo define como “la realización de una generalización errónea a partir de una sola característica o cualidad de un objeto o de una persona. Es decir, realizamos un juicio previo a partir del cual generalizamos el resto de características”. 

Realizo la introducción anterior porque en el fin de semana pasado he estado re-hojeando el texto de Phil Rosenzweig, The Halo Effect and the Eight Other Business Delusions that Deceive Managers[3], que traducido con mi inglés oriundo de los Montes de Málaga es algo así como “El efecto halo y las otras ocho alucinaciones comerciales que engañan a los gerentes", donde Phil somete a valoración nueve supuestas quimeras popularizadas sobre cómo obtener éxito gerencial, comercial… desde el referenciado efecto halo, hasta el ilusorio planteamiento de que en los negocios existen leyes inmutables. 

También, critica los ensueños de la casualidad o la correlación, pensar que solo existe una explicación, que es suficiente con sintonizar con los atributos de las empresas lideres, suficiencia de una implacable exploración, la idea del desempeño incondicional, la falacia de que el éxito dura siempre o que la garantía de éxito continuo es concentrarse en lo que se está haciendo. Parte de este texto también se ha editado en el sitio book—post, bajo el título “El efecto halo”. Fuente de la imagen: Shutterbug75 en pixabay. 
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[1] Thorndike, E. L. A constant error on psychological rating. Revista Journal of Applied Psychology. 1920. 
[2] Sánchez Cuevas, Gema. ¿Qué es el efecto halo? La mente es maravillosa: https://lamenteesmaravillosa.com/que-es-el-efecto-halo/ Sitio web visitado el 13/01/2020. 
[3] Phil Rosenzweig. The Halo Effect ...and the Eight Other Business Delusions that Deceive Managers. Editorial The Free Press. 2007.

lunes, 18 de febrero de 2019

Saber decir NO, preservando el negocio

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
En el homenaje que me di el viernes por la tarde[1], empecé a re-hojear el texto que hace más de una década me recomendó Paco (Gracias), de William Ury, The Power of a Positive No: Save The Deal Save The Relationship and Still Say No[2], que traducido[3] es algo así como “El poder de un No positivo: salvaguardar el trato, preservar la relación y, aun así, decir No”. 

Coincido con el autor en que todos los días me encuentro en situaciones en las que necesito decir “No” a las personas, ya sea en el ámbito profesional, empresarial, institucional o personal. Apunta Ury que “No” es la palabra que usamos para protegernos y para defender a todos los que nos importan, tanto en el ámbito profesional como en el íntimo. 

Pero William también nos alerta de los “No” descaminados o desacertados, porque pueden destruir lo que más valoramos al alienar o alejar a las personas. Según el autor, el secreto para decir “No” sin destruir relaciones se encuentra en el arte del "No positivo", una técnica simple y probada de pocos pasos que supuestamente cualquiera puede aprender. 

Basado en el curso para directivos y profesionales de la Universidad de Harvard, William Ury, intenta proporcionar estrategias concretas y ejemplos prácticos para decir “No” en prácticamente cualquier situación. Este texto también se ha editado en el sitio de libros BOOK--POST, bajo el título “El poder de un No positivo”. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] ver “Recuperando la armonía interior”. 2019. Sitio visitado el 18/02/2019.
[2] William Ury. The Power of a Positive No: Save The Deal Save The Relationship and Still Say No. Editorial Bantam, 2007.
[3] Con mi inglés oriundo de los Montes de Málaga.

martes, 17 de mayo de 2016

Ventas sinérgicas

Fuente de la iamgen: Peggy_Marco en pixabay
Hace unas semanas, me preguntó un headhunter de mi ámbito territorial de actuación, qué opinaba de las ventas cruzadas, cuestión comercial que me pilló un tanto a traspiés, porque no me la esperaba en el contexto relacional y porque el término lo conozco desde hace ya unas décadas, puesto que la primera vez que oí hablar de él fue a mi profesor de Marketing en la Escuela Universitaria de Estudios Empresariales[1]. El concepto marketeniano, cross selling en inglés, básicamente significa aprovechar la sinergia de la venta de un producto o servicio, que alguna doctrina lo llama “principal” y que a mí me gusta definirlo como “sinérgico”[2], para colocar al cliente otros productos o servicios adicionales, relacionados, supletorios o asimilados, con el fin de incrementar la cifra de ingresos global del negocio, empresa, grupo o corporación. 

Desde hace más de quince años, la irrupción del marketing on line en el día a día de los e-consumidores españoles, empezó a dar un giro cualitativo a esta habilidad o, mejor, enfoque comercial, que, con el impresionante avance de la analítica de los hábitos de navegación y preferencias de los usuarios de Internet en los últimos tiempos, posibilita un nuevo ecosistema estratégico comercial, soportado en los usos y costumbres de los usufructuarios de esa inmensa nuda propiedad que configura la Red de Redes. Esta técnica suele utilizarse en otras lides. A título orientativo, se pone el ejemplo del uso que hace de ella el legislador, que, aprovechándose del cuerpo de una ley principal, sometida su aprobación en las Cortes o aprobada inicialmente mediante Decreto Ley, introduce una modificación de otra u otras leyes que no tienen nada que ver con la legislación principal objeto de publicación[3]. 

Cambiando de tema, practicando lo que se conoce como "información cruzada", es decir, aprovechándome del tema principal del post, te apunto que en relación a lo recogido en el texto "La importancia del agradecimiento"[4], ayer me remitió Antonio (Muchas Gracias), link a la noticia, recogida en el portal del Consejo General de la Abogacía Española (si quieres acceder a ella, clickea AQUÍ[5]), de la colaboración que, junto a los compañeros Juan Antonio, Ángel y Marc, realicé en el informe "Inclusión Educativa de Menores con Enfermedades Raras", trabajado para la Federación Española de Enfermedades Raras, FEDER, en el seno de la Fundación Fernando Pombo, en el marco de acciones Pro-Bono Clínica Legal. Decirte que fue una gratificante experiencia, tanto en lo profesional como en lo personal  (Fuente de la imagen: Peggy_Marco en pixabay).
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[1] Málaga, España, allá por la mitad de los ochenta del siglo pasado.
[2] Antonio los llama “mulas”.
[3] A pie de texto te dejo un vídeo, subido a Youtube por Fernando Pena, con su opinión acerca de las bases neurofisiológicas de la venta cruzada.
[4] Velasco Carretero, Manuel. La importancia del agradecimiento. 2015. Sitio visitado el 17/05/2016.
[5] Sitio visitado el 17/05/2016.

viernes, 25 de marzo de 2016

De la expectativa a la desmotivación

Fuente de la imagen: pixabay
Observé en el querubín que la ilusión inicial por la expectativa de compra de un accesorio que conectara sus juegos compatibles con la consola, se convirtió en sorpresa, primero, y desorientación y desmotivación, después, al encontrarse con un mogollón de opciones. A mi pregunta respondió: “Es que… Hay muchas figuras”. Interpreté que su ensueño por la compra de un muñequito, se convirtió en asombro ante el volumen de juguetes donde escoger. Sin embargo, en contra de lo que yo pensaba, este embebecimiento se transmutó en dificultad en la decisión y, por derivación, en cierto desconcierto y desilusión. Me tiré el resto de la tarde reflexionando sobre la situación vivida y su extrapolación al mundo de la comercialización, el marketing, la venta…[1].

Son tantos los ofrecimientos que se relacionan en la pantalla, que a veces la indefinición y desorientación toman posesión en la mente y la capacidad de elección merma sobremanera. Y qué decir de esos agobiantes anuncios, aprovechándose del rastro que dejé en mi primera visita, que me siguen durante días, mientras navego por Internet, generando un sentimiento de rechazo hacia esas pesadas marcas o firmas. ¡Ah! y desconfía de algunos de esos portales que pretenden ayudarte en la elección, que lo que hacen es dirigirte a los proveedores previamente conveniados. Finalmente, descubro que las sensaciones descritas en los párrafos anteriores no son exclusivas de mi familia y parece que son sentidas por otras personas. 

Hace unos años, se escribía en The Economist, You choose[2], que se han realizado trabajos de investigación donde se manifiesta que los compradores pueden desmotivarse ante la existencia de tropecientas elecciones de compra, debido a que, ante tanta oferta, las energías mentales para procesar toda la información y destilar la decisión, pueden ser tales que no compensen con el previsible resultado de compra final, ninguneando la posibilidad de elegir entre un gran abanico de opciones y promocionando el estrés ante la deliberación y toma de partido. Aquellas empresas que redujeron su gama de productos, incrementaron su margen de beneficio (Fuente de la imagen: pixabay). 
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[1] A mí me pasa, por ejemplo, cuando busco en la Red determinado producto o servicio, ya sea un seguro de coche o un billete de avión. 
[2] The Economist, You choose. 2010. Sitio visitado el 25/03/2016.

miércoles, 23 de septiembre de 2015

Enreda, que algo queda

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
A la pregunta “¿para qué tema?” respondió que su empresa era del grupo "tal", que ya sabía “Manuel Velasco” para qué cuestión llamaba, pero que me recordaran lo de la plataforma digital. Desconocía quién era y en absoluto recordaba las llamadas que afirmó había realizado, pero decidí teclear su número telefónico. Al otro lado me respondió una voz, al principio, nerviosa al escuchar mis preguntas, pero al momento cogió carrerilla y empezó a contarme las bonanzas de un supuesto proyecto B2B. 

Transcurrido el minuto de educación previo posterior a la averiguación de las verdaderas intenciones, supuestamente comerciales, y los falsos testimonios y mentiras para atraer mi atención, malas artes vendedoras, decidí cortar por lo sano con un seco “no estamos interesados”. Como decía el otro: “embrolla, enreda, que algo queda”. Tristeza profesional la existencia en mi ámbito territorial de actuación, de presuntos vendedores con el perfil del individuo anterior.

Individuos conformados a base de falsos testimonios, mentiras, enredos… y lo peor es que muy probablemente sigan instrucciones de sus jefes de equipo, gerentes o dueños. Por la tarde reflexioné sobre lo interesante, desde la óptica comercial, de aquellas hipotéticas prácticas marketenianas que, para determinados productos o servicios en los que tradicionalmente el vendedor busca al comprador, propiciaran el efecto contrario, es decir, la búsqueda del vendedor por parte del cliente. 

Tal vez, para conseguir esa situación idílica, el vendedor, en vez de vocero, pesado, manipulador o trapicheante, si aconsejara de manera honrada, decente, el potencial cliente, que no es tonto, en vez de sufrir congoja, presión, cabreo… se sentirá asesorado y en el futuro, si necesita ese producto o servicio, existen muchas papeletas a favor de que sea él el que busque a ese proveedor. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.

miércoles, 24 de junio de 2015

Indemnización por clientela

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
En el post “A vueltas con la franquicia”[1], te conté alguna que otra batallita relacionada con ese sistema de distribución y refresqué varias ideas básicas. Quiero apuntarte esta mañana que no todo contrato de distribución es modelo de negocio franquicia puro y duro. Existe un abanico de actividades que se apoyan en los términos comerciales de concesión y distribución. Sí tienen en común su diferencia entre lo que en España llamamos contrato de agencia, donde el agente, aún siendo autónomo o independiente, actúa por cuenta ajena, mientras que, según mis apuntes, la figura del distribuidor en sentido estricto, se circunspecta a los supuestos en que se asume el riesgo de la actividad de distribución con su establecimiento y su dinero, actuando asimismo por cuenta propia y en su propio interés. Y uno de los puntos que los tres modelos tienen en común lo constituye el derecho de indemnización por clientela ante una extinción unilateral del contrato por parte del concedente, franquiciador o distribuidor, aplicando analógicamente, ante la falta de regulación expresa, el régimen de dicha indemnización previsto para el contrato de agencia[2], artículo 28 Ley Contrato de Agencia (LCA), donde los tribunales normalmente vienen reconociendo tal derecho aunque con matices.

Lo anterior lo he comprobado en la lectura de la Sentencia del Tribunal Supremo (TS) 7321/2012[3]. El supuesto de hecho consistía en la finalización unilateral de un contrato de concesión, donde el concedente procede a la extinción de la relación mercantil en exclusiva, por decisión unilateral sin invocar razón de incumplimiento en el momento de anunciar el fin de la relación judicial (alegando posteriormente, en sede judicial, pérdida de confianza), entendiendo ajustada al preaviso de seis meses recogido en el acuerdo contractual (facultad atribuida en el contrato, según Primera Instancia y que, por eso, según ese órgano judicial, no procedía indemnización alguna) y solicitando en la demanda de reconvención la devolución de documentación técnica o, en su defecto, indemnización. Por su parte, el concesionario mediante demanda reclama indemnización por clientela y por inversión de bienes de equipo no amortizada (como ya he comentado en el primer párrafo, por analogía con la indemnización prevista para el contrato de agencia, art. 28 LCA). 

La respuesta del Alto Tribunal a favor de la procedencia de la indemnización solicitada por el concesionario, se fundó en jurisprudencia como la STS de Pleno de 26 de marzo de 2008[4] que, con base en el art. 1258 del Código Civil (CC), declaró mantener como doctrina la compensación por clientela al extinguirse los contratos de concesión o distribución, valorando como uno de los factores a favor de tal compensación la integración del concesionario en una red comercial que aproxima significativamente su posición a la del agente, marco mercantil en el que se encontraba tanto el concedente, liderando mercantilmente esa red comercial, como el concesionario, integrado en ella, unido a la prueba de aportación de nuevos clientes. Igualmente, procede la indemnización por inversiones no amortizadas por la previsión que apunta en el art. 29 de la LCA. En cuanto al cálculo de la indemnización, el TS ratifica la reducción conforme a los porcentajes de actividad del concesionario que provenían del concedente y a otros criterios relacionados con atracción de marca y gastos de publicidad (Fuente de la imagen: pixabay mvc).
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[1] Velasco carretero, Manuel. A vueltas con la franquicia. 2015. Sitio visitado el 24/06/2015.
[2] Ley 12/1992, de 27 de mayo, sobre Contrato de Agencia. http://www.boe.es/buscar/pdf/1992/BOE-A-1992-12347-consolidado.pdf - Documento última vez visitado 24/06/2015.
[3] STS 7321/2012 de 6 de noviembre de 2012. 
http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=TS&reference=6549967&links=&optimize=20121126&publicinterface=true - Documento última vez visitado 24/06/2015.
[4] STS de Pleno de 26 de marzo de 2008 (rec. 4344/00).

miércoles, 27 de mayo de 2015

A vueltas con la franquicia

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Si eres follower de este sitio, puede que te suene algunos textos relacionados con el concepto “franquicia”. Hace ya unas cuantas primaveras, 2006, en el post literal “Franquicias”[1], te comentaba mi primera experiencia sobre este modelo de negocio, cuando[2] tuve la suerte de participar en un proyecto a franquiciar en el sector de la distribución, bajo el paraguas de central de compras en toda su envergadura. Desde la concepción de la idea y el diseño de la marca, hasta la apertura del primer centro franquiciado, pasando por la experiencia piloto en cinco centros propios[3]. Me acordé de todo lo anterior ayer[4] escuchando disertar sobre el ordenamiento jurídico del contrato de franquicia en España, donde[5] poca referencia a este tipo de contratos existe, regulando la actividad comercial en régimen de franquicia, en el art. 62 de la Ley 7/1996 (LOCM)[6], en cuyo primer apartado se indica que “la actividad comercial en régimen de franquicia es la que se lleva a efecto en virtud de un acuerdo o contrato por el que una empresa, denominada franquiciadora, cede a otra, denominada franquiciada, el derecho a la explotación de un sistema propio de comercialización de productos o servicios”.  

También, el Real Decreto 201/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el ejercicio de la actividad comercial en régimen de franquicia y la comunicación de datos al registro de franquiciadores.  Por si no te convence la presunta regulación legal expresa del legislador, apuntar que el contrato y la relación entre las partes se regirá por lo acordado por éstas, siendo usual que se contenga un pacto de exclusiva a favor de concesionario y concedente. Por otro lado, el producto o servicio ofertado deberá ser el mismo que el ofertado por otros franquiciados del mismo franquiciador. Siguiendo aprovechándome de los apuntes, el franquiciado, además del pago de los bienes que vaya a distribuir, y de asumir los costes de acondicionamiento del local y de personal, abonará normalmente ciertas cantidades por tres conceptos: canon de entrada, un porcentaje por las ventas realizadas y una participación en la publicidad que realiza el franquiciador del producto o servicio a distribuir (Fuente de la imagen: sxc.hu). Imagen incorporada con posterioridad; fuente: mvc archivo propio.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Franquicias. 2006. Sitio visitado el 27/05/2022.
[2] A principios de la década de los noventa del siglo pasado.
[3] Toda una odisea que llegó a buen fin.
[4] En clase de Beatriz.
[5] Según las ideas claves desgranadas.
[6] Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista (LOCM).

martes, 24 de marzo de 2015

Saneamiento por sentencia firme

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Hace unos años, me comentó un compañero que un tercero le había vendido una propiedad sin especificarle la existencia de una servidumbre no aparente. Cuando se dio cuenta, tal fue su desagrado que decidió rescindir la operación, a lo que el vendedor se negó, proponiéndole éste la alternativa de una indemnización. Pero él no quería compensación o resarcimiento. Sencillamente, si hubiera conocido la existencia de esa carga, no hubiera comprado la finca y punto. Se vio obligado a pleitear y parece que al final le dieron la razón. La semana pasada, recordé[1] la historia anterior, cuando escuchaba a Beatriz en su lección magistral, primero, y en clase, después, disertar sobre el saneamiento por evicción, codificado en los artículos 1.475 a 1.483 del Código Civil (CC) español.

Siguiendo las ideas claves desarrolladas por la profesora, la evicción supone la privación al comprador, por sentencia firme y en virtud de un derecho de tercero anterior a la compraventa, de la cosa comprada, total o parcialmente[2]. En este caso, el vendedor estará obligado al saneamiento que corresponda, siempre que resulte probado que se le notificó la demanda de evicción a instancia del comprador[3], pues si faltase esa notificación el vendedor no estará obligado al saneamiento[4]. Ojo, porque el saneamiento no podrá exigirse hasta que haya recaído sentencia firme, por la que se condene al comprador a la pérdida de la cosa adquirida o de parte de la misma[5]. Otra cuestión, de las que conocí es que el vendedor responderá de la evicción aunque nada se haya expresado en el contrato.

Ahora bien, los contratantes, sin embargo, podrán aumentar, disminuir o suprimir esta obligación legal del vendedor[6]. Cierto que se podrá pactar la exención de esta obligación, pero si hubiera mediado mala fe del vendedor[7], ese pacto de exención será nulo[8]. Finalmente, cuando se haya estipulado el saneamiento o cuando nada se haya pactado sobre este punto, si la evicción se ha realizado, tendrá el comprador derecho a exigir del vendedor conceptos tales como la restitución del precio que tuviere la cosa vendida al tiempo de la evicción, los frutos o rendimientos, las costas del pleito, los gastos del contrato, los daños e intereses y los gastos voluntarios o de entretenimiento o decoración, si se vendió de mala fe. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] En la disciplina Derecho Privado de los Contratos II.
[2] Art. 1.475 CC.
[3] Notificación en los términos indicados en el art. 1.482 CC.
[4] Art. 1.481 CC.
[5] Art. 1.480 CC.
[6] Art. 1.475 CC.
[7] En cuanto que conocía antes de la celebración del contrato ese riesgo de evicción y su causa y se lo ocultó al comprador.
[8] Art. 1.476 CC.

domingo, 19 de octubre de 2014

Comercial dinamizador

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
La foto que acompaña a este post es de una “señora cerveza con tapa” que me tomé el viernes en “La oficina”, Avenida de la Constitución, 48, Granada (España). Este restaurante fue uno de los establecimientos que me sirvieron de avituallamiento en las estancias en la capital del reino nazarí por motivos profesionales: 1998 (Grupo Tadel, ver “Senda sobria, relaciones serenas”[1]), 2002 (La Factoría de la Red, ver “A vueltas con el e-marketing"[2]), 2006 (Centers Auto, Tiresur, ver “El proactivo e.mail”[3] …). Buenos ratos en compañía de proactiva gente. En fin. ¡Qué tiempos! Pasé parte del día disfrutando de esa bella ciudad, encuentros programados por Teófilo, donde saludé a líderes que respeto y con los que me unen lazos desde hace bastante tiempo, hundiéndose las raíces hasta la etapa de Cecap-Andalucía (Facep, ver post “Secretaría General”[4]).

Le comenté a Carlos que ya en la última década del siglo pasado, desde la experiencia en Euromarket (ver "Atención al cliente"[5]) y, sobre todo en Punta Paloma, distribuyendo donuts (ver "Parece que fue ayer"[6]), la mente fue cocinando la imagen de determinados puestos comerciales que más que “comerciales” a la tradicional usanza, los consideraba como “dinamizadores en sus ámbitos territoriales de actuación”. Quiero dejar constancia hoy de este perfil específico, porque no me extraña que algún individuo, de esos que pastan por las Redes Sociales Virtuales y sin escrúpulos copian y copian, sin ni siquiera referenciar, haciendo suyas creaciones y aportaciones de conocimiento de otros (la vida misma), se apropie impunemente de éstas y otras modestas reflexiones. 

Pero como recientemente he estudiado en clase de Derechos Reales del Grado en Derecho, con Beatriz, conforme al art. 1 Ley de la Propiedad Intelectual española[7], “la propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación”. Es decir, no es necesario ningún otro requisito; ni siquiera la inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual, que tan solo sirve para crear la presunción iuris tantum de existencia del derecho y de que éste pertenece al titular registral (art. 145.3 LPI)[8]. El enfoque comercial “dinamizador en su ámbito territorial de actuación”, ideal para grupos empresariales con productos o servicios "sinérgicos", me ha acompañado durante todo este tiempo y cuando he tenido la oportunidad lo he aplicado con distinto acierto. 

Escribo “distinto”, porque no siempre he obtenido los resultados apetecidos, debido a que dependiendo de los productos o servicios que se comercialicen, se podrá aplicar con mayor o menor éxito. Básicamente consiste en contactar con determinados perfiles profesionales y dotarles de una cartera de productos y servicios atractivos y complementarios unos con otros, que puedan comercializar en la zona donde viven. Además de reducir costes de desplazamientos y dietas[9], lo verdaderamente importante son los potentes lazos relacionales que se establecen con los clientes de su zona territorial de influencia. Así que, si directa o indirectamente estás relacionado con la actividad comercial, te invito a que le des una pensada. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Senda sobria, relaciones serenas. 2006. Sitio visitado el 19/10/2014.
[2] Velasco Carretero, Manuel. A vueltas con el e-marketing. 2013. Sitio visitado el 19/10/2014.
[3] Velasco Carretero, Manuel. El proactivo e.mail. 2007. Sitio visitado el 19/10/2014.
[4] Velasco Carretero, Manuel. Secretaría General. 2010. Sitio visitado el 19/10/2014.
[5] Velasco Carretero, Manuel. Atención al cliente. 2008. Sitio visitado el 19/10/2014.
[6] Velasco Carretero, Manuel. Parece que fue ayer. 2006. Sitio visitado el 19/10/2014.
[7] Por cierto, en plena reforma por parte del legislador.
[8] Así que, al no tener abuela, pues…
[9] Cada vez más caros, puesto que no disponemos de tarjetas black a lo Bankia.

viernes, 22 de agosto de 2014

El matiz

Fuente de la imagen: Alexas_Fotos en pixabay
En relación al contenido central del post texto “Patrañero, manipulador”[1], Alex me remite un atento email con su opinión[2]. Apunta el contacto virtual que echa de menos en el texto la persuasión en positivo, es decir, esa utilización proactiva de todos los recursos del comercial por convencer con argumentos al cliente de que ése y no otro es el producto o servicio que tiene que adquirir o comprar. 

Cierto, Alex, ya lo escribía Norberto Aubuchon en su “Anatomía de la Persuasión”[3]. En la actividad empresarial, persuadir al interlocutor generalmente es un requisito para el éxito comercial. Sin embargo, hay una diferencia entre Aubuchon y los Pickens que apuntaba en el post que trae a colación Alex, matiz que hace que no lo meta en el mismo saco. 

Para Norberto, la persuasión empieza por la comunicación inteligente, donde los "comunicadores inteligentes" asumen el cien por ciento de la responsabilidad por lo que dicen y razonan el conocimiento de su audiencia previo a la transmisión del mensaje, propiciando una interacción y encuadramiento franco con el proceso de compra. 

Te dejo un vídeo, subido a Youtube por Milena Ortiz Valencia, con una síntesis de la anatomía de la persuación de Aubuchon (Fuente de la imagen: sxc.hu, utilizada también en el post “Alguien lo hará por ti”[4]). Imagen incorporada con posterioridad; fuente: Alexas_Fotos en pixabay.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. 
Patrañero, manipulador. 2014. Sitio visitado el 22/08/2014. 
[2]  Crítica y aportación, lo cual se agradece sinceramente.
[3] Aubuchon, Norbert. Anatomía de la Persuasión. Mcgraw-Hill España. 2001. Amazon.
[4]  Velasco Carretero, Manuel. Alguien lo hará por ti. 2005. Sitio visitado el 22/08/2014. 

jueves, 13 de febrero de 2014

Pensamiento, empatía, fidelidad

Fuente de la imagen: rvs
En esta época que toca vivir, da igual que esté bregando comercialmente en la calle, sentado en un despacho, oficina o cubículo, colocando cajas en un almacén, ajustando tornillos en una cadena de producción... de una u otra forma siempre deberé pensar en el cliente, ese ente hacia el que va dirigido el producto o servicio que produzco u ofrezco (o participo en la producción o en el ofrecimiento) y que se supone necesita o, en el peor de los casos, genero en él, sin quererlo o buscarlo, sensación de escasez o carestía.

Con tenacidad, concentración, información y entendimiento creo que puedo conseguir captar la atención del potencial adquirente o consumidor y disfrutar de la oportunidad de provocar la compra. Si esa mecha se enciende, entonces es cuando verdaderamente comienza el atrayente, excitante, proactivo mundo comercial donde, además de cultivar continuamente los atributos anteriores, incentivaré la empatía surgida de la retroalimentación, la implicación y la integración, que a su vez posibilitará fidelidad y confianza más allá de lo meramente lucrativo o fructuoso (Fuente de la imagen: dibujo peque de nueve años). 

domingo, 3 de noviembre de 2013

El vendedor más grande del mundo

Fuente de la imagen: archivo propio
Ayer, el peque se terminó de leer “El vendedor más grande del mundo”[1], de Og Mandino. Le pregunté qué pasó al final con la manta y me lo comentó. También inquirí por los pergaminos, pero ahí la respuesta fue más vaga. Demasiado, pensé. Como sabes por el post “El pergamino nº 9”[2], me gusta la reflexión de Mandino en el sentido que es mejor intentarlo por enésima vez, aun a riesgo de fracasar, que quedarse parado, inútil, y salir del atolladero a duras penas. 

La naturaleza de nuestras tendencias, inclinaciones y pensamientos, rezuma creatividad por todos sus poros, pronunciándose a través de las vibraciones de nuestro ser, que, a su vez, inducen, promueven, los actos y resultados. Me queda claro que nuestro poder interior afana de la misma forma las inseguridades y limitaciones que los pensamientos tangibles y auténticos, por lo que si pienso en clave de frustración, fracasaré, y si reflexiono en positivo, los logros serán distintos. Te dejo el audiolibro, subido a Youtube por Variadaddelibros bodylogic (Fuente de la imagen: elaboración propia).
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[1] Mandino, Og. El vendedor más grande del mundo. Ed. Grijalbo. 1991.
[2] Velasco Carretero, Manuel. El pergamino nº 9. 2010. Sitio visitado el 03/11/2013.

martes, 13 de agosto de 2013

Promoción interna

Fuente de la imagen: Yuri_B en pixabay
Agradable almuerzo el de ayer, con Germán. Preocupado anda el hombre porque a principios del siguiente trimestre lo van a ascender a la dirección comercial de la empresa en la que ha estado toda su vida profesional y no tiene claro si va a desarrollar sus nuevas tareas con la eficacia y el éxito demostrado en su puesto de responsable o comercial sénior, ya que conoce muy bien a su organización y disfruta de relaciones muy sólidas con muchos de sus miembros. 
Después de escucharle, le trasladé que tiene razón en cuanto a que un buen comercial no tiene por qué ser el mejor director de la división correspondiente. 

El tema se complica si es la primera vez que se ejerce el puesto, pero al reflexionar sobre esa disyuntiva, está empezando con buen pie. Le enumeré algunas cuestiones sobre las que tenía que estar alerta, como evitar se rehén del enorme paquete de solicitudes de todo tipo que le va a llegar, analizar la red de relaciones internas antes del ascenso, estudiar la organización comercial de la que se va a hacer cargo desde la perspectiva de la gerencia, proponiendo cambios que regeneren el cometido de los equipos, secciones, departamentos, a su cargo. 

Aspectos como mantener una comunicación fluida con los subordinados, superiores, clientes, proveedores y resto de departamentos de la institución, también son fundamentales. Finalmente, es un riesgo ser promocionado cuando has tenido una exitosa carrera en un puesto inferior, pero también es una oportunidad y ahí es donde debe centrarse, al conocer profundamente la estructura organizativa y, se sobreentiende, el sector y el mercado donde su empresa juega. Suerte, le deseé (Fuente de la imagen: sxc.hu). Imagen incorporada con posterioridad; fuente: Yuri_B en pixabay.

sábado, 10 de agosto de 2013

Los de arriba

Fuente de la imagen: archivo propio
Esta mañana toca llorarte un poco relatando las frustraciones de ayer. A primera hora, mientras reponía fuerzas, la atención se me fue al Programa del Verano de Telecinco, donde estaba un señor presuntamente hablando de búsqueda y opciones de empleo, pero al momento mi gozo en un pozo cuando detecto que lo que pretendía el presunto “experto” era resaltar exclusivamente el network marketing, de sus bondades, de sus “exitosos”  ponentes, etc. No es que tenga este sistema comercial atragantado (ver post Network marketing[1]), pero centrar el tema de los nichos de mercado de trabajo sólo en el multinivel me pareció cara dura. Menos mal que los presentadores cortaron pronto la entrevista. A última hora de la mañana me paso por Gestión Tributaria de mi ayuntamiento (Málaga), para informarme acerca de una denuncia que me han puesto por ir a más de 50 km./h. por la Avenida Valle Inclán, exactamente a 74 k./h. Le expliqué a la atenta funcionaria que no pretendía convencerla de que soy un excelente conductor ni de que era la primera multa por exceso de velocidad que me ponen en mi ya largo camino al volante, sólo quería trasladarle que desde hace mucho tiempo sabía que en ese punto kilométrico estaba ubicado un cinemómetro y que suelo pasar por allí cuando voy al cine en el Centro Comercial Rosaleda. Que podía ir a 45, 58, 51… puede que sí, pero imposible a 74. 

¿Qué hago? Encima, ni me envían la foto ni “na”, con lo que me obligan a solicitar ver el expediente y, paralelamente, las preceptivas alegaciones. ¿Pero qué alegaciones aludo si estoy seguro que no iba a 74? Para colmo de los colmos, si quiero una copia de la petición de vista y de las alegaciones, tengo que volver a escribirlo, puesto que no hay papel autocopiativo ni posibilidad de fotocopia. La mujer se encoge de hombros y me dice “Los de arriba”. Obviamente, me recordó que si pagaba ahora tenía un descuento del 50% ¡Hala! Me sentí …  No, no te voy a contar como me sentí, pero sí que estoy pensando en crear un grupo en Facebook: "Damnificados del Cinemómetro situado en Avenida Valle Inclán, 20, Málaga (España)". Finalmente, realizando la compra por la tarde en un centro Carrefour, al elegir un pack de 12 latas de la cerveza que le gusta a Antonio, "San Miguel” (yo prefiero Alhambra, pero a los amigos, si se puede, lo que más les guste), el querubín me dice: ¡Papá, te sale más barata si compras una a una! ¿Cómo? Pues sí, si adquiría una lata, me salía a 36 céntimos de euro y si compraba un pack de 12, me salía la lata a siete céntimos más cara (12 de las antiguas pesetas). 

¡Jo! Se prima la unidad, no la cantidad, a no ser que el envoltorio cueste un ojo de la cara ¡Qué tonterías escribo a estas horas! Como una imagen vale más que mil palabras, te dejo las fotos de los precios. Pero no queda aquí la cosa. Localizo al reponedor y le traslado la observación. Se encoge de hombros y me responde un lacónico “Los de arriba”. A propósito del tema de los precios, si realizas la compra, sugiero que revises atentamente el ticket, ya que he percibido la tendencia que los precios y las ofertas que etiquetan en los lineales no siempre coinciden con lo que te pretenden cobrar en la caja. No sé si son errores inconscientes o conscientes[2], pero me siento estafado cuando ocurren las referidas situaciones ¿comerciales? He verificado estos desajustes en Hipercor y Carrefour. También tengo que decir que donde no me ha pasado aún ha sido en Mercadona, cadena en la que últimamente he detectado precios muchos más competitivos que las anteriormente aludidas[3]. Así que el contacto Antonio se quedó sin su "San Miguel" y, después de contarle la historia, saboreó una Águila Amstel que dijo estaba deliciosa (y el precio fabuloso). A ti, gracias por escucharme y ser pañuelo de mis lágrimas.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Network marketing. 2012. Sitio visitado el 10/08/2013.
[2] ¡Ah! Me ha recordado las clases de Derecho Penal con D. Sergio y la "culpa consciente".
[3] Espero que esta estrategia se convierta en estructural y no coyuntural.

miércoles, 7 de agosto de 2013

Suerte les deseo

Fuente de la imagen: archivo propio
La reunión de ayer sobre la nueva orientación de la dirección comercial en las empresas de formación, me recordó el libro de James A. Belasco (sí, Velasco, con “B”) que compré en 1992: “Enseñar a bailar al elefante”[1] (Plaza & Janes). Lo he rescatado de la estantería para escribirte la sinopsis. El texto trata cómo los altos ejecutivos deciden dar nuevas orientaciones a sus proyectos empresariales. Belasco ofrecía un “porrón” de ejemplos de instituciones privadas y públicas que sobrevivieron utilizando técnicas iguales o similares a las desgranadas en su libro.

Se me quedó en la mente el relato del elefante encadenado (historia también atribuida a Jorge Bucay), sobre por qué los elefantes domados se quedan quietos. Los domadores atan a los animales jóvenes con gruesas cadenas que a su vez penden de clavadas estacas. Los elefantes viejos, con un sencillo brazalete alrededor de la pata sin ninguna atadura, no escaparán, a pesar de que con la edad disponen de una brutal fuerza para arrancar de cuajo la madera. 

Escribía James que al igual que el ejemplo de los paquidermos, existen organizaciones atadas por costumbres que posibilitaron un relativo “éxito” en el pasado pero que, sin querer darse cuenta, son el germen del fracaso futuro. En resumen. Estos elefantes del sector de la consultoría en formación llevan años intentando aprender a bailar las melodías comerciales actuales, pero por mucho tubo de ensayo, no atinan. Suerte les deseo (fuente de la imagen: freepik.es). Imagen incorporada posteriormente; fuente: archivo propio.
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[1] Belasco, James A. Enseñar a bailar al elefante. Plaza & Janes. 1992.

martes, 6 de agosto de 2013

Carroñeros masterizados

Con Teófilo Martínez Gay. Fuente de la imagen: archivo propio 
De mentideros de buena tinta me llegó ayer el rumor que un grupo empresarial del sector de la formación y aledaños estaba seleccionando una dirección comercial. Interesándome por los requisitos y pensando que mi interlocutora me iba a describir el tradicional perfil para este tipo de puestos, su relato me dejó un tanto patidifuso: 
“Dada la actual situación en torno a los papeles representativos y los difíciles equilibrios político – institucionales que juega la propiedad así como el perfil de los actuales directivos en el organigrama societario, básicamente se está buscando a alguien que consiga mantener y atraer esa clientela de organizaciones sindicales y empresariales que gestionan el paquete de subvenciones directas”. Permíteme confesarte que se equivocarán de plano aquéllos que pretendan seleccionar algo similar a un lobby de presión o un mercenario masterizado carente de ética. 

Desgraciadamente, estuve al cabo de la calle del conocimiento de individuos que más que directivos comerciales, si es cierto lo que se decía de ellos, hoy los catalogaría de impresentables, esgrimiendo presuntas banderas de todo tipo, en la mayoría de los casos extremistas de cualquier color, untando mantequilla a todos los integrantes de cuadros directivos de las distintas organizaciones que se dejaban engrasar y con los que se codeaban externamente (congresos, jornadas...) e internamente (pasillos, despachos, cafeterías...), por no decir "scandalosamente". Pero realmente la fama que les acompañaba era la de indecentes, manipuladores, traicioneros, sin moralidad ni ética, egoístas, tiranos y siempre solitarios e interesados carroñeros. Por mucho que les pese a cierto tejido empresarial y político, estamos en un cambio de época y deberemos jugar en ligas económicas y sociales impensables hace unos años.

Sin embargo, en la década de los noventa del siglo pasado conocí muy bien el perfil del “excelente director comercial de una empresa de formación” que se estilaba entonces, dibujado por los líderes empresariales del sector (y no por el manojo de egocéntricos y creídos cantamañanas de turno), tocándome ejercer en más de una ocasión el papel. Incluso, cuando colaboraba en el año 1998 en un proceso de reorganización empresarial en el Grupo Tadel, tuve la oportunidad de participar, junto con Antonio, en la selección de uno de ellos, Teófilo, que dependiendo de la propiedad, diseñó, lideró y coordinó un equipo de comerciales en toda España, consiguiendo objetivos muy por encima de las previsiones. Estos profesionales me enseñaron muchas cosas, siendo una de ellas la de que un proactivo director comercial es siempre una gran persona (fuente de la imagen: sxc.hu). 

viernes, 12 de julio de 2013

Alegre, dinámico, proactivo

Manuel Velasco Carretero en la tertulia de "Las Mañanas de Cuatro", dirigida por Concha García Campoy
Si me sigues desde hace tiempo, sabrás que respeto bastante la labor comercial a todos los niveles del organigrama, llegando a pensar que toda persona perteneciente a la organización, con su trabajo, su actitud o enfoque anímico está vendiendo, o dejando de vender, el proyecto, servicio, producto, empresa… en el que se encuentra integrado o participa, con independencia que se encuentre laborando en la sala de máquinas, el almacén del carbón o sirviendo copas en la proa.

Ayer estuve con José Luis, durante mucho tiempo mando intermedio en una estructura eminentemente comercial y desde principios de año promocionado a responsable o directivo de toda la división. Al igual que el que te escribe, empezó muy joven trabajando en la bodega de una bodega y, posteriormente, sirviendo copas en un bar. De ahí pasó a realizar un sinfín de trabajos relacionados con la venta de productos de lo más variados. Hasta hoy. A su cargo una fuerza comercial de treinta y dos personas. 

Lo que sobresale de este comercial hasta la médula es el enfoque alegre, dinámico, proactivo con su gente y con los clientes, intentando ayudar a que cada miembro del equipo consiga el cupo asignado. Me dice que la consecución del objetivo de un recién llegado es una de las alegrías más grandes que disfruta. Poco a poco, sin prisas pero sin pausas, va incrementando las expectativas a su personal. 

¿Qué pasa cuando el listillo de turno se va de rositas? Le pregunté. "Rara vez sucede, pero cuando se detecta, hay que seguir siendo positivo y ayudar al susodicho a lograr otra ocupación, oficio o profesión", contestó.  Gracias, José Luis, por tu tiempo y por la clase que me has dado (Fuente de la imagen: sxc.hu). Imagen incorporada con posterioridad; fuente: archivo propio.

martes, 11 de junio de 2013

Ya no trabaja aquí

Fuente de la imagen: PaliGraficas en pixabay
Me contaron que habían llamado a uno de los teléfonos de referencia que les di y una voz les trasladó secamente: “Ya no trabaja aquí”. Mi mente rumió un “Jaque mate” a la acción comercial pretendida[1]. Cavilé que habría sido un desinformado o desinformada de las últimas incorporaciones que todavía no hubiera recibido el dossier corporativo de la institución o una charla sobre lo divino y humano de la cultura corporativa. 

Luego, les entregué una tarjeta de visita[2] y les sugerí que volvieran a intentarlo y preguntaran por tal persona, para confirmar o no el presunto rumor propagado. Pero esa situación me hizo reflexionar acerca de la contestación en sí. Probablemente es una máxima que se está haciendo habitual, por la cantidad de personas que han sido finiquitadas o no renovadas y que han engrosado la lista de parados de mi país. Seguro que la atención telefónica de muchas empresas tiene que decir el enunciado en más de una ocasión a lo largo de la jornada laboral. 

Tal vez, se debería pensar otro texto más proactivo, por ejemplo: “Ha finalizado con éxito la colaboración en los distintos proyectos en los que participaba”. No sé. Algo que ponga en valor el trabajo realizado por la persona que ya no está y enaltezca su perfil en la justa medida. Claro, prefiero la frase “Ya no trabaja aquí” que este otro falso testimonio de más calado o daño: “Fue despedido”. Pero esa es otra historia (Fuente de la imagen: sxc.hu). Imagen incorporada con posterioridad; fuente: PaliGraficas en pixabay.
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[1] Si te gusta la esgrima, puedes utilizar: Touché.
[2] No nado en la abundancia pero tarjetas tengo de todas clases y tamaños.