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jueves, 29 de julio de 2021

Utilización del trabajo de la auditoría interna

Fuente de la imagen: rvs/2020
Si eres follower de este sitio sabes de mis facetas como gerente de auditoría externa y de director de auditoría interna. En textos como “Ni seguratas ni chivatos ni detectives”[1] te confesaba lo que les decía a los sorprendidos trabajadores y trabajadoras que veían laborando al equipo de auditoría interna a extemporáneas horas (al alba o al crepúsculo). Y cuando llegaba el momento de las preceptivas auditorías externas, la auditoría interna trabajaba también como “una mula”, pero no he visto ni un informe de auditoría externa donde se reconociera la importante colaboración de la auditoría interna. A ello se une que la actual regulación de la auditoría externa en mi país no recoge la utilización de la ayuda directa de los auditores internos bajo la dirección, supervisión y revisión del auditor externo.

Por eso y por otras razones, escruto con interés documentos como el recientemente publicado por el Instituto español de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) sobre la Norma Internacional de Auditoría NIA-ES 610 R Utilización del trabajo de los auditores internos[2]. El objetivo de la NIA “hojeada” viene relacionado de manera directa cuando la entidad a auditar externamente dispone de una función de auditoría interna y el auditor externo tiene previsto utilizar el trabajo de la función de auditoría interna para modificar la naturaleza o el momento de realización de los procedimientos de auditoría a aplicar directamente por él, o para reducir su extensión, o utilizar la ayuda directa de los auditores internos[3]. 

En ese caso, la NIA entiende que los objetivos del auditor externo son, por un lado, determinar si se puede utilizar el trabajo de la función de auditoría interna o la ayuda directa de los auditores internos, y, en caso afirmativo, las áreas en las que se puede utilizar y la extensión de dicha utilización; y una vez determinada esta cuestión, determinar si en caso de utilizar el trabajo de la función de auditoría interna, dicho trabajo es adecuado para los fines de la auditoría. Obviamente, en el caso de utilizar la ayuda directa de los auditores internos, supervisar y revisar su trabajo. Finalmente, reiterar que en España aún no resulta aplicable formalmente la utilización de la ayuda directa de la auditoría interna. Fuente de la información: ICAC. Fuente de la imagen: rvs/2020.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Ni seguratas ni chivatos ni detectives. 2006. Sitio visitado el 29/07/2021.
[2] En relación con lo previsto en esta NIA sobre la posibilidad “de utilización de la ayuda directa de los auditores internos bajo la dirección, supervisión y revisión del auditor externo”, debe tenerse en cuenta que dicha opción no resulta aplicable en España de conformidad con lo establecido en la Ley de Auditoría de Cuentas y su normativa de desarrollo respecto de la definición de “equipo de encargo” (artículo 3.11 de la Ley) y del régimen de independencia regulado a estos efectos en los artículos 14, 16.1.a.1º y 19.1.b) de la Ley y su normativa de desarrollo.
[3] Si quieres acceder al documento vía ICAC, clickea AQUÍ. Sitio visitado el 29/07/2021.

lunes, 2 de noviembre de 2020

La coincidencia se volvió a dar

Fuente de la imagen: archivo propio.
En “El Alquimista duplicado”[1] te contaba la coincidencia de regalarme en dos ocasiones y por dos grupos de personas distintos (Joaquín y Pablo - Ari-Grupo Vértice, por un lado, y Teo y Antonio -de Grupo Tadel, por otro), el mismo libro: “El Alquimista”[2], de Paulo Coelho. Pues bien, la concurrencia se volvió a dar con otro texto. Te cuento. Debido a la confección de una propuesta de colaboración, en el fin de semana pasado he estado rehojeando el “Manual de auditoría interna. Enfoque operativo y de Gestión”[3], de Eduardo Hevia, que fue auditor general de la Empresa Nacional de Electricidad (Endesa), cuando estaba integrada en el Instituto Nacional de Industria (INI), además de funcionario del Ministerio de Industria y Energía del Gobierno de España.

Como sabes por “Ni seguratas ni chivatos ni detectives,” “Secretos de éxito para resultados notables” o ¿Cómoorrrrr? durante unos años ejercí de director de auditoría interna en una corporación del sector de la distribución y grandes superficies, con veintiún supermercados, tres hipermercados, almacén regulador y marca franquiciadora. Al inicio de esta experiencia profesional, el titular numerario de la firma de auditoría externa del grupo empresarial, de la agrupación de interés económico Auren, me regaló el texto de Eduardo Hevia (Gracias, Elisardo), tratado que le vino muy bien al departamento que por aquellos tiempos dirigía (desde aquí un recuerdo a Pepa, Alejandro, Ávila, Rosa, Antonio, Paco, Miguel Ángel...), sobre todo en lo que a la formación a los directivos del grupo empresarial se refiere. 

Meses después, un "puente" me desplacé a Madrid, para ayudar al ya extinto Luis, entonces directivo del Banco Bilbao, a preparar unos informes financieros que tenía que presentar a la semana siguiente. A la finalización del trabajo, el amigo, sabiendo de mi actividad laboral en euromarket (marca comercial de la entidad de distribución, con ámbito territorial de localización en Andalucía en general y en la Costa del Sol y Cádiz en concreto), me regaló el mismo libro de auditoría (Gracias, Luis, estés donde estés). La confianza que me unía al amigo, hizo que le confesara la concomitancia. Insistió en que fuéramos a la “Casa del Libro” a cambiarlo, pero supliqué quedármelo porque el primer ejemplar lo estaba usando el equipo de trabajo de la división de auditoría interna. 

En cuanto al contenido, muy completo para aquellos tiempos, en los que era difícil encontrar un manual de estas características en español; con mi inglés de los “Montes de Málaga” no hacía más que traducir normativa en idioma inglés que me proveía The Institute of Internal Auditors[4] en el que me encontraba integrado, por lo que se agradeció sobremanera el documento. En sus páginas, el autor establecía una guía orientadora, al tiempo que divulgaba la figura del auditor interno, nociones que siguen estando vigentes. Este texto también se ha editado en el sitio book—post, bajo el título “Manual de auditoría interna”. Fuente de la imagen: archivo propio. 
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[1] Velasco Carretero, Manuel. “El Alquimista duplicado”. 2007.  Sitio visitado el 02/11/2020.
[2] Coelho, Paulo. El Alquimista. Ed. Planeta. 1999. 
[3] Hevia, Eduardo. Manual de auditoría interna. Enfoque operativo y de gestión. Ed. Océano, 1990. 
[4] https://na.theiia.org/Pages/IIAHome.aspx Sitio visitado el 02/11/2020.

sábado, 6 de octubre de 2007

De tendencia, nada

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
El jueves pasado, en el marco del SIMED (M. Velasco, 2007)[1], me decía un alto directivo de un grupo empresarial, que se acordaba todavía de mi labor como auditor interno (M. Velasco, 2006)[2] y que estaba pensando en incorporar esa figura a su organigrama. Conocí a José a principios de la década de los noventa del siglo pasado, cuando auditaba la organización en la que yo ejercía de director de auditoría interna y entre platos de jamón y botella de Barbadillo al final del trabajo. Por su idea, parece que está José en la onda. ¿La auditoría interna se configura como el nuevo gestor de riesgos de la empresa?[3].

Por lo visto, la función de estos profesionales, unida a la del director financiero, “puede ir más allá del ámbito del cumplimiento y ayudar a que la organización optimice su rendimiento general”. Con todos mis respetos[4], de novedad o tendencia, nada. Es el objetivo de siempre de ese puesto. Sugiero que se lean detenidamente cuál es la misión y cuáles son las funciones del profesional de la auditoría interna y luego, si les parece, hablamos de si existen signos que presagian nuevos escenarios para el/la auditor/a interno/a o, por el contrario, la esencia no ha cambiado. Fuente de la imagen: sxc.hu mvc archivo propio.
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[1] Velasco-Carretero, Manuel (2007). La calidad de los ingredientes. Sitio visitado el 06/10/2007.
[2] Velasco-Carretero, Manuel (2006). Ni seguratas ni chivatos ni detectives.. Sitio visitado el 06/10/2007.
[3] Pregunta que me surge a partir de lo leído en la pág. 40 de Expansión de 5/10/07.
[4] A ese medio de comunicación, a la redactora del artículo, Victoria Martínez, y a KPMG que genera la noticia.

martes, 17 de julio de 2007

Atenuar el suave control

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
A raíz del caso Gescartera y otros, el gobierno de turno endureció las responsabilidades y las sanciones a las empresas auditoras, ya que no era de recibo lo que estaba pasando. Sin embargo, ahora, la presión del sector ha hecho claudicar al político y, parece, se está trabajando en la línea de atenuar bastante estas responsabilidades y sanciones[1]. 

He hablado en el blog de este tema escrito largo y tendido[2], por lo que no seré más pesado; sólo expresar que el profesional de la auditoría que hace bien su trabajo le debe dar igual las ordenanzas, controles sanciones y preceptos a los que se deba someter, como garantía ante terceros, sobre todo, ante los trabajadores, los accionistas.

Y la propia administración, por eso no termino de entender el interés de atenuar las ya suaves normas sobre el referente, que han posibilitado innumerables casos de fraudes de gestión, corrupción y negligencias administrativas y fiscales (Fuente de la imagen: Wikimedia Commons). Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] Leído en la pág. 34 del Cinco Días de 16/7/07.
[2] Ver búsqueda parcial realizada el 17/07/2007.

martes, 19 de diciembre de 2006

¿Externalización edulcorada de la AI?

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
“La Auditoría Interna (AI) es una función independiente de evaluación, establecida dentro de una organización, para examinar y evaluar sus actividades como un servicio a dicha organización. El objetivo de la auditoría interna consiste en apoyar a los miembros de la organización en el desempeño de sus responsabilidades. Para ello la auditoría interna les proporciona, análisis, evaluaciones, recomendaciones, asesoría e información concerniente con las actividades revisadas”[1]. Por tanto, me cuesta un poco entender la noticia de que el gobierno externaliza la auditoría interna sobre las ayudas al desarrollo[2]. Quizás, habla de externalización porque considere a la auditoría interna una función superficial, sin importancia y, claro, con la moda del outsourcing y todo eso pues es susceptible de deslocalizar o subcontratar ¿Sí? También, puede ser porque antes el departamento encargado de la auditoría interna, caso de que existiera, realizaba su trabajo pésimamente y, ahora quien va a ejecutar esa función es la empresa pública Expansión Exterior; claro, al ser del grupo pues, todo queda en casa.

De acuerdo, en ese caso no pierde tanto peso la aplicación del concepto de auditoría interna y, además, queda bonito eso del “control por oposición”, en el sentido de que una hermana controla formalmente a otra hermana ¿Quién es la hermana mayor? ¿Quién es la consentida? Sigo en la duda razonable, por lo que hoy soy más torpe que ayer. Veréis, si no existe la auditoría interna pues se crea. Si coexiste, pero no se siguen los procedimientos de verificación interna necesarios para cumplir eficientemente su función, pues se sanea la división y “a conducir de nuevo como papá”. Tiendo a pensar que eso de “externalizar” suena a información de propaganda monda y lironda, diseñada para difundir el abanderamiento de medidas de control, que deberían existir y ser eficientes desde hace muchos años, adornadas ahora con conceptos de la nouvel cousin enterprise communications (de la nueva cocina de comunicación empresarial, o algo por el estilo), por no pensar en huidas de gestión y control hacia delante, para tapar presuntos agujeros organizativos (léase, también, agujeros negros) muy sensibles a los ojos del ciudadano[3].
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[1] Definición de The Institute of Internal Auditors,Inc-IIA.
[2] Leído en la pág. 33 del Expansión 18/12/06.
[3] (Formato de texto modificado posteriormente).