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miércoles, 14 de octubre de 2020

El rey contable ha muerto. Viva el rey cuántico

Fuente de la imagen: elaboración propia
Si eres follower de este sitio conoces mi “sino” en esto de la economía y la empresa a nivel general y la cuestión administrativa y contable en específico, al menos en sus inicios, donde se me encasillaba como financiero, contable, auditor… (también, desde 2007 edito el sitio “Contable y Fiscal[1]). A efectos laborales, esa relativa reputación no venía mal, puesto que no me faltaba trabajo, pero quería darme oportunidades en otras lides profesionales, por lo que, una y otra vez, me lanzaba a la piscina del cambio, a veces “sin guardar la ropa" (M. Velasco, 2010)[2]. Con todo respecto a las programaciones pedagógicas en materia de contabilidad y finanzas, que se imparten a nivel reglado y no reglado en mi país, estas se encuentran obsoletas, puesto que la contabilidad hoy, con el avance de la tecnología y su aplicación práctica, no existe como tal, es otra cosa, por lo que el perfil de contable, financiero, administrativo… tal como lo conocimos ayer no tiene futuro alguno, ni tan siquiera presente. 

En una reciente formación presencial virtual en dirección financiera, en la que he tenido la oportunidad de colaborar, junto a expertos de la talla de Francisco y José, preguntó uno de los participantes qué opinaba acerca del futuro de la contabilidad. Mi respuesta fue instantánea: “no existe futuro para la contabilidad tal y como la conocimos ayer”. Entonces ¿Qué hacemos en los centros públicos y privados recibiendo nociones de contabilidad? A principios de este año, Ángels Fitó[3] escribía en eleconomista.es que “la nueva oleada tecnológica, que incorpora más velocidad, más interconnectividad, más capacidad de tratamiento de datos y más capacidad de autoaprendizaje, puede ser inicialmente percibida como una ola destructiva que amenaza con la extinción de la profesión”. Coincido con Fitó en que “el impacto que pueden tener los sistemas inteligentes o la denominada Inteligencia artificial o la gestión basada en el tratamiento masivo de datos” es tremendo. 

Entonces, si no visualizo futuro para la contabilidad ¿Qué la sustituirá? Ya está aquí lo que denomino “gestión cuántica” y que indirectamente insinúa Víctor Manuel Lang[4] en gestiopolis.com, cuando describe la “contabilidad instantánea”, “la generación de documentos contables tenderá hacia la virtualización y los documentos serán en su totalidad electrónicos”; “la elaboración de estados contables, se convertirá, poco a poco, en una función automática e instantánea”. Apunta Lang que cuando la informática cuántica “sea capaz de llevar a cabo procesos de minería de datos muy complejos”, posibilitará “la generación automática de documentos contables”. Víctor Manuel pronostica que “la profesión de contador, poco a poco dará paso a la generación de documentos electrónicos con códigos que servirán para la contabilización de todas y cada una de las operaciones de la empresa sin intervención humana”. Y en cuanto al análisis financiero y económico de los datos, los sistemas expertos realizan esa tarea, cumplimentando las obligaciones fiscales y mercantiles de manera imperceptible. 

Así que debemos olvidarnos de las profesiones de contable, financiero, fiscalista, economista… y también de otras regladas como abogado, gestor administrativo… Todavía hay compañeros y compañeras que se resisten a esa realidad y que siguen cultivando esperanzas respecto al contable, asesor... del futuro. Por ejemplo, Eva Fernández[5] reflexiona en anfix.com, acerca de las nuevas habilidades que necesitará el contable del futuro, insistiendo en aspectos tales como capacidad analítica para conocer mejor al cliente, la adaptación a los cambios del mercado o a las exigencias de las administraciones públicas. De acuerdo en lo relativo al perfil tecnológico, pero no dentro del rol de contable, asesor, economista… sino del término “gestor cuántico” y siempre como soporte a los sistemas expertos cuánticos. Por lo tanto, respeto la doctrina que abanderan profesionales como Eva, pero no comparto, alineándome con aquellas otras corrientes en sintonía con mi reflexión: “el rey contable ha muerto. Viva el rey cuántico”. A continuación te dejo un tutorial que he preparado como refuerzo pedagógico al alumnado. Fuente de la imagen: elaboración propia.
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[1] Sitio visitado el 14/10/2020.
[2] Velasco-Carretero, Manuel (2010). Guardando la ropa. Sitio visitado el 14/10/2020.
[3] Fitó Bertran, Àngels. El futuro de la profesión contable: apocalipsis no, pero sí en profunda transformación. Eleconomista.es. 2020. Sitio visitado el 14/10/2020. 
[4] Lang, Victor Manuel. “El futuro de la contabilidad: la contabilidad instantánea”. Gestiopolis.com. Sitio visitado el 14/10/2020. 
[5] Fernández, Eva. ¿Qué nuevas habilidades necesitará el contable del futuro? anfix.com. 2020. Sitio visitado el 14/10/2020.

viernes, 24 de marzo de 2017

Desempolvando experiencias docentes

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Si eres follower de “Contable y Fiscal[1], sabes que me persigue el “sino” en esos temas profesionales. Bromas aparte, el sitio lo creé en el año 2007, como recurso pedagógico-didáctico de unos cursos sobre el futuro[2] del entonces "Nuevo Plan de Contabilidad" (NPGC) en mi país, así como las Normas Internacionales de Contabilidad, que se impartieron en la sede del Colegio de Economistas de Málaga (España). Durante varios meses estuve debatiendo con los grupos de alumnos sobre estos, en su momento, novedosos temas. La primera entrada tiene relación con la presentación de la acción formativa, bajo el título “Presentación[3]. Las siguientes participaciones iban en esa línea[4]. Teniendo en cuenta que han pasado ya casi diez años, la verdad es que se generó un buen “rollo” participativo en el ámbito telemático o interactivo, como prefieras llamarlo, propiciando relaciones de conocimiento duraderas con una parte del alumnado. 

Por ejemplo, en “Iniciamos el camino formativo[5], José Luis[6], reflexionaba en su aportación pública sobre “qué recursos podrían añadirse al blog para que, sin perder la frescura y agilidad de las clases que faltan[7], pudiéramos aprender o refrescar algo tan fundamental como la naturaleza de los hechos contables”. Proponía el alumno la creación de “un apartado en la zona de Recursos que focalizara esa cuestión. Así, proactivamente, podría nutrirse de las dudas y aportaciones que el grupo tuviera a bien compartir y se quedaría liberada de esa función la parte presencial del curso, pudiéndonos centrar en el núcleo de lo que a la mayoría interesa: esos cambios en la normativa que de manera más o menos inminente tendremos que afrontar”. Igualmente, en “Descarga de material complementario[8], Gonzalo y Susana[9], preguntaban en sus participaciones sobre un recurso pedagógico concreto que se había despistado.

Posteriormente, el sitio derivó en entradas sobre temas contables y fiscales concretos. Así, en “Obligación de depósito de las Cuentas Anuales[10] refería lo establecido en los artículos 279.1 y 282.1 sobre la obligación de los administradores de las sociedades mercantiles de presentar las cuentas anuales y las sanciones a las que se arriesgan caso del incumplimiento de la obligación de depósito en el Registro Mercantil de las Cuentas Anuales[11], junto a la información que el Registro Mercantil debe comunicar cada año y que llega al ICAC con aquellas entidades que han incumplido el compromiso de depósito[11]. O el texto “Modificaciones en la Normativa Contable española[12] sobre la entrada en vigor en España el Real Decreto 602/2016, de 2 de diciembre, por el que se modifican el Plan General de Contabilidad aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre; el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas.

Todo lo que te he comentado en los párrafos anteriores, lo desempolvé en la tarde del pasado quince de marzo, mientras escuchaba a Beatriz Cuevas[13], en su impartición de una clase magistral sobre las Cuentas Anuales en España. Durante la sesión, la ponente se desenvolvió, reflexiva y receptivamente, por el concepto, definiéndolas como “los estados financieros que tienen por objeto mostrar la realidad económica y financiera de una empresa resultado de las operaciones realizadas durante un ejercicio, lo que ayuda a la toma de decisiones”, su composición, modelos y límites, verificación por auditoría, y la formulación, aprobación y depósito, para luego centrarse en aspectos concretos, como el concepto a efectos contables del Patrimonio Neto  (PN)[14]. Interesante la aportación de doctrina sobre la definición de PN a efectos contables, que “ no rige para su aplicación a las operaciones societarias, sino que hay que aplicar, en tales casos el “PN ajustado”[15] o el “PN a efectos societarios mercantiles”[16].

También, los recursos pedagógicos facilitados por Beatriz, además de supuestos prácticos sobre la materia, recogían atrayentes retazos sobre las medidas legales para promover las causas de disolución, obligación de convocar Junta General, consideraciones sobre la ampliación de capital, aumento con aportaciones no dinerarias, reducción de capital para compensar pérdidas, o la conocida como operación acordeón, que según la docente es ese “acuerdo de reducción del capital a cero o por debajo de la cifra mínima legal y simultáneo aumento hasta una cantidad igual o superior a la mencionada cifra mínima”. Según la normativa de aplicación[17], los requisitos para aplicar el acordeón básicamente son, por un lado, que la validez del acuerdo de reducción quede condicionada a la ejecución del acuerdo de aumento del capital y, por otro, que la inscripción del acuerdo de reducción en el Registro Mercantil sólo se practique si simultáneamente se ha presentado a inscripción el acuerdo de aumento del capital y su ejecución[18].
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Contable y Fiscal. 2007. Sitio visitado el 24/03/2017.
[2] Entonces trabajábamos borradores del legislador.
[3] Velasco Carretero, Manuel. Presentación. Sitio Contable y Fiscal. 2007. Visitado el 24/03/2017.
[4] Velasco Carretero, Manuel. Cuestionario Inicial (2007), Índice módulo 1 (2007), Programación sesiones días 7 y 8 (2007), Recogida documentación (2007), Ejemplo de material didáctico contable (2007), Concienciación sobre las NIC (2007), ¿Las churras con las merinas? (2007), NIIF contra GAAP (2007). Sitio Contable y Fiscal. Visitado el 24/03/2017.
[5] Velasco Carretero, Manuel. Iniciamos el camino formativo. 2007. Sitio Contable y Fiscal.  Visitado el 24/03/2017.
[6] Un saludo, ex-alumno.
[7] Ya que se disponía de poco tiempo para ver todo lo que se propuso.
[8] Velasco Carretero, Manuel. Descarga de material complementario. 2007. Sitio Contable y Fiscal.  Visitado el 24/03/2017.
[9] Un saludo a los dos.
[10] Velasco Carretero, Manuel. Obligación de depósito de las Cuentas Anuales. 2013. Sitio Contable y Fiscal.  Visitado el 24/03/2017.
[11] Art. 371 del Reglamento del Registro Mercantil.
[12] Velasco Carretero, Manuel. Modificaciones en la Normativa Contable española. 2016. Sitio Contable y Fiscal.  Visitado el 24/03/2017.
[13] Cuevas Almoguera, Beatriz. Asociada principal del departamento de Derecho Mercantil de Garrigues en Málaga (España).
[14] Capital social, reservas y otros elementos patrimoniales.
[15] Fernández del Pozo.
[16] Bercovitz.
[17] Artículos 343 a 345 de la Ley de Sociedades de Capital.
[18] En síntesis, una tarde bien aprovechada. A continuación, como complemento a este texto y por si es de tu interés, te dejo un vídeo (advierto que el sonido, sobre todo en los primeros minutos, es regular, pero el contenido lo considero interesante), que visualicé el fin de semana pasado, alojado en Youtube cortesía de aecatv, con una cuestión más específica, que se desarrolló el 9 de febrero de 2017, en la sede de la Universidad Pontifica Comillas ICADE de Madrid, con la presentación de la última Opinión Emitida (OE) por la Comisión de Principios y Normas de Contabilidad de AECA, bajo el título “Concepto y uso del EBITDA como recursos generados en la explotación”. Esta OE nº 4 de AECA facilita a las empresas una aplicación gratuita, que utiliza el estándar XBRL, para calcular su Resultado Bruto de la Explotación (RBE) o EBITDA, en su acrónimo inglés, permitiendo además su comparación con datos del sector/tamaño en el que operan estas empresas.

lunes, 18 de junio de 2012

No queda otro camino

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Que quede claro: “contabilidad separada” no tiene por qué significar llevar dos contabilidades en una entidad beneficiaria de una subvención. Su objetivo es garantizar que los gastos objeto de subvención se encuentran claramente identificados en la contabilidad de la entidad.  Hoy en día, con el avance de la tecnología y los desarrollos informáticos, no hay que tener implementado una solución SAP para poder llevar una contabilidad separada, basta con cualquier básico programa contable que disponga de un módulo de analítica. Ayer, mientras saboreábamos una manzanilla de Sanlúcar de Barrameda, me trasladó un colaborador en materia de asistencia técnica de subvenciones, en la provincia de Cádiz, la propuesta de declinar un trabajo porque el cliente se había tomado a cachondeo lo de la contabilidad separada, planteando la alternativa de realizar sólo un detalle de gastos en una hoja de cálculo. 

Cuesta tanto convencer a un potencial cliente de que firme, que por unos instantes me entristecí. Pero en la reflexión posterior, concluí que no nos quedaba otro camino que no cerrar el contrato. Bastó recordar el trabajo de la contacto Milagros, a mediados de la década de los noventa del siglo pasado, cuando ejercía de directora financiera de CECAP Andalucía Facep. Con una básica herramienta contable, que permitía crear departamentos y proyectos, su equipo realizaba contabilidad separada por cada proyecto formativo, ya fueran ochenta y seis cursos de formador de formadores en toda Andalucía o cuatrocientas acciones de formación continua.  Además de generar información económica de cara a la cumplimentación de la liquidación, permitía un seguimiento exhaustivo de la ejecución presupuestaria. También, eliminaba de un plumazo el riesgo a duplicar la asignación porcentual de un gasto en más de un proyecto subvencionable. 

Justo es reconocer que este grupo de trabajo acompañaba a la justificación económica no sólo memorias técnicas, sino también económicas, explicando los criterios de imputación y otros pormenores. Cada expediente de justificación se reforzaba con una auditoría externa voluntaria. Curiosamente, décadas después, a partir de 2010, sólo hubo que adaptar dichos informes para cumplir con la normativa de justificación de formación para el empleo a nivel andaluz, plantillas de dichas memorias que han circulado furtivamente por toda Andalucía, copiándose y recopiándose, al igual que el cajetín o sello de imputación, formalizado después por la propia administración subvencionadora, por no hablar de la apropiación de la idea y autoasignación de la autoría por parte de alguna aprovechada, obtusa y supuesta consultora en estas lides. 

El caso es que desde que tengo uso de razón en estos temas, es decir, desde 1993, todas las entidades beneficiarias de una subvención cofinanciada por Fondos Europeos debían alimentar una contabilidad separada o código contable adecuado para los gastos objeto de subvención.  Posteriormente, esta obligación se concretó en el art. 60 del Reglamento (CE) Nº 1083/2006, que regulaba las funciones de gestión, entre las cuales se encuentra el apartado d), que orienta en el aseguramiento de los beneficiarios y otros organismos participantes en la ejecución de las operaciones, en el mantenimiento de un sistema de contabilidad separada o un código contable adecuado en relación con todas las transacciones de la operación, sin perjuicio de las normas de contabilidad específicas.  Siguiendo con dicho apartado, la obligación de llevar a cabo la contabilidad separada se realizará teniendo en cuenta las normas de contabilidad del país en concreto. 

Puntualizar que las personas físicas no tienen la obligación de llevar a cabo una contabilidad, por lo que podría no ser exigible, pero entiendo que si la normativa lo requiere, será de obligado cumplimiento. Recuerdo que la división financiera de CECAP Andalucía FACEP, al menos en la etapa de Milagros, incorporaba a la contabilidad separada, incluso las partes proporcionales de los costes generales o indirectos que eran elegibles a tal o cual proyecto, mediante un original sistema de codificación, utilizando cuentas puentes o de orden. Por mi parte, la primera vez que diserté públicamente sobre contabilidad separada fue en 1996, en el salón de actos del Balneario de Mondariz, en una ponencia sobre formación continua (ver post Poñente). Las últimas veces han sido en los años 2010, 2011 y 2012, con motivo de charlas, jornadas y cursos sobre justificación económica de subvenciones en Andalucía (ver también post Justificación cursos FPE).

En fin. Si tienes que gestionar y justificar alguna subvención o ayuda, te sugiero recomiendes a tu equipo administrativo o financiero que te genere una contabilidad separada del referido proyecto, utilizando cualquiera de los recursos informáticos que hoy están a disposición de cualquier profesional de la contabilidad. Que esta semana te sea beneficiosa en lo laboral, profesional, empresarial o institucional, según proceda (fuente de la imagen: sxc.hu). Imagen incorporada con posterioridad; fuente: mvc archivo propio.

miércoles, 21 de diciembre de 2011

Preparando el cierre

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Andan algunos contactos trabajando en el cierre del año de sus negocios, empresas o instituciones. Generalmente, la actividad profesional se centra en el ajuste de los datos desde el enfoque fiscal. También, en este trimestre he asistido a alguna jornada enfocada al cierre contable desde el punto de vista fiscal, para atenuar el efecto impositivo de los proyectos o actividades empresariales que han tenido la “suerte” de obtener beneficios.

Sin embargo, creo que tan importante es el cierre fiscal como el financiero. En este sentido, te dejo el siguiente vídeo[1], subido a Youtube por terciarioavanzado, con el contenido de la jornada organizada por Terciario Avanzado y Cepyme. El título es sugerente para lo comentado en este post: "Estrategias financieras: cierre del ejercicio 2011"El ponente es Cristóbal Navarro, de Auditec Asesores. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] Sitio visitado el 21/12/2011.

domingo, 8 de agosto de 2010

Ficticio embellecimiento

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Pensaba que con el cambio de normas contables en España y con la crisis profunda que estamos viviendo, se iba a atenuar el ficticio embellecimiento de las cuentas anuales, pero por lo que veo, los artificios contables, al menos en las PYMEs, están a la orden del día. Esa es la opinión de un equipo de consultores-auditores con los que estuve tomando café el viernes. Para ellos, la transgresión de la normativa es sencilla. La liviana aplicación del valor razonable y otras cuestionables acciones para mejorar los beneficios y los flujos de tesorería o atenuar las pérdidas o los déficits financieros, son prácticas más que habituales.

Este enfoque, presuntamente fraudulento, no lleva a ninguna parte y enmascara graves problemas de gestión y de dirección, pero mientras se detecta, pasa un precioso tiempo y los inversionistas, accionistas, socios, personal, clientes, proveedores, administración pública… sufren las consecuencias del listillo consejero delegado o director general de turno. Algunos ejecutivos, al percibir que no pueden convencer a sus auditores del maquillaje que han puesto a sus estados, propician el cambio de fedatarios contables, pensando que los nuevos van a ser más receptivos o manejables (composición de imágenes-gratis.net).

martes, 15 de mayo de 2007

Más trasluz contable

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Llevo impartido en el Colegio de Economistas, aproximadamente el 30% de dos nuevos cursos sobre el borrador del nuevo Plan General de Contabilidad (NPGC) y las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC-NIIF). Desde el primer momento, detecté en el numeroso alumnado un interés inusitado por la reforma contable, insólito porque, en el mejor de los estadios, falta todavía un tiempo para su entrada en vigor y porque, en verdad, sólo tenemos un borrador del NPGC y mucho comentario de pasillo, seminarios, jornadas, artículos e informes parciales de corporaciones locales y otros grupos de conocimiento especializado.

Coincido con mi alumnado y con Leandro Cañibano, presidente de AECA, en la idea de que la reforma contable dará más transparencia a las empresas[1]. Cierto, pero pienso que los técnicos que han concebido el documento, han estado demasiado influenciados o acomodados con la normativa contable vigente, por lo que el cambio será mucho más suave de lo que debería. Para Cañibano, el objetivo prioritario ha sido acomodar las reglas españolas a las NIIF, normativa ésta que es más compleja y refinada que el NPGC (Fuente de la imagen: sxc.hu). Imagen incorporada con posterioridad; fuente: mvc archivo propio.
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[1] Leído en la pág. 20 de Expansión del 14/5/07.