lunes, 18 de junio de 2012

No queda otro camino

Fuente de la imagen: Megan_Rexazin en pixabay
Que quede claro: “contabilidad separada” no tiene por qué significar llevar dos contabilidades en una entidad beneficiaria de una subvención. Su objetivo es garantizar que los gastos objeto de subvención se encuentran claramente identificados en la contabilidad de la entidad.  Hoy en día, con el avance de la tecnología y los desarrollos informáticos, no hay que tener implementado una solución SAP para poder llevar una contabilidad separada, basta con cualquier básico programa contable que disponga de un módulo de analítica. Ayer, mientras saboreábamos una manzanilla de Sanlúcar de Barrameda, me trasladó un colaborador en materia de asistencia técnica de subvenciones, en la provincia de Cádiz, la propuesta de declinar un trabajo porque el cliente se había tomado a cachondeo lo de la contabilidad separada, planteando la alternativa de realizar sólo un detalle de gastos en una hoja de cálculo. 

Cuesta tanto convencer a un potencial cliente de que firme, que por unos instantes me entristecí. Pero en la reflexión posterior, concluí que no nos quedaba otro camino que no cerrar el contrato. Bastó recordar el trabajo de la contacto Milagros, a mediados de la década de los noventa del siglo pasado, cuando ejercía de directora financiera de CECAP Andalucía Facep. Con una básica herramienta contable, que permitía crear departamentos y proyectos, su equipo realizaba contabilidad separada por cada proyecto formativo, ya fueran ochenta y seis cursos de formador de formadores en toda Andalucía o cuatrocientas acciones de formación continua.  Además de generar información económica de cara a la cumplimentación de la liquidación, permitía un seguimiento exhaustivo de la ejecución presupuestaria. También, eliminaba de un plumazo el riesgo a duplicar la asignación porcentual de un gasto en más de un proyecto subvencionable. 

Justo es reconocer que este grupo de trabajo acompañaba a la justificación económica no sólo memorias técnicas, sino también económicas, explicando los criterios de imputación y otros pormenores. Cada expediente de justificación se reforzaba con una auditoría externa voluntaria. Curiosamente, décadas después, a partir de 2010, sólo hubo que adaptar dichos informes para cumplir con la normativa de justificación de formación para el empleo a nivel andaluz, plantillas de dichas memorias que han circulado furtivamente por toda Andalucía, copiándose y recopiándose, al igual que el cajetín o sello de imputación, formalizado después por la propia administración subvencionadora, por no hablar de la apropiación de la idea y autoasignación de la autoría por parte de alguna aprovechada, obtusa y supuesta consultora en estas lides. 

El caso es que desde que tengo uso de razón en estos temas, es decir, desde 1993, todas las entidades beneficiarias de una subvención cofinanciada por Fondos Europeos debían alimentar una contabilidad separada o código contable adecuado para los gastos objeto de subvención.  Posteriormente, esta obligación se concretó en el art. 60 del Reglamento (CE) Nº 1083/2006, que regulaba las funciones de gestión, entre las cuales se encuentra el apartado d), que orienta en el aseguramiento de los beneficiarios y otros organismos participantes en la ejecución de las operaciones, en el mantenimiento de un sistema de contabilidad separada o un código contable adecuado en relación con todas las transacciones de la operación, sin perjuicio de las normas de contabilidad específicas.  Siguiendo con dicho apartado, la obligación de llevar a cabo la contabilidad separada se realizará teniendo en cuenta las normas de contabilidad del país en concreto. 

Puntualizar que las personas físicas no tienen la obligación de llevar a cabo una contabilidad, por lo que podría no ser exigible, pero entiendo que si la normativa lo requiere, será de obligado cumplimiento. Recuerdo que la división financiera de CECAP Andalucía FACEP, al menos en la etapa de Milagros, incorporaba a la contabilidad separada, incluso las partes proporcionales de los costes generales o indirectos que eran elegibles a tal o cual proyecto, mediante un original sistema de codificación, utilizando cuentas puentes o de orden. Por mi parte, la primera vez que diserté públicamente sobre contabilidad separada fue en 1996, en el salón de actos del Balneario de Mondariz, en una ponencia sobre formación continua (ver post Poñente). Las últimas veces han sido en los años 2010, 2011 y 2012, con motivo de charlas, jornadas y cursos sobre justificación económica de subvenciones en Andalucía (ver también post Justificación cursos FPE).

En fin. Si tienes que gestionar y justificar alguna subvención o ayuda, te sugiero recomiendes a tu equipo administrativo o financiero que te genere una contabilidad separada del referido proyecto, utilizando cualquiera de los recursos informáticos que hoy están a disposición de cualquier profesional de la contabilidad. Que esta semana te sea beneficiosa en lo laboral, profesional, empresarial o institucional, según proceda (fuente de la imagen: sxc.hu). Imagen incorporada con posterioridad; fuente: Megan_Rexazin en pixabay.