sábado, 12 de noviembre de 2022

Obligado a clausurar sus perfiles en redes sociales

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Si eres follower de este sitio sabes que en más de una ocasión he tratado la cuestión de las noticias falsas, fake news. Textos como “La mejor arma para luchar contra las fake news”, “La UE preocupada por la desinformación” o “Conciencia y capacidad contra la desinformación[1] son prueba de ello. Parece que hay individuos empeñados en practicar la máxima del político alemán y ministro para la ilustración pública y propaganda del Tercer Reich, Paul Joseph Goebbels: “mentir, mentir, mentir… que algo permanecerá”. “Cuanto más grande sea una mentira más personas la creerán”.

Pero a veces, sin que todavía sea de mucho precedente en mi país, la Justicia se pronuncia en contra de estas censurables acciones, como la situación que recoge el Consejo Judicial del Poder Judicial español (CGPJ), acerca de la Sentencia de la sección 6ª de la Audiencia de Barcelona, caso donde se juzgó por la publicación de informaciones falsas y discriminatorias (fake news). Se condenó al acusado[2], imponiéndole, además, clausurar sus perfiles en redes sociales con la prohibición de abrir otros nuevos con contenidos discriminatorios. Fuente de la información: CGPJ. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. La mejor arma para luchar contra las fake news (2018), La UE preocupada por la desinformación (2020), Conciencia y capacidad contra la desinformación (2019). Sitios visitados el 12/11/2022.
[2] A 15 meses de prisión, multa de 9 meses con cuota diaria de 6 euros e inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo o de tiempo libre por tiempo de 5 años superior a la pena impuesta.