sábado, 20 de octubre de 2018

Ponente coincidente, Parlamento contento

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
La tarde del viernes la pasé hojeando el proyecto de informe[1] elaborado por el ponente Emil Radev, en relación al uso de información financiera y de otros tipos para la prevención, detección, investigación o enjuiciamiento de determinados delitos en el ámbito de la Unión Europea[2]. La propuesta de la Comisión Europea prevé el acceso directo de las autoridades competentes a los registros nacionales centralizados de cuentas bancarias o a los sistemas de recuperación de datos. Entre las autoridades competentes a las que se concede el acceso se incluye también a las autoridades tributarias y anticorrupción cuando lleven a cabo investigaciones penales con arreglo al Derecho nacional y los organismos de recuperación de activos que son responsables de la localización y la identificación de activos delictivos con vistas a su posible inmovilización y confiscación. La propuesta de informe facilita también la cooperación entre las Unidades de Información Financiera y las autoridades competentes, y entre las Unidades de Información Financiera y Europol a través de las unidades nacionales de Europol. Define qué tipo de información[3] puede ser solicitada por las autoridades competentes y las UIF, respectivamente, así como una lista exhaustiva de infracciones penales con respecto a las cuales pueden intercambiar información las distintas autoridades, siempre caso por caso, es decir, para un caso concreto objeto de investigación. Igualmente, establece los plazos en los que las UIF deben intercambiar la información y exige el uso de un canal seguro de comunicación para seguir mejorando y agilizando el intercambio de información. Por último, obliga a los Estados miembros a designar las autoridades facultadas para solicitar información. 

Emil Radev acoge favorablemente la propuesta de la Comisión Europea, ya que el oportuno intercambio de información es una de las prioridades del Parlamento Europeo en la lucha contra el blanqueo de capitales[4]. A tal efecto, acoge con satisfacción las disposiciones por las que permite a las autoridades competentes el acceso a los registros nacionales de cuentas bancarias o a los sistemas de recuperación de datos en relación con la lucha efectiva contra las infracciones penales graves, ya que estos textos se basan en la quinta Directiva contra el blanqueo de capitales. Radev está de acuerdo en que debe reforzarse el intercambio de información entre las Unidades de información Financiera y las autoridades competentes en la lucha contra las infracciones penales graves. Al mismo tiempo, es consciente de las diferentes estructuras y formas de las Unidades de Información Financiera en los diferentes Estados miembros, y en especial de la necesidad de preservar la independencia y autonomía operativas de las Unidades de Información Financiera, proponiendo que las Unidades de Información Financiera tengan la capacidad de responder a las solicitudes de información financiera o análisis de las autoridades competentes o de las unidades nacionales de Europol, teniendo en cuenta al mismo tiempo si el intercambio de tal información o análisis puede tener repercusiones negativas en las investigaciones o análisis en curso o si la divulgación de la información sería desproporcionada en relación con los intereses legítimos de la persona física o jurídica o no pertinente por lo que respecta al propósito para el que se solicitó[5]. Fuente de la información: Parlamento Europeo[6]
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[1] PROYECTO DE INFORME sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas destinadas a facilitar el uso de información financiera y de otros tipos para la prevención, detección, investigación o enjuiciamiento de determinados delitos y por la que se deroga la Decisión 2000/642/JAI del Consejo (COM (2018)0213 – C8-0152/2018 – 2018/0105(COD)) Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior Ponente: Emil Radev. 
[2]  Y que ya referencié en el sitio Prevención Blanqueo de Capitales, texto “Proyecto de informe uso información financiera en la UE”. Visitado el 20/10/2018.
[3] Información financiera, análisis financiero e información policial. 
[4] Delitos principales conexos, el terrorismo y todas las formas de infracciones penales graves en general. 
[5] Los plazos para el intercambio de información se han prorrogado ligeramente con el fin de garantizar que las Unidades de Información Financiera dispongan de tiempo operativo suficiente para responder. Por último, el ponente armoniza el régimen de protección de datos con la legislación vigente y elimina los textos que dan lugar a la creación de nuevos regímenes. 
[6] Parlamento Europeo 2014-2019. Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior.