miércoles, 14 de septiembre de 2022

Ya falta menos para la futura Ley Whistleblowers

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Si eres follower de este sitio sabes que en más de una ocasión he tratado lo relativo a los informantes de infracciones, whistleblowers, canales de denuncia… Textos como “Whistleblowing”, “Proteger al denunciante corporativo”, “Denuncias y Sanciones en materia de LOPD”, “Un paso más en la protección del denunciante”, “Protección de los informantes”, “Garganta Profunda”, “Un clásico: perseguir al whistleblower” o “Nanai de la China[1], son prueba de ello. Pues bien, en el sitio Compliance, me hacía eco del reciente “proyecto de Ley Whistleblowers[2]” que el Gobierno de España (GE) ha remitido a las Cortes Generales, para regular la protección de las personas que informen sobre infracciones que vulneren el ordenamiento europeo y nacional. La norma transpone la directiva comunitaria de 2019 conocida como Whistleblowers y cumple con los objetivos en la lucha integral contra la corrupción.

Para el GE, la finalidad central de la futura ley es la protección "eficaz y efectiva" por parte de la Administración a aquellas personas que[3] comuniquen informaciones relativas a infracciones del derecho de la Unión y derecho nacional. Cuando la información revele la posibilidad de que se haya cometido un delito, deberá comunicarse inmediatamente a la Fiscalía. Parece que dentro de poco cualquier ciudadano o funcionario público podrá denunciar las operaciones, subvenciones y adjudicaciones sospechosas, incluso de manera anónima, una novedad que, según el GE, se ha introducido teniendo en cuenta que el Tribunal Supremo (TS) ya admite las denuncias en vía penal anónimas en el sistema y considerando que, además, las denuncias anónimas siempre tienen una especial valoración en vía probatoria. El mecanismo contemplado en la ley no sustituirá a las tradicionales vías de denuncia, ya sea judicial o de ámbito sectorial.

En ese sentido, con la finalidad de establecer garantías contra informaciones falsas o delaciones espurias, que pueden generar un grave daño a personas, instituciones públicas o empresas, se sancionará la comunicación o revelación pública de información a sabiendas de su falsedad[4]. Apunta el GE que las denuncias podrán ser efectuadas a través de una autoridad administrativa independiente, de nueva creación, o a través de los canales internos de cada organización, que serán obligatorios para las empresas de más de 50 trabajadores, partidos políticos, sindicatos y fundaciones que reciban fondos públicos. También, deberán contar con ellos todos los municipios, aunque los que no superen los 10.000 habitantes podrán compartir los medios para la recepción de informaciones, siempre y cuando estén dentro de la misma comunidad autónoma[5]. Fuente de la información: GE. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[2] Velasco Carretero, Manuel. Proyecto de Ley Whistleblowers. Sitio Compliance. 2022. Visitado el 14/09/2022.
[3] Tanto en el seno de organizaciones públicas como privadas.
[4] El régimen sancionador contempla, por ejemplo, amonestaciones públicas, la prohibición de obtener subvenciones o de contratar con la Administración Pública y multas que podrán ir de 1.001 a 300.000 euros en el caso de personas físicas y de 10.001 a 1.000.000 de euros en el caso de las jurídicas.
[5] El plazo máximo para realizar las investigaciones necesarias y responder al informante será de tres meses, con posibilidad de prórroga si la complejidad del asunto así lo requiere.