Fuente de la imagen: pixabay |
Me remite Gabriel, de Martínez Echevarría Abogados (Gracias), nota jurídica redactada por su compañero Jorge, abogado del departamento Mercantil, acerca de la incorporación del informe auditor cuando la sociedad, pese a no estar obligada a verificación contable, ha designado e inscrito auditor voluntario. Apunta Jorge la reciente resolución de la Dirección General de Registros y del Notariado (DGRN), de 15 de marzo de 2016, publicada en BOE el día 6 de abril de 2016, en la que se viene a concluir que, inscrito el nombramiento de auditor voluntario, el depósito de las Cuentas Anuales sólo puede llevarse a cabo si vienen acompañadas del oportuno informe de verificación.
Sinceramente, no logró captar la controversia suscitada en la DGRN por este tema, cuando en mi opinión (recogida hace un tiempo en el blog Práctica Contable, post “Obligación de depósito de las Cuentas Anuales”[1]), la situación, por si no se dejaba entrever en la Ley de Sociedades de Capital, quedó meridianamente clara en la disposición final cuarta de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas (BOE de 21 julio y de aplicación a los estados financieros que se correspondan con los ejercicios que comiencen a partir de 1 de enero de 2016). Parece como redundar en lo ya legislado previamente o, como dice el refranero, llover sobre mojado, dado que no se aporta nada nuevo.
Recuerdo que lo del informe de auditoría voluntaria acompañando a las Cuentas Anuales, ya me lo plantearon algunos alumnos[3] cuando impartía un curso sobre el nuevo Plan de Contabilidad General Español[2] en el Colegio de Economistas y ya dejé entrever mi parecer, en el sentido de la procedencia de adjuntar el informe de auditoría siempre que se encuentre nombrado auditor, con independencia de que se cumplan o no los requisitos de obligatoriedad de auditoría. Si quieres acceder a estos esbozos doctrinales, visita “Contable y Fiscal”[4], en específico las publicaciones fechadas en el año 2007, donde fui desgranando opinión sobre la, en su momento, reforma contable española[5]. Fuente de la imagen: pixabay.
______________________
[1] Velasco Carretero, Manuel. Obligación de depósito de las Cuentas Anuales. Sitio Contable y fiscal. 2013. Visitado el 19/07/2016.
[2] Bueno, entonces, todavía era borrador.
[4] Velasco Carretero, Manuel. Contable y Fiscal. 2007. Sitio visitado el 19/07/2016.
[5] Son buena prueba de ello, textos como “Un poco de Historia”, “Qué piensa la profesión contable sobre la reforma”, “Necesidad de un instrumento de gestión”, “La igualdad de sexo en las Cuentas Anuales”, “Encaje de las NIC/NIIF en el futuro PGC”, “Nuevo Plan General de Contabilidad Español”, “Reglas para una eficaz transición contable”, “Excepciones”, “Combinaciones de negocios”, “Primeras cuentas Anuales”, “Adaptaciones Sectoriales”, “Plan de Contabilidad para Pymes”, “Peliaguda cuestión”, “Programa de formación”, etc. Sitios visitados el 19/07/2016.