viernes, 14 de abril de 2023

El ChatGPT investigado por la AEPD

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
En “Inteligencia Artificial, Protección Datos y Valores[1] me hacía eco de la reflexión del supervisor europeo de protección de datos, Wojciech Wiewiórowski, publicado por la European Data Protection Supervisor (EDPS), bajo el título Artificial Intelligence, data and our values – on the path to the EU’s digital future[2], que traducido con mi inglés oriundo de los Montes de Málaga, es algo así como “Inteligencia artificial, datos y nuestros valores: en el camino hacia el futuro digital de la UE”, donde ofrece lo más destacado de las principales observaciones del EDPS así como los detalles de las evaluaciones en el dictamen del EDPS sobre la estrategia de datos. Las expectativas del creciente uso de la IA y las ventajas económicas relacionadas para quienes controlan las tecnologías[3], han dado lugar a una feroz competencia por el liderazgo tecnológico.

En el sitio Protección de Datos, bajo el título “Actuaciones de investigación del ChatGPT[4] recogía el inicio de oficio de actuaciones previas de investigación por parte de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), a la empresa estadounidense OpenAI, propietaria del servicio ChatGPT, por un posible incumplimiento de la normativa. En este sentido, la Agencia ha solicitado al Comité Europeo de Protección de Datos (EDPB, por sus siglas en inglés), del que la AEPD forma parte junto a otras autoridades de protección de datos del EEE, que se incluya el servicio ChatGPT como tema a abordar en su reunión plenaria, al considerar que los tratamientos globales que pueden tener un importante impacto sobre los derechos de las personas requieren de acciones armonizadas y coordinadas a nivel europeo en aplicación del RGPD[4]

El Comité ha decidido en el Plenario, celebrado recientemente, lanzar un grupo de trabajo[6] para fomentar la cooperación e intercambiar información sobre las acciones llevadas a cabo por las autoridades de protección de datos. De esta forma, la AEPD actúa en paralelo en el marco de sus potestades y competencias como autoridad nacional de supervisión y control, además de en coordinación con sus homólogas europeas a través del Comité. La Agencia aboga por el desarrollo y la puesta en marcha de tecnologías innovadoras como la inteligencia artificial desde el pleno respeto a la legislación vigente, ya que considera que sólo desde ese punto de partida puede llevarse a cabo un desarrollo tecnológico compatible con los derechos y libertades de las personas. Fuente de la información: AEPD. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Inteligencia Artificial, Protección Datos y Valores. 2020. Sitio visitado el 14/04/2023.
[2] Wojciech Wiewiórowski, Artificial Intelligence, data and our values – on the path to the EU’s digital future. European Data Protección Supervisor (EDPS). 2020. Sitio visitado el 14/04/2023.
[3] Así como su apetito por los datos.
[4] Velasco Carretero, Manuel. Actuaciones de investigación del ChatGPT. Sitio Protección de Datos. 2023. Visitado el 14/04/2023.
[5] Reglamento General de Protección de Datos.
[6] Task forcé: EDPB resolves dispute on transfers by Meta and creates task force on Chat GPT.