martes, 16 de agosto de 2022

El viejo truco de facturar al cliente del "cliente"

Fuente de la imagen: anncapictures en pixabay
En “Viejas tácticas para blanquear al falso autónomo[1] te confesaba el presentimiento de que las empresas afectadas por la Ley Rider[2] utilizaran el viejo truco de que los autónomos transportistas sean los que facturen a los establecimientos que suministran los productos. Catalogo de “viejo truco” porque ya te conté en textos como “Parece que fue ayer[3], cuando décadas atrás, colectivos de transportistas fueron “invitados” a constituir cooperativas de transportes, en un proceso de distribución totalmente diseñado, dirigido y controlado por el cliente, existiendo una situación comercial real y otra supuestamente ficticia o virtual.

Eran otros tiempos y no había aplicaciones web (apps), pero sí procedimientos comerciales diseñados ad hoc y la esencia es la misma. Pues bien, leo en varios medios de comunicación que, efectivamente, se le está dando en mi país la “vuelta a la tortilla”, de forma que supuestamente es el autónomo el que factura a los “clientes” de su hipotético y, en la mayoría de los casos, único cliente. No me explico cómo el Poder Ejecutivo no ha previsto esos tejemanejes que, reitero, no son nuevos y, además, fácilmente detectables no ya por inspecciones laborales, sino, también, vía comprobaciones tributarias en relación al método de facturación.

Con lo fácil que sería regular “en serio” la facturación digital de los intervinientes o usuarios de los aplicativos de distribución de las startups de comercio rápido (ver “Hacia una empresa algorítmicamente responsable[4]). Recientemente, el secretario de Estado de Empleo en una radio[5] advertía a las empresas afectadas por esta ley de que no va a existir ningún atajo ni burla, insinuando que las infracciones podrían derivar en responsabilidades penales a los clientes de los presuntos falsos autónomos al incurrir en presumibles repartos ilegales que vulneran el ordenamiento legal aplicable. Fuente de la imagen: anncapictures en pixabay.
________________________
[1] Velasco Carretero, Manuel. Viejas tácticas para blanquear al falso autónomo. 2022. Sitio visitado el 16/08/2022.
[2] Ley 12/2021, de 28 de septiembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, para garantizar los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de plataformas digitales. Publicado en: «BOE» núm. 233, de 29/09/2021. Entrada en vigor: 30/09/2021.
[3] Velasco Carretero, Manuel. Parece que fue ayer. 2006. Sitio visitado el 16/08/2022.
[4] Velasco Carretero, Manuel. Hacia una empresa algorítmicamente responsable. 2022. Sitio visitado el 16/08/2022.
[5] Las Mañanas de Radio Nacional de España. RNE. 12.08.2022.