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sábado, 22 de junio de 2019

Más cara, que no "máscara", de burro se me pone

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Recientemente, una compañera me ha comentado que un colegio profesional de mi ámbito territorial de actuación, va a ofrecer preparar opositores a la Administración Pública española. Parece que la Junta de Gobierno fundamenta ese proyecto formativo en el convencimiento que sus colegiados y colegiadas, por sus sapiencias y profesionalidad, pueden aportar al sector público muchas cosas, por lo que la organización pondrá a disposición de la sociedad la preparación para opositar a las distintas Administraciones Públicas. No dudando de las cualidades excepcionales[1] de sus colegiados y colegiadas y con todo respeto a los "fines" de las corporaciones de Derecho Público, creo que si esa corporación tiene entre sus objetivos ofrecer formación en oposiciones a la sociedad en general, algo no entiendo bien y más cara  (que no "máscara") de burro se me pone[2]. También, algún "mal pensado" podría "hilar" que, al abrigo de las recientes ofertas de puestos ofertados por la Administración Pública española, acuden advenedizos y temporeros de todo tipo, cual moscas merodeando ese hipotético y envenenado "panal", en el que se puede jugar con el futuro de muchas personas. ¡Ay! ¡Esas mentes malpensadas! Dejando a un lado el importante papel del cumplimiento normativo -compliance-[3], si ya sería objeto de censura que se prepare a sus propios colegiados en esas lides administrativas[4], clamaría al cielo que ofrezcan ese servicio formativo a la sociedad en general.  

Pero ¿en qué país estoy viviendo? Por un momento se me ha olvidado que estamos en España, por lo que no te extrañe: "Tout est possible" (Everything is possible). Tonterías las justas. Es hora que las juntas directivas y las secretarías generales o gerencias de algunas de las organizaciones nacionales, regionales, provinciales o locales que, presumiblemente y de "boquilla para afuera"[5], defienden los derechos de los colectivos presuntamente damnificados con esas prácticas, dejen de figurar en sus puestos institucionales bien remunerados solamente por sus "caras bonitas"[6], cobrando directa o indirectamente facturas, nóminas, desplazamientos y dietas; de aferrarse a sus cargos; de velar solo por los intereses de los negocios en los que participan, de mirarse el ombligo; de trapichear con insider trading[7]; y se dediquen a defender los intereses de sus asociados, como pueden ser el intrusismo profesional o la competencia desleal. Salvando las distancias entre los sectores económicos, el intrusismo, la competencia desleal y, si me apuras, saltarse la ley siempre que se pueda, unido a la falta de profesionalidad y de ética, es otro de los hábitos, junto con el del postureo[8], candidato a primer puesto en la lista de costumbres aspirantes a triste “deporte nacional”. Si eres follower de este sitio, sabes que en más de una ocasión he tratado el intrusismo. 

Hace unos años[9], transcribía el art. 403 del Código Penal español (CP), que tipifica el delito de intrusismo profesional, estableciendo que el que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses.  Sigue apuntando el artículo antes referenciado, que si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de tres a cinco meses. Y añade también que si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido, se le impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años. En “No solo se debe ser honrado…[10], confesaba la cantidad de kilómetros que nos hicimos por Andalucía participando en jornadas donde se trataba el intrusismo, junto a Antonia y José Luis[11]. ¿Dónde están hoy los sustitutos de ese necesario espíritu defensivo y reivindicativo del periodo 1994-1998 en materia de intrusismo, de personalidades como José Luis o Antonia? Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] Casualidad que nuevamente esté de moda X-Men, con el reciente estreno de Dark Phoenix.
[2] En sentido metafórico, puesto que, ante todo, un respeto al manso e inteligente animal.
[3] Impuestos, usos de las instalaciones para unos fines presuntamente distintos a los asociativos, retribución al profesorado…
[4] Cuando  existen otros sectores públicos y privados que cubren esa necesidad.
[5] Como dice el refranero: "amistad de boquilla no vale una cerilla".
[6] Y "el tipo que tienen", por no relucir los intereses de los lobbies que representan.
[7] Esos borradores de nueva normativa en materia de subvenciones, esa legislación en ciernes en el sector tecnológico, presuntos negocios formativos en la seguridad vial, nuevo ordenamiento jurídico que afecta al on room o ¡véte tú a saber qué!
[8] Ver el reciente “El deporte nacional del postureo” Velasco Carretero, Manuel. Sitio visitado el 22/06/2019.
[9] En el explícito texto “Intrusismo profesional (2015). Velasco Carretero, Manuel. Sitio visitado el 22/06/2019.
[10] Velasco Carretero, Manuel. No solo se debe ser honrado… 2007. Sitio visitado el 22/06/2019.
[11] En “Salmorejo a la campiña” (2005) Velasco Carretero, Manuel,  te dejé una foto con ellos.

miércoles, 19 de septiembre de 2018

¿Intrusismo o mercado negro?

De izq. a drcha., junto a AntoniaSebastián, María y José Luis, en el restaurante Caballo Rojo
Si eres follower de este sitio, sabes que en más de una ocasión he tratado el intrusismo. Hace unos años, en el explícito texto “Intrusismo profesional[1] apuntaba el art. 403 del CP[2], que tipifica el delito de intrusismo profesional, estableciendo que el que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de tres a cinco meses. Y añade también que si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido, se le impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años. En “No solo se debe ser honrado…[3], te confesaba la cantidad de kilómetros que nos hicimos por Andalucía participando en jornadas donde se trataba el intrusismo, junto a Antonia y José Luis (en “Salmorejo a la campiña[4] te dejé una foto con ellos). Salvando las distancias entre los sectores económicos, el intrusismo, la competencia desleal y, si me apuras, saltarse la ley siempre que se pueda, junto a la falta de profesionalidad y de ética, deseo que no sea un “deporte nacional”. 

De todo lo anterior me acordé ayer, cuando leía que en la Conferencia Sectorial de Comercio Interior, la titular del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno de España (MICyT), ha anunciado la creación de una Mesa contra el Intrusismo, en la que se analizará la situación de la venta ilegal en España[5]. Para ello, se cuenta con la colaboración de las entidades locales a través de la Federación Española de Municipios y Provincias, presente en la Conferencia[6]. Me parece bien que esté la Federación de Municipios y Provincias, pero, en mi opinión, a esta “mesa” le faltan más “patas”, sobre todo la de representantes de los sectores profesionales y empresariales o la de los consumidores y usuarios. Igualmente, y con todo el respeto al comercio minorista, el concepto de intrusismo no solo debería abarcar la “venta ilegal” en este sector, sino que, si aceptamos que este tipo de venta es intrusismo, intrusismo es mucho más, no olvidando sectores como el de los servicios profesionales y las actividades reguladas. Finalmente, permíteme que tenga mis reservas acerca de que la venta ilegal, así definida, debe considerarse, por analogía, intrusismo al que hace referencia el artículo del CP antes referenciado. Más bien sería "mercado negro". Fuente de la información: MICyT. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Intrusismo profesional. 2015. Sitio visitado el 19/09/2018.
[2] Código Penal español.
[3] Velasco Carretero, Manuel. No solo se debe ser honrado…. 2007. Sitio visitado el 19/09/2018.
[4] Velasco Carretero, Manuel. Salmorejo a la campiña. 2005. Sitio visitado el 19/09/2018.
[5] Será la base para elaborar un Plan Nacional contra la Piratería. 
[6] Parece que estas iniciativas han sido bien recibidas por los representantes de las Comunidades Autónomas que han asistido a la Conferencia Sectorial, que ha tenido lugar en la sede del Ministerio.

viernes, 13 de abril de 2007

La rebelión de los ingenieros

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
El sector privado denuncia la incompatibilidad de los catedráticos y profesores para realizar trabajos e informes, exigiendo que se limite la concurrencia de las Universidades a los contratos públicos[1]. Vaya, vaya, vaya. ¿Competencia desleal, intrusismo o ambas cosas? Ciertamente, existe un conflicto de intereses, aunque si pretendemos que la universidad se autofinancie. 

¿Por qué le vamos a limitar su capacidad para generar recursos a través de legales empresas? Claro, el problema radica en que la ley les exime de requisitos, por ejemplo, la clasificación administrativa, etc. Entonces, tienen razón las asociaciones profesionales. Propongo que puedan participar, pero en igualdad de condiciones que el sector privado y ya está[2].
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[1] Leído en la pág. 33 de Expansión, 12/4/07.
[2] Porque lo de la discriminación positiva creo que no colará.