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Pero ¿en qué país estoy viviendo? Por un momento se me ha olvidado que estamos en España, por lo que no te extrañe: "Tout est possible" (Everything is possible). Tonterías las justas. Es hora que las juntas directivas y las secretarías generales o gerencias de algunas de las organizaciones nacionales, regionales, provinciales o locales que, presumiblemente y de "boquilla para afuera"[5], defienden los derechos de los colectivos presuntamente damnificados con esas prácticas, dejen de figurar en sus puestos institucionales bien remunerados solamente por sus "caras bonitas"[6], cobrando directa o indirectamente facturas, nóminas, desplazamientos y dietas; de aferrarse a sus cargos; de velar solo por los intereses de los negocios en los que participan, de mirarse el ombligo; de trapichear con insider trading[7]; y se dediquen a defender los intereses de sus asociados, como pueden ser el intrusismo profesional o la competencia desleal. Salvando las distancias entre los sectores económicos, el intrusismo, la competencia desleal y, si me apuras, saltarse la ley siempre que se pueda, unido a la falta de profesionalidad y de ética, es otro de los hábitos, junto con el del postureo[8], candidato a primer puesto en la lista de costumbres aspirantes a triste “deporte nacional”. Si eres follower de este sitio, sabes que en más de una ocasión he tratado el intrusismo.
Hace unos años[9], transcribía el art. 403 del Código Penal español (CP), que tipifica el delito de intrusismo profesional, estableciendo que el que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses. Sigue apuntando el artículo antes referenciado, que si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de tres a cinco meses. Y añade también que si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido, se le impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años. En “No solo se debe ser honrado…”[10], confesaba la cantidad de kilómetros que nos hicimos por Andalucía participando en jornadas donde se trataba el intrusismo, junto a Antonia y José Luis[11]. ¿Dónde están hoy los sustitutos de ese necesario espíritu defensivo y reivindicativo del periodo 1994-1998 en materia de intrusismo, de personalidades como José Luis o Antonia? Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] Casualidad que nuevamente esté de moda X-Men, con el reciente estreno de Dark Phoenix.
[2] En sentido metafórico, puesto que, ante todo, un respeto al manso e inteligente animal.
[3] Impuestos, usos de las instalaciones para unos fines presuntamente distintos a los asociativos, retribución al profesorado…
[4] Cuando existen otros sectores públicos y privados que cubren esa necesidad.
[5] Como dice el refranero: "amistad de boquilla no vale una cerilla".
[6] Y "el tipo que tienen", por no relucir los intereses de los lobbies que representan.
[7] Esos borradores de nueva normativa en materia de subvenciones, esa legislación en ciernes en el sector tecnológico, presuntos negocios formativos en la seguridad vial, nuevo ordenamiento jurídico que afecta al on room o ¡véte tú a saber qué!
[8] Ver el reciente “El deporte nacional del postureo” Velasco Carretero, Manuel. Sitio visitado el 22/06/2019.
[9] En el explícito texto “Intrusismo profesional (2015). Velasco Carretero, Manuel. Sitio visitado el 22/06/2019.
[10] Velasco Carretero, Manuel. No solo se debe ser honrado… 2007. Sitio visitado el 22/06/2019.
[11] En “Salmorejo a la campiña” (2005) Velasco Carretero, Manuel, te dejé una foto con ellos.