domingo, 4 de junio de 2023

El jardín de casa es íntimo, personal y familiar

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Informa el Consejo General del Poder Judicial Español (CGPJ), de la consideración por parte del Tribunal Supremo (TS), de ilícitas las fotografías que un detective privado realizó a un trabajador, que estaba de baja con cervicalgia, haciendo labores de esfuerzo en el jardín y en el huerto de su casa, y que fueron utilizadas por la empresa para acordar su despido disciplinario por realizar actividades incompatibles con sus dolencias[1]. En la sentencia[2] se explica que la Ley 5/2014 de Seguridad Privada permite de forma expresa que los detectives privados realicen averiguaciones para obtener y aportar, por cuenta de terceros legitimados, pruebas sobre la vida personal, familiar o social, pero excluye expresamente “la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados”.

Para el TS, el jardín del domicilio es un espacio que ha de incluirse en el concepto de domicilio del trabajador o, al menos, en la definición de otros lugares reservados en el que sólo se puede entrar con el consentimiento de su titular o salvo supuestos de flagrante delito, mediante resolución judicial. Indica que se trata de un ámbito en el que se ejerce la vida íntima, personal y familiar y que puede permanecer ajeno a las intromisiones de terceros en contra de la voluntad de su titular[3]. El Tribunal Superior de Justicia lo consideró improcedente puesto que la única prueba en la que se basaba era un informe de un detective, con fotografías en las que se le veía en el jardín de su domicilio, que vulneraba su derecho a la intimidad y es una medida desproporcionada.
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[1] Como consecuencia de la ilicitud de la prueba por invadir el derecho a la intimidad del trabajador, el tribunal confirma la improcedencia de su despido y desestima el recurso de casación de la empresa.
[2] Ponencia del magistrado Ignacio García-Perrote.
[3] “Es un espacio en el que este también tiene una expectativa legítima de privacidad, aunque pueda ser con alguna intensidad menor que en el espacio edificado distinto del jardín”, subrayan los magistrados.