Fuente de la imagen: elaboración propia, alojada en el Sitio Compliance |
Pues bien. En el Anexo IV, apartado C, de la citada Orden, se
especifica que el órgano responsable, gestor o beneficiario de las ayudas debe
manifestar “el compromiso de la persona/entidad que representa con los
estándares más exigentes en relación con el cumplimiento de las normas
jurídicas, éticas y morales, adoptando las medidas necesarias para prevenir y
detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés, comunicando en
su caso a las autoridades que proceda los incumplimientos observados". ¿Cómo
hacerlo? Pues, por ejemplo, entiendo que acreditando la implantación de modelos de
compliance penal, cumplimiento normativo, sistemas de gestión antisoborno... Abajo te dejo un recopilatorio de textos editados en el sitio Compliance sobre la UNE 19601:2017, a modo de apuntes. Fuente de la imagen: archivo propio.
[1] Velasco Carretero, Manuel. Sitios visitados el 19/12/2021.
[2] Velasco Carretero, Manuel. Recuperación, Transformación, Resiliencia y Compliance. Sitio Compliance. 2021. Visitado el 19/12/2021.
[3] Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre. BOE» núm. 234, de 30 de septiembre de 2021, páginas 119830 a 119879 (50 págs.). Sección: I. Disposiciones generales. Departamento: Ministerio de Hacienda y Función Pública. Referencia: BOE-A-2021-15860. link: https://www.boe.es/eli/es/o/2021/09/29/hfp1030.
[3] Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre. BOE» núm. 234, de 30 de septiembre de 2021, páginas 119830 a 119879 (50 págs.). Sección: I. Disposiciones generales. Departamento: Ministerio de Hacienda y Función Pública. Referencia: BOE-A-2021-15860. link: https://www.boe.es/eli/es/o/2021/09/29/hfp1030.