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Ello requiere[4] detectar los puntos de riesgo, proponer las medidas adecuadas para procurar evitar su comisión, dar formación a los directivos y empleados y designar el organismo de control del cumplimiento”. Lo anterior viene a cuento porque[5] tarde de reciclaje profesional la del miércoles, en materia de cumplimiento normativo. Invitado por Thomson Reuters (Gracias), estuve visionando la masterclass sobre el canal de denuncias, impartida por las abogadas Margarita Santana Lorenzo y Ana Blanco Vázquez de Prada. A lo largo de la sesión, las ponentes trataron desde qué es un canal de denuncias, hasta el papel del canal de denuncias en la defensa corporativa, pasando por los para qué sirve el canal de denuncias, qué utilidad tiene para la empresa y qué utilidad tiene para sus trabajadores.
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[1] Textos como “Whistleblowing”, “Proteger al denunciante corporativo”, “Denuncias y Sanciones en materia de LOPD”, “Un paso más en la protección del denunciante”, “Protección de los informantes”, “Garganta Profunda” o “Un clásico: perseguir al whistleblower”, son prueba de ello. Sitios visitados el 16/01/2020.
[2] Velasco Carretero, Manuel. Nanai de la China. 2016. Sitio visitado el 16/01/2020.
[3] Directora del Área Penal y Compliance en Legal y Económico, realizada en el marco de una entrevista publicada a primeros de 2016 en elderecho.com. Si quieres acceder al contenido, clickea AQUÍ. Sitio visitado el 16/01/2020.
[4] Además de contar con ese canal de denuncias.
[5] Siguiendo con el programa formativo que te referencié en “Reforzando la formación en gestión de riesgos”. Sitio visitado el 16/01/2020.