sábado, 7 de diciembre de 2019

Tarde dedicada a la prevención del blanqueo

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
La sobremesa del viernes la pasé hojeando los recientes informes publicados por el Consejo Europeo (CE) y el Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi), respectivamente, sobre prevención de blanqueo de capitales y que ya avancé en el sitio Prevención Blanqueo. Por un lado, la adopción por parte del CE, de una serie de conclusiones sobre las prioridades estratégicas contra el blanqueo de dinero y la lucha contra la financiación del terrorismo[1], referido en el texto "El Consejo Europeo establece prioridades estratégicas". Estos cumplimientos son una respuesta directa a la agenda estratégica de la Unión Europea (UE) para 2019-2024, donde el CE llama a "fortalecer nuestra lucha contra el terrorismo y la delincuencia transfronteriza, mejorar la cooperación y el intercambio de información y desarrollar aún más nuestros instrumentos comunes"[2]. La implementación de la quinta revisión de la directiva adoptada en mayo de 2018, la nueva directiva de requisitos de capital para bancos (CRD5), mayo de 2019, así como la revisión del funcionamiento de las Autoridades Europeas de Supervisión[3], fortalecerán las reglas para combatir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. 

Por otro, el documento de seguimiento del Gafi, en el que se evalúa el marco español de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo[4], texto "El GAFI evalúa a España en prevención de blanqueo". En el informe, el Grupo de Acción Financiera Internacional confirma la posición de liderazgo de España y el compromiso del país con la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. En palabras del Gafi, “la opinión de los sectores financiero y no financiero sobre la ayuda proporcionada por las autoridades en materia de riesgos es buena y su relación con el Servicio Ejecutivo de la Comisión española de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac), resulta constructiva y útil para la mejor comprensión de los riesgos y del análisis con arreglo a criterios de riesgo (RBA, por sus siglas en inglés)". Las orientaciones publicadas por el Sepblac contienen, asimismo, indicaciones concretas sobre la aplicación del RBA a las actividades de los diferentes sectores y son generalmente bien conocidas y aplicadas. Fuente de la información: CE y GAFI. Fuente de la imagen: mvc archivo propio. 
_____________________________________
[1] Si quieres acceder al documento en el idioma inglés, clickea AQUÍ
[2] ". Las conclusiones apuntan a importantes mejoras recientes en el marco regulatorio. 
[3] Aprobada el 2 de diciembre. 
[4] Si quieres acceder al informe en el idioma inglés, clickea AQUÍ.