Si eres follower de este sitio[1], conoces mi experiencia como docente en másteres y expertos universitarios. Pues bien, la tarde de ayer la pasé en la vigente edición del Máster Universitario en Enoturismo de la Universidad de Málaga, organizado por la Facultad de Turismo, impartiendo el módulo correspondiente a enoturismo, gestión y comercialización de bodegas, que trata de la gestión de bodegas propiamente dicha, pasando por la comercialización de productos enológicos, el contexto de la bodega en el sector agroalimentario, el enoturismo como estrategia de desarrollo, análisis de la demanda enoturística, tic’s aplicadas al enoturismo y los sistemas de calidad. Sabes mi camino profesional por algunas de las instituciones vitivinícolas malagueñas[2], experiencia que pongo a disposición de los participantes en el posgraduado. Aprovechándome del contenido de mi ponencia, esta mañana quiero trasladarte unas pinceladas sobre el último apartado: los sistemas de calidad en el sector vitivinícola.
Le comentaba al alumnado que en Andalucía, obligado por el cumplimiento normativo de las instrucciones europeas, desde el año pasado el aseguramiento de los intereses colectivos de la protección del origen y calidad de los productos agroalimentarios amparados por las Denominaciones de Origen Málaga, Sierras de Málaga y pasas de Málaga, Montilla-Moriles, Condado de Huelva, Vinagre del Condado de Huelva y Vino Naranja del Condado de Huelva, se realiza a través de la Fundación para el Control de la Calidad Agroalimentaria de Andalucía FCCAA, constituida el 14 de Diciembre de 2015 como una organización sin ánimo de lucro, cuyo patrimonio se encuentra afectado, de modo duradero, a la realización de fines de interés general, propios de la misma. La Fundación se encuentra acreditada por ENAC para los siguientes productos: VINO y VINAGRE DOP “CONDADO DE HUELVA”, VINO DOP “MÁLAGA”, VINO DOP “SIERRAS DE MÁLAGA”, PASA DOP “PASAS DE MÁLAGA”, VINO y VINAGRE DOP “MONTILLA-MORILES”.
El ordenamiento jurídico de aplicación parte de la “Norma UNE EN ISO/IEC 17.065: 2.012 - Evaluación de la conformidad- Requisitos para organismos que certifican productos, procesos y servicios” para seguir con los Pliegos de Condiciones DOP “Condado de Huelva”, “Vinagre del Condado de Huelva”, “Montilla – Moriles” y modificación del pliego "Montilla - Moriles", “Vinagre del Montilla – Moriles”, “Málaga” y “Sierras de Málaga”: Orden de 30 de noviembre de 2011 publicado en el BOJA; Pliego de Condiciones DOP Vino de naranja del Condado de Huelva; Orden de 6 de Julio de 2011 de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía y el Pliego de Condiciones DOP Pasas de Málaga: Reglamento de Ejecución (UE) nº 579/2013. Igualmente, el REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/48 DE LA COMISIÓN y el REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 984/2011 DE LA COMISIÓN[3] (Fuente de la imagen: Consejo Regulador DDOO Málaga, Sierras de Málaga y pasas de Málaga).
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[1] por textos como “Gestión de instituciones vitivinícolas”, “Deseoso y atrevido” o “Gestión y Difusión Turística”. Sitios visitados el 05/05/2018.
[2] Por textos como "Si el vino viene, viene la vida", "Museo del Vino Málaga", "Les echaré de menos" o "La bella causa de la inserción laboral". Sitios visitados el 05/05/2018.
[3] Por el que se inscribe una denominación en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegida.