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Igualmente, la Directiva refuerza la protección de los denunciantes que informan sobre infracciones del Derecho medioambiental, crucial para fomentar la transparencia y la responsabilidad, permitiendo que las personas se sientan seguras al reportar actividades ilegales sin temor a represalias. Otro aspecto que considero interesante es el establecimiento de un marco para la evaluación periódica de la efectividad de la directiva, debiendo La Comisión Europea presentar informes sobre la implementación y el impacto de la normativa, lo que permite realizar ajustes necesarios para mejorar su eficacia. En cuanto a la definición de Delitos Ambientales, la directiva proporciona una lista no exhaustiva de elementos que las autoridades competentes deben considerar al evaluar si se han alcanzado los umbrales cualitativos y cuantitativos para definir delitos ambientales, intentando facilitar una aplicación coherente y efectiva de la normativa. En el contexto de la aplicación de la directiva, se establece que todo tratamiento de datos personales debe cumplir con la legislación de la Unión y nacional aplicable en materia de protección de datos, incluyendo la obligación de garantizar los derechos y libertades de los interesados al publicar resoluciones judiciales relacionadas con delitos ambientales. En relación con la cooperación Transfronteriza, se enfatiza la importancia de la colaboración entre Estados miembros en la lucha contra los delitos ambientales, reconociendo que muchos de estos delitos tienen un impacto que trasciende las fronteras nacionales. En síntesis, la Directiva (UE) 2024/1203 representa un avance significativo en la legislación ambiental de la UE, estableciendo un marco legal más robusto y efectivo para la protección del medio ambiente[6]. Fuente de la información: texto referenciado y Directiva. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] Velasco-Carretero, Manuel (2024). Directiva (UE) 2024/1203. Sitio Economía Sostenible. Visitado el 17/09/2024.
[2] DIRECTIVA (UE) 2024/1203 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 11 de abril de 2024 relativa a la protección del medio ambiente mediante el Derecho penal y por la que se sustituyen las Directivas 2008/99/CE y 2009/123/CE. DOUE de 30/04/2024.
[3] Sustituyendo a las anteriores Directivas 2008/99/CE y 2009/123/CE.
[4] Tal como se establece en el artículo 3, apartado 3, del Tratado de la Unión Europea (TUE) y el artículo 191 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
[5] Al abordar las deficiencias de las normativas anteriores y ampliar el alcance de los delitos ambientales, la directiva busca garantizar que la Unión Europea esté mejor equipada para enfrentar los desafíos ambientales actuales y futuros.
[6] La implementación efectiva de esta directiva dependerá de la colaboración entre los Estados miembros, la aplicación rigurosa de las sanciones y la protección de los denunciantes. Solo a través de un enfoque coordinado y comprometido se podrá lograr un impacto real en la protección del medio ambiente y la promoción de un desarrollo sostenible en la Unión Europea.