viernes, 26 de enero de 2024

Comunicaciones sencillas y asequibles

Instante previo a la docencia en el Máster Universitario en Abogacía y Procura de la Universidad de Málaga y del Ilustre Colegio de la Abogacía de Málaga
Vía el Departamento de Derecho Público de la Universidad de Málaga (UMA), la tarde del jueves la pasé impartiendo docencia en la presente edición del Máster Universitario en Abogacía y Procura, organizado por la UMA y el Ilustre Colegio de la Abogacía de Málaga. Cuatro horas que, bajo la metodología del caso, trabajamos varios temas de Derecho Administrativo. En esta mañana traigo a colación la enunciación de los recursos administrativos ante la Administración Pública (AP), apoyándome en el texto editado en iurepost, bajo el explícito título “Los recursos administrativos” (M. Velasco, 2017)[1], como esas comunicaciones sencillas y asequibles, vía solicitudes del interesado dirigidas a la AP generadora de la actuación impugnada, con la intención de promover la revisión del acto recurrido, al considerar el administrado que tal decisión de la AP es contraria al ordenamiento jurídico.

De esta forma, se posibilita que la AP revise los actos objeto de recusación, considerar las alegaciones del administrado y, si procede, establecer una decisión distinta y, previsiblemente, más favorable a los intereses del alegante. En principio, se puede recurrir cualquier resolución expresa y la falta de resolución y notificación en el plazo legalmente establecido. Respecto de los actos de mero trámite, solo se podrán recurrir directamente si deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos. Por el contrario, no son susceptibles de recurso administrativo los reglamentos. Entre otra normativa, es de aplicación la LPAC[2] y la LRJSP[3]. A continuación, te dejo un vídeo tutorial alojado en mi canal de Youtube. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] Velasco Carretero, Manuel (2017). Los recursos administrativos. Sitio iurepost. Visitado el 26/01/2024.
[2] Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de la Administraciones Públicas (LPAC).
[3] Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).