jueves, 25 de enero de 2024

Entre POTA, POTS y PAA

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Aprovechándome de unos apuntes (M. Velasco, 2022)[1] y en el marco legislativo de la Ley de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA)[2], la tarde del miércoles la pasé entre POTA, POTS, PIAT y otros instrumentos andaluces de ordenación territorial. Y es que el legislador andaluz ordena el territorio a través del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA), los Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional (POTS) y los Proyectos de Actuación Autonómicos (PAA), cuando desarrollan actuaciones no previstas en el planeamiento territorial vigente que, de conformidad con lo previsto en la LISTA, sean declaradas de interés autonómico, concretando la naturaleza y efectos de sus determinaciones[3].

Estos instrumentos de ordenación del territorio se someten a evaluación ambiental estratégica, de acuerdo con lo previsto en la legislación ambiental. La documentación de los planes de ordenación del territorio debe ser la necesaria para desarrollar y justificar adecuadamente sus contenidos específicos, conforme a lo que reglamentariamente se establezca. En caso de discrepancias entre los distintos documentos de los instrumentos de ordenación territorial, la prevalencia entre ellos es la siguiente: Normativa, Cartografía de Ordenación y Memoria Económica. La Memoria de Ordenación constituye el documento de referencia para la interpretación del contenido del instrumento de ordenación territorial.
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[1] Velasco Carretero, Manuel (2022). Instrumentos andaluces ordenación territorial. Sitio Economía Sostenible. Visitado el 25/01/2024.
[2] Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía. Publicado en BOJA núm. 233, de 03/12/2021, BOE núm. 303, de 20/12/2021.
[3] Art. 34 LISTA.