jueves, 15 de julio de 2021

La concienciación y la formación en Compliance

Fuente de la imagen: elaboración propia; editada en Sitio Compliance, texto "Funciones del Compliance"[1]
Trasladaba al aplicado alumnado del curso sobre Compliance, que estoy tutorizando en la Escuela de Unidad Editorial, ESÚE[2], que considero muy importante la formación en materia de cumplimiento normativo en toda corporación empresarial que se tome muy en serio el compliance en general y la prevención de riesgos penales en específico, ya que refuerza la existencia de “programas de compliance efectivos” a los que hacía referencia Soler[3], opinión que recogí en “Elementos básicos de un programa de compliance[4], planteamientos que, llegado el caso, posibiliten la atenuación de la previsible sanción o la “aplicación de criterios de oportunidad procesal”. 

Otro elemento consiste en el establecimiento de “estándares de conducta y procedimientos internos de cumplimiento”, que sensatamente “sirvan para reducir la conducta criminal”. Igualmente, "concienciación" por parte del órgano de dirección o gobierno, tanto de su implantación, como de su cumplimiento eficaz[5], lo que nos llevará a la constatación que la empresa ha adoptado “las medidas razonables para lograr el cumplimiento de sus estándares”, los cuales, junto a los riesgos de comisión de hechos delictivos, deberán reforzarse continuamente, además de una difusión de su existencia a través de canales de comunicación que posibiliten la denuncia de comportamientos ilegales. 

Finalmente, una cuestión que debemos trabajar y no descuidar, porque "hay mucho advenedizo y temporero por ahí"[6], es la relativa a la elección de una "buena formación en Compliance", aspecto que traté en el Sitio Compliance, con el explícito título “Cómo elegir una buena formación en Compliance[7]. Termino dedicando este texto a la dirección y al equipo técnico de ESÚE, que han depositado su confianza en mi perfil profesional, así como al numeroso alumnado que participa en el curso que tengo la oportunidad de tutorizar en dicha Escuela de Periodismo, deseando estar a la altura pedagógica y didáctica que se merecen. A la espera de la siguiente edición de la acción formativa. Fuente de la imagen: elaboración propia.
____________________________________
[1] Velasco Carretero, Manuel. Funciones del Compliance. Sitio Compliance Officers. 2011. Visitado el 15/07/2021.
[2] Escuela Unidad Editorial, ESÚE, del grupo de medios Unidad Editorial, editora de las cabeceras EL MUNDO, BRAND, EXPANSIÓN, TELVA y YO DONA.
[3] Gallego Soler, José Ignacio. “Criminal compliance y proceso penal: reflexiones iniciales”. En: Mir Puig, Santiago / Corcoy Bidasolo, Mirentxu / Gómez Martín, Víctor (ed.), Responsabilidad de la Empresa y Compliance: programas de prevención, detección y reacción penal (pp. 195-229). Ediutorial Edisofer, S.L. 2014.
[4] Velasco Carretero, Manuel. Elementos básicos de un programa de compliance. Sitio Compliance Officers. 2016. Visitado el 15/07/2021.
[5] Por ejemplo, designando al compliance officer u oficial de cumplimiento.
[6] Velasco Carretero, Manuel. Cuidado con los compliFRAUDE. 2017. Sitio visitado el 15/07/2021.
[7] Velasco Carretero, Manuel. Cómo elegir una buena formación en Compliance. Sitio Compliance Officers. 2016. Visitado el 15/07/2021.