martes, 5 de diciembre de 2017

Cuidado con los compliFRAUDE

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Hace más de un año, en el texto “Traje a medida en Compliance[1], reflexionaba sobre los copia y pega en los programas de cumplimiento normativo en mi país y que de la idea inicial de “un traje a medida” a cada empresa, en materia de prevención de riesgos, se ha pasado a una total prostitución del concepto por parte de advenedizos y temporeros, que utilizando para sus intereses el inadecuadamente denominado low cost compliance, intentan hacer negocio importándole tres pepinos la inutilidad de lo que ofrecen. Y todo ello, a pesar que la Judicatura, con sus sentencias y jurisprudencia, y la Fiscalía, con sus circulares, intentan poner orden en todo este berenjenal, advirtiendo por activa y por pasiva de la invalidez de esos trabajos basados en cuestionarios impersonales y copia y pega. 

Por lo que veo de la oferta por doquier de los llamados “compliFRAUDE”, entiendo que todavía no ha cuajado la idea jurídica de programas de compliance "sectorizados" y personalizados, elaborados concienzudamente, con entrevistas personales a los máximos responsables de las empresas y una metódica recopilación de datos para una analítica evaluación de riesgos comprometida con la propuesta y posterior aprobación por el órgano decisorio de un corporate compliance responsable, con su proyección en cuanto a la ejecución, seguimiento y continua actualización, que verdaderamente sirva para prever riesgos y, en su caso, eximir o atenuar la responsabilidad penal de las personas jurídicas ante delitos que les afecten directa o indirectamente.

En el sitio Compliance-Officers, texto “Que no te den gato por liebre[2], te confesaba mi pensamiento acerca de que esto de los “corta y pega” era como las tormentas de verano, es decir, que una vez que los advenedizos y temporeros se cansaran de engañar y las sentencias de los órganos judiciales empezaran a poner las cosas en su sitio, pasaría el chaparrón y todo volvería a la normalidad. Pero todavía eso no ha sucedido y desde que se aprobó la reforma[3] "erre que erre" siguen dando la caña algunos individuos[4] que[5] venden la apariencia de que las micropymes y las pymes van a cumplir con todos los requerimientos del ordenamiento jurídico en materia de responsabilidad penal de las personas jurídicas, pretendiendo ofrecer, incluso en jornadas, cursos y congresos[6], que dichos aplicativos configurarán corporates compliances vigorosos que eximirán a la empresa de toda responsabilidad.

El caso es que un programa de cumplimiento normativo, de estos que se publicitan vía folletos informativos o jornadas ad hoc, y que empiezan a conocerse como “low cost compliance”, ni mucho menos va a garantizar a la pyme o micropyme exención de responsabilidad penal como persona jurídica. El hecho de acreditar la implantación de un corporate compliance low cost no significa exención de responsabilidad. Un low cost compliance no evita penalizaciones. Low cost compliance supone una desventaja ante la competencia y la imagen internacional de la empresa. Un low cost compliance echará por tierra el trabajo en otros frentes empresariales, como la calidad, la responsabilidad social o la cultura empresarial, destrozando la imagen empresarial y la cultura de la corporación[7]
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Traje a medida en Compliance. 2016. Sitio visitado el 05/12/2017.
[2] Velasco Carretero, Manuel. Que no te den gato por liebre. Sitio Compliance. 2017. Visitado el 05/12/2017.
[3] De 2015 del Código Penal Español.
[4] Con ofertas de aplicativos, programas, cuestionarios...
[5] A base de presuntos “controles básicos” y otras chorradas.
[6] Con el beneplácito de los organizadores y algún que otro desorientado miembro de la magistratura.
[7] Así "que no te den gato por liebre".