sábado, 29 de mayo de 2021

Entre la infodemia y la desinformación

Fuente de la imagen: AbsolutVision en pixabay
Si eres follower de este sitio conoces mi interés por todo lo relativo a la desinformación y su persecución. Textos como “Conciencia y capacidad contra la desinformación[1], “Código de práctica contra la desinformación[2] o “La UE preocupada por la desinformación[3] son prueba de ello. En "Plan de acción para contrarrestar desinformación"[4], apuntaba que la Unión Europea (UE), para proteger sus sistemas democráticos y debates públicos, ponía en marcha un Plan de Acción para intensificar los esfuerzos para contrarrestar la desinformación en Europa y más allá. El Código de Buenas Prácticas se estableció en octubre de 2018. Tal como la Comisión Europea (CE) anunció en el Plan de Acción para la Democracia Europea, acciones que intentan abordar las deficiencias detectadas en la Evaluación del Código realizada por la Comisión y basándose en el aprendizaje extraído del programa de vigilancia de la desinformación relativa a la COVID-19[5].

Comento lo anterior porque recientemente la CE ha publicado sus directrices sobre cómo se debería reforzar el Código de Buenas Prácticas en materia de Desinformación, que es el primero de este tipo en todo el mundo, con vistas a aumentar su efectividad en la lucha contra la desinformación. En esas directrices se exponen las previsiones de la Comisión, se llama a un compromiso más firme por parte de los signatarios y se prevé una mayor participación en el Código. Tomando como base un marco de seguimiento sólido y unos indicadores de rendimiento claros, los signatarios han de reducir los incentivos económicos para la desinformación, capacitar a los usuarios para que realicen una labor activa en la lucha contra la difusión de la desinformación, mejorar la cooperación con los verificadores de datos de todos los Estados miembros e idiomas de la UE y ofrecer a los investigadores un marco de acceso a los datos.

Las directrices publicadas por la CE instan a reforzar el Código a través de la mejora de ámbitos como pueden ser mayor participación con compromisos adaptados[6], desmonetizar la desinformación[7], garantizar la integridad de los servicios[8], capacitar a los usuarios para comprender y denunciar la desinformación[9], incrementar la cobertura de la verificación de datos y el acceso a datos proporcionado a los investigadores[10] o propiciar un marco de seguimiento sólido[11]. Asimismo, los signatarios deben crear un Centro de Transparencia en el que indiquen las políticas que han adoptado para poner en marcha los compromisos del Código, su modo de aplicación y todos los datos y parámetros pertinentes con respecto a los indicadores de rendimiento clave. Las directrices también proponen que se establezca un grupo de trabajo permanente presidido por la Comisión. Ese grupo estaría compuesto por los signatarios y por representantes del Servicio Europeo de Acción Exterior, del Grupo de Entidades Reguladoras Europeas para los Servicios de Comunicación Audiovisual y del Observatorio Europeo de Medios Digitales[12].

Coincido con la CE que la crisis del coronavirus ha sido un claro ejemplo de las amenazas y retos que la desinformación plantea en nuestras sociedades. La infodemia[13] ha entrañado riesgos significativos para los sistemas sanitarios personales y públicos, la gestión de crisis, la economía y la sociedad. Ha puesto de manifiesto que, a pesar de la ingente labor realizada hasta ahora, existe una necesidad acuciante de intensificar los esfuerzos en la lucha contra la desinformación. El planteamiento de la UE para combatir la desinformación está firmemente arraigado en la protección de la libertad de expresión y el mantenimiento de un debate democrático abierto. Su objetivo es generar una transparencia y una rendición de cuentas mayores en el entorno en línea y capacitar a los ciudadanos. Va ligado a los demás objetivos del Plan de Acción para la Democracia Europea, es decir, la promoción de elecciones libres y justas y la protección de la libertad y el pluralismo de los medios de comunicación[14]. Fuente de la información: CE. Fuente de la imagen: AbsolutVision en pixabay.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Conciencia y capacidad contra la desinformación. 2019. Sitio visitado el 29/05/2021.
[2] Velasco Carretero, Manuel. Código de práctica contra la desinformación. 2019. Sitio visitado el 29/05/2021.
[3] Velasco Carretero, Manuel. La UE preocupada por la desinformación. 2020. Sitio visitado el 29/05/2021. Plan de acción para contrarrestar desinformación
[4] Velasco Carretero, Manuel. La UE preocupada por la desinformación. 2018. Sitio visitado el 29/05/2021.
[5] La propuesta de la Comisión para la Ley de Servicios Digitales establece un mecanismo de protección de la corregulación para las medidas incluidas en el Código revisado y reforzado.
[6] La Comisión fomenta la adhesión al Código de las plataformas establecidas y emergentes que se encuentran activas en la UE, de las partes interesadas pertinentes en el ecosistema de publicidad en línea (como los intercambios de publicidad, los proveedores de tecnología publicitaria, las marcas que se benefician de la publicidad), de los servicios de mensajería privada y de las partes interesadas que pueden contribuir con recursos o conocimientos técnicos al funcionamiento efectivo del Código. El Código reforzado debe incluir nuevos compromisos adaptados que correspondan al tamaño y a la naturaleza de los servicios prestados por los signatarios.
[7] Las plataformas y los agentes del ecosistema de publicidad en línea han de responsabilizarse y colaborar mejor para acabar con la financiación de la desinformación, especialmente intercambiando información sobre publicidad desinformativa rechazada por uno de los firmantes, aumentando la transparencia y la rendición de cuentas en lo relativo a la colocación de anuncios e impidiendo la participación de agentes que publican sistemáticamente contenido desmentido.
[8] El Código reforzado debe ofrecer una amplia cobertura de los comportamientos manipuladores existentes y emergentes a los que se recurre para difundir desinformación (como bots, cuentas falsas, campañas de manipulación organizadas o robos de cuentas), además de incluir compromisos adaptados para garantizar la transparencia y la rendición de cuentas de las medidas adoptadas para reducir sus efectos.
[9] Los usuarios necesitan tener acceso a herramientas que les permitan entender mejor el entorno de línea y navegar en él de forma segura. Los signatarios tienen que hacer que sus sistemas de recomendación, esto es, cómo perciben los usuarios el contenido, sean transparentes, y tomar medidas para reducir los riesgos que estos generan, como la difusión viral de desinformación. También deben dotar a sus usuarios de herramientas y procedimientos accesibles y efectivos para denunciar la desinformación susceptible de ocasionar daños públicos o personales. Aquellos usuarios cuyo contenido o cuyas cuentas se vean afectados por medidas adoptadas en respuesta a estas denuncias han de tener acceso a un mecanismo adecuado y transparente que les permita recurrir y obtener reparación. El Código reforzado también debe mejorar la visibilidad de la información fiable de interés general y alertar a los usuarios que hayan interactuado con contenido detectado como falso por los verificadores de datos.
[10] El nuevo Código debe contemplar una mejor cooperación con los verificadores de datos y aumentar su cobertura entre los países e idiomas de la UE. El Código reforzado también ha de incluir un marco sólido de acceso a los datos para los investigadores.
[11] El Código reforzado debe incluir un marco mejorado de seguimiento basado en indicadores de rendimiento clave que midan los resultados y las consecuencias de las medidas adoptadas por las plataformas, así como el efecto global en la UE del Código relativo a la desinformación. Las plataformas deben presentar a la Comisión informes periódicos sobre las medidas adoptadas y los indicadores de rendimiento clave pertinentes. Las plataformas deben presentar la información y los datos con formatos normalizados y desglosar la información por Estados miembros.
[12] Este último recibió más de 11 millones de euros para crear 8 centros regionales de ayuda a la realización y la expansión de su labor en los Estados miembros. Este grupo de trabajo, que también contará con la ayuda de expertos, contribuirá a evaluar y adaptar el Código en vista de los cambios tecnológicos, sociales, legislativos y del mercado.
[13] Abundancia de información sobre un tema concreto.​ El término se deriva de la unión entre la palabra información y la palabra epidemia (Fuente. fundeo.es).
[14] La UE ha movilizado al sector industrial, los medios de comunicación, las universidades y las autoridades públicas y fomenta una mayor participación en el Código.