miércoles, 17 de febrero de 2021

El Compliance llega a las organizaciones políticas

Fuente de la imagen: Plumeploume en pixabay
Relativamente sorprendido me he quedado al escuchar el compromiso del líder del partido de la oposición de mi país, en crear un nuevo departamento de compliance, que establecerá mecanismos de transparencia, rendición de cuentas y un canal anónimo de denuncias con absolutas garantías, a semejanza de lo que sucede en las grandes empresas[1]. “Más vale tarde que nunca” y, en cualquier caso, una buena noticia para los que abogamos desde hace tiempo por la implantación de cultura de cumplimiento en todos los estamentos de la economía y de la sociedad, de forma que se propicie un mundo más justo, igualitario y sostenible para nuestros hijos e hijas.

Algún que otro puede pensar “a buenas horas mangas verdes”. No le quito la razón puesto que esa consigna debería ser la bandera de cualquier partido político, sea conservador, progresista o liberal. Pero si lo anterior puede catalogarse como utópico o canto al sol, recurro a la Ley Orgánica 8/2007, sobre financiación de los partidos políticos españoles donde el legislador de turno, ya en el Preámbulo reconocía la necesidad de establecer garantías y más medios para que el sistema de financiación no incorpore elementos de distorsión entre la voluntad popular y el ejercicio del poder político.

Si me permite el Sr. Casado, traeré a colación también la Ley Orgánica 7/2012[2], que modificó el Código Penal español (CP) incorporando el Título XIII bis, “De los delitos de financiación ilegal de los partidos políticos”[3] y con el que el legislador del momento pretendía superar la percepción de impunidad de los partidos y los sindicatos, extendiendo a ellos la responsabilidad por las actuaciones ilícitas desarrolladas por su cuenta y en su beneficio, por sus representantes legales y administradores, o por los sometidos a la autoridad de los anteriores cuando no hubiera existido un control adecuado sobre los mismos. Fuente de la imagen: Plumeploume en pixabay.
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[1] Casado, Pablo. Intervención ante el Comité Ejecutivo Nacional. 2021. Sitio visitado el 17/02/2021.
[2] Ley Orgánica 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social. https://www.boe.es/boe/dias/2012/12/28/pdfs/BOE-A-2012-15647.pdf Sitio visitado el 17/02/2021.