miércoles, 4 de diciembre de 2019

Privacidad en DNS

Fuente de la imagen: JanBaby en pixabay
Dentro de los habituales "hojeos" en las sobremesas otoñales, parte de la tarde del martes la pasé hojeando las recomendaciones de privacidad sobre los protocolos de sistemas de nombres de dominio, DNS (Domain Name System), que recientemente ha publicado en formato de nota técnica, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), y que en su momento referencié en el sitio Protección de Datos. Si quieres acceder al informe, clickea AQUÍ

Apunta la AEPD, que el DNS fue creado hace treinta y siete años (en 1983), para facilitar la navegación y el acceso a sitios web, de forma que los usuarios pudieran introducir el nombre de la página a la que deseaban acceder, en vez de tener que recordar el código numérico de hasta doce dígitos que constituye la dirección IP. DNS se apoya en bases de datos que almacenan información asociada a nombres de dominio. 

En el documento, titulado “Privacidad en DNS”, se analizan las posibles implicaciones para la privacidad de las personas, derivadas del uso de los DNS. Va dirigido fundamentalmente a desarrolladores de software, administradores de red, prestadores de servicios DNS y proveedores de acceso a Internet. Fuente de la información: AEPD. Fuente de la imagen: JanBaby en pixabay.