sábado, 8 de junio de 2019

La Diligencia Debida y los Trust

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Parte de la tarde del viernes la pasé hojeando la guía de cumplimiento de las obligaciones de diligencia debida en relación con los fideicomisos anglosajones (trusts) y otros instrumentos jurídicos similares, elaborada por el Servicio Ejecutivo español de la Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, Sepblac, información que ya referencié y linkeé en el sitio Prevención de Blanqueo, documento dirigido a los sujetos obligados a la Ley española 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Contiene orientaciones para el cumplimiento de las obligaciones de diligencia debida a aplicar en las relaciones de negocio u operaciones con fideicomisos o trust. Según apunta el Sepblac en la introducción, en línea con lo que estudié en Derecho, el fideicomiso anglosajón (también conocido como trust), es una figura originaria del derecho inglés en virtud de la cual una persona (fiduciario o trustee) controla bienes o derechos con un fin determinado o en beneficio de un tercero. 

El trust es un instrumento jurídico que ha experimentado un gran desarrollo y que cumple un importante papel en el tráfico económico internacional. Ello no obstante, su opacidad lo hace propicio al abuso y su empleo en esquemas de blanqueo de capitales está bien documentado[1]. Aunque el fideicomiso anglosajón es un instrumento ajeno al ordenamiento jurídico español, la creciente internacionalización de las relaciones económicas puede dar lugar a que los sujetos obligados establezcan relaciones de negocio o intervengan en operaciones con trust constituidos con sujeción a la legislación de Estados terceros. En este contexto, los riesgos inherentes a los trust y la carencia de experiencia práctica sobre esta figura en España han propiciado que el Sepblac publique la Guía, al proporcionar orientaciones a los sujetos obligados sobre las obligaciones de diligencia debida a desarrollar en las relaciones de negocio u operaciones con trust. Fuente de la información: Sepblac. Fuente de la imagen: mvc archivo propio. 
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[1] V. Money Laundering Using Trust and Company Service Providers. FATF (2010).