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A través del Portal FinTech, la CNMV colabora con los promotores y entidades financieras, proporcionando ayuda sobre la interpretación y aplicación de aspectos normativos del mercado de valores que pudieran afectar a sus proyectos. Esa colaboración permitió a la CNMV conocer de primera mano algunas de las demandas y necesidades del sector FinTech en España y ha derivado en la fijación de criterios sobre determinadas cuestiones que recientemente se han puesto a disposición del público en formato de Preguntas y Respuestas[3].
Te comento lo anterior, porque en la tarde del martes estuve hojeando el artículo de Sergio Gorjón “El crecimiento de la industria fintech en China: un caso singular”[4]. Y es que[5] en apenas dos décadas, la República Popular China se ha consolidado como uno de los países más destacados en materia de fintech. Para el autor, “esta evolución es el resultado de una combinación singular de factores, entre los que destacan las deficiencias estructurales de su sistema financiero, el avance de su clase media y su actitud ante la privacidad, un elevado nivel de conectividad digital, el peso del comercio electrónico y una sucesión de políticas públicas y de regulaciones posibilistas”.
A lo anterior, Gorjón incorpora que “la emergencia de la industria fintech en China está marcada por el éxito de los grandes gigantes tecnológicos nacionales, que, recientemente, han iniciado una senda de expansión internacional”. Según Sergio, el “Gobierno chino sigue apostando por el desarrollo de unos planes estratégicos ambiciosos, que, por primera vez, evidencian una mayor preocupación por la existencia de un marco de salvaguardas robusto en lo que respecta tanto a la clientela como a la estabilidad financiera”. Fuente de la información: BE.
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[1] Publicaciones como “Blockchain, despachos, bufetes y asesorías”, “El GAFI a examen” o “El Marketing en la Economía Digital” son prueba de ello. Sitios visitados el 31/10/2018.
[2] Velasco Carretero, Manuel. En torno a Fintech. 2018. Sitio visitado el 31/10/2018.
[3] Si quieres acceder al documento, titulado “Preguntas y Respuestas dirigidas a empresas FinTech sobre actividades y servicios que pueden tener relación con la CNMV”, clickea AQUÍ. Sitio visitado el 31/10/2018.
[4] Recientemente publicado en el Boletín Económico 4/2018 editado por el Banco de España (BE). Si quieres acceder al documento, clickea AQUÍ. Sitio visitado el 31/10/2018.
[5] Como se apunta en la sinopsis del artículo.