Fuente de la imagen: mvc archivo propio |
Nos enteraremos no sólo de las respuestas a las preguntas con las que empezaba este texto, sino también a cuestiones del tipo ¿Es necesaria la autorización y registro para realizar la actividad conocida como roboadvise? ¿Qué opinión tiene la CNMV sobre la inversión por parte de los inversores en “criptomonedas”? ¿Qué criterios tiene la CNMV sobre las ofertas iniciales de criptomonedas (ICOs)? ¿Puede una empresa FinTech comercializar productos de más de una entidad autorizada, registrada y supervisada por la CNMV o de más de una entidad de crédito autorizada, registrada y supervisada por el Banco de España? ¿Cuándo se considera que la venta de software a inversores minoristas es un servicio de inversión y por tanto debe ser realizado por una empresa autorizada, registrada y supervisada por la CNMV? ¿Una empresa FinTech cuyo negocio se basa en comercializar estrategias de inversión de otros inversores[4] necesita estar autorizada, registrada y supervisada por la CNMV? Fuente de la información: CNMV.
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[1] El Portal FinTech CNMV.
[2] FinTech, en inglés.
[3] Si quieres acceder al documento, titulado “Preguntas y Respuestas dirigidas a empresas FinTech sobre actividades y servicios que pueden tener relación con la CNMV”, clickea AQUÍ. Sitio visitado el 16/05/2018.
[4] “Social trading”.