Fuente de la imagen: mvc archivo propio |
Coincido con el Ministerio en que "la economía colaborativa no puede usarse como eslogan para esconder el abuso de la figura del autónomo", en alusión a la pluralidad que existe en el sector y en los desafíos que plantean las plataformas tecnológicas, en el ámbito de la economía colaborativa. "Se plantean dos retos, el social: cómo evitar que estos nuevos modelos de negocio vengan acompañados de una precarización de las condiciones de trabajo y de un menor grado de protección social; y el jurídico: cómo encuadrar a los trabajadores en una de las dos categorías tradicionales bajo las que se realiza un trabajo por cuenta ajena y trabajo por cuenta propia". La titular de Trabajo apunta el compromiso de aprobar un plan director contra la explotación laboral, cuya finalidad es intensificar la lucha contra el uso fraudulento de la figura del autónomo y el fraude a la Seguridad Social. Este plan estará en línea con los acuerdos del Parlamento Europeo, que insta a los Estados miembros a que lleven a cabo inspecciones laborales suficientes en las plataformas online e impongan sanciones en caso de infracción de la normativa, y presten atención particular al trabajo no declarado y al falso trabajo autónomo en este sector. Para ello, se intensificará la actividad de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social impartiendo formación especializada a inspectores y subinspectores y a través de programas piloto en distintas comunidades autónomas. Obviamente, este problema "necesita un debate más amplio, la solución no está solo en la intervención de la Inspección o de los órganos jurisdiccionales", por lo que es necesario trabajar para que las medidas que se adopten en España, no sean diferentes a las de los países de nuestro entorno (Fuente de la información: MTMySS).
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[1] Velasco carretero, Manuel. Relevantes y Disruptivas (2017), UE: competencia y derechos (2017), Portal del Empleado (2016). Sitios visitados el 03/04/2018.
[2] Velasco Carretero, Manuel. Consumo Colaborativo Tecnológico. 2016. Sitio visitado el 03/07/2018.
[3] Si quieres acceder al documento, clickea AQUÍ. Sitio visitado el 03/07/2018.
[4] Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.