jueves, 19 de junio de 2025

Turismo Protegido: La Inspección que Cuida de Ti

Fuente de la imagen: esquema desarrollado en la clase de la asignatura Derecho Administrativo Turístico (DAT), de tercero del Grado en Turismo de la Facultad de Turismo de la UMA; mvc
La inspección de turismo (M. Velasco, 2012)[1] en Andalucía constituye un elemento dentro del marco del Derecho Administrativo Turístico, cuyo propósito principal es garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en el sector, proteger los derechos de los consumidores y promover la calidad y la seguridad en los servicios turísticos. Esta función, ejercida por el personal funcionario habilitado, permite verificar que los establecimientos y actividades turísticas operen conforme a los requisitos legales establecidos, favoreciendo así un entorno competitivo leal y sostenible. La inspección de turismo se define como un procedimiento administrativo de control y tutela llevado a cabo por órganos específicos y competentes, que puede realizarse de forma planificada o motivada por indicios, denuncias o incidencias, con la finalidad de comprobar el cumplimiento del ordenamiento jurídico en actividades económicas, sociales o administrativas relacionadas con el sector turístico. Las funciones atribuidas a la inspección en este ámbito son variadas y esenciales para mantener la calidad del servicio, entre ellas destacan la comprobación del cumplimiento de la normativa, la persecución de actividades clandestinas, la clasificación y el registro de establecimientos, así como la emisión de informes técnicos solicitados por la Administración, ejerciendo un papel educativo, asesorando y orientando a los titulares de establecimientos y actividades sobre sus derechos y obligaciones. 

Asimismo, contribuyendo a la promoción de buenas prácticas y a la mejora continua del sector. Para ello, los inspectores realizan visitas in situ, levantando actas de inspección en las que se recogen datos identificativos del establecimiento, hechos constatados, posibles infracciones y las sanciones que, en su caso, podrían imponerse. El ejercicio de estas funciones se encuentra regulado por un marco jurídico consolidado, destacando la Ley 13/2011 del Turismo de Andalucía, el Decreto 144/2003 de la Inspección de Turismo, y la normativa específica sobre planificación y procedimientos de inspección, instrumentos que establecen los requisitos que deben cumplir los inspectores, quienes deben ostentar la condición de agentes de la autoridad, con facultades para requerir documentación, solicitar apoyo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, e incluso, en casos necesarios, actuar en defensa de la legalidad bajo la protección y facultades que les confiere la ley. Asimismo, se establece que la actuación de la inspección debe respetar los derechos y libertades de los interesados, garantizando un proceso justo y transparente. El procedimiento de inspección sigue una planificación previa mediante planes de inspección programada, que aseguran la eficiencia y la legalidad de las actuaciones. Durante las visitas, si los inspectores no encuentran la documentación en el momento, pueden conceder plazos para su entrega o citar a los responsables para comparecer y facilitar la información.

La notificación de las actas de inspección se puede realizar en el mismo acto o en un plazo de diez días hábiles, y estas actas tienen valor probatorio respecto a los hechos constatados de manera personal por el inspector, sin perjuicio de las pruebas que puedan aportar las partes interesadas en su defensa. En caso de detectar irregularidades, la Administración puede proceder a requerir la subsanación de las deficiencias y, si procede, iniciar procedimientos sancionadores, que deben seguir las garantías del proceso administrativo, incluyendo la audiencia del interesado y la imposición de sanciones proporcionales a la gravedad de las infracciones. Es importante señalar que los inspectores de turismo actúan en el ejercicio de sus funciones con respeto y consideración hacia los interesados, y en ocasiones pueden solicitar el auxilio de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para garantizar el cumplimiento de sus actuaciones. Asimismo, deben comunicar cualquier hecho que pueda constituir delito o falta penal a las autoridades competentes para que puedan actuar en consecuencia. De esta manera, la inspección de turismo se constituye como un mecanismo de control y un instrumento de protección y mejora del sector turístico, promoviendo un mercado más transparente, equitativo, seguro y sostenible en Andalucía. Fuente de la información: normativa y texto referenciados. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] Velasco-Carretero, Manuel (2012). La inspección de turismo. Sitio Economía Sostenible. Visitado el 19/06/2025.