viernes, 14 de marzo de 2025

La Legalidad y el Turismo, una Alianza Indisoluble

Fuente de la imagen: El Matrimonio (M. Velasco, 2003)
En el marco de la impartición de la asignatura Derecho Administrativo Turístico (DAT), de tercero del Grado en Turismo de la Facultad de Turismo de la UMA, y bajo el método “docencia participativa” (M. Velasco, 2024)[1], la tarde del jueves la pasé impartiendo al grupo C nociones sobre el principio de legalidad y las potestades administrativas en mi país. En el entramado del Estado de Derecho, el principio de legalidad se erige como un pilar característico, especialmente en el DAT, donde las decisiones impactan directamente en la ciudadanía y en las empresas. Dicho principio establece que la Administración Pública (AP) debe actuar siempre conforme al ordenamiento jurídico (OJ) aplicable, asegurando que cada acción y decisión se ajuste a un marco normativo claro y preestablecido. Imaginemos un director de orquesta que guía a sus músicos siguiendo una partitura. Esa partitura es el OJ, y el director es la AP. El principio de legalidad garantiza que la melodía resultante sea armoniosa y predecible, protegiendo a los "oyentes" (la ciudadanía) de posibles improvisaciones arbitrarias.
Fuente de la imagen: Turismo identitario. Sitio Economía Sostenible (M. Velasco, 2003)
En el sector turístico español, en general, y andaluz, en específico, donde las decisiones administrativas de la AP de turno pueden influir significativamente en inversiones, desarrollo económico, seguridad, sostenibilidad... el respeto a este principio es crucial, por lo que actuar dentro de los límites legales, teniendo siempre presente el OJ regulatorio, fomenta la confianza pública y la seguridad jurídica, elementos vitales para un turismo ordenado y sostenible. Su aplicación exige que cada acción administrativa esté motivada y alineada con los fines de las leyes aplicables. Incluso en situaciones de crisis, como la última pandemia, las medidas extraordinarias deben ser idóneas, necesarias y proporcionales, equilibrando la protección de la salud pública con los derechos individuales. Las potestades administrativas, por su parte, son los poderes que la AP posee para cumplir sus funciones en beneficio del interés general. Estas potestades deben ejercerse con objetividad, eficacia y dentro de la jerarquía normativa, descentralización y coordinación.
Fuente de la imagen: Competencia turística y vinculación estatal.
Sitio Economía Sostenible (M. Velasco, 2006)
El artículo 103.1 de la Constitución Española (CE), refuerza esta idea, estableciendo que las Administraciones Públicas (AAPP) deben servir con objetividad los intereses generales. Esto implica que cada ejercicio de potestad administrativa debe ser transparente y responsable, especialmente en el sector turístico, donde las decisiones pueden afectar la competitividad de destinos y empresas. En síntesis, el principio de legalidad y las potestades administrativas son conceptos interrelacionados que aseguran el buen funcionamiento de la AP en el DAT. El respeto a la ley y las decisiones objetivas y motivadas protegen tanto los derechos ciudadanos como los intereses del sector turístico. La integración de estos conceptos jurídicos en la práctica administrativa promueve la confianza en la gestión pública y contribuye a un turismo sostenible y equitativo. Por ello, es importante que tanto profesionales del Derecho como operadores turísticos comprendan y apliquen estos principios para garantizar una gestión pública que proteja la legalidad y el bienestar general.
Fuente de la imagen: mvc archivo propio
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[1] Velasco-Carretero, Manuel (2024). Donde alumnado y docente cambian roles. Sitio visitado el 14/03/2025.