jueves, 6 de octubre de 2022

Operadores jurídicos de la diversidad funcional

 Ilma. Sra. Decana del Ilustre Colegio de Abogados de Sant Feliu de Llobregat, Dña. Eva María Ribó Fenollós, en el curso "La función de la Abogacía en la aplicación práctica de la ley 8/2021 de 2 de junio", organizado por la Sección de Diversidad Funcional del Ilustre Colegio de la Abogacía de Málaga
En el texto “Diversidad Funcional y Capacidad Jurídica[1] te trasladaba información de las Jornadas sobre la incidencia en el Derecho Mercantil de la Ley 8/2021[2], propuestas por las secciones de Diversidad Funcional y Mercantil del Ilustre Colegio de la Abogacía de Málaga (España). Para los organizadores, la normativa, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con diversidad funcional en el ejercicio de su capacidad jurídica, ha supuesto un importante hito en mi país. Y es que todos los operadores jurídicos son una parte del mecanismo previsto para que la inclusión y la igualdad para las personas con discapacidad finalmente se materialice.

Pues bien, la tarde del miércoles la pasé escuchando a la Ilma. Sra. Decana del Ilustre Colegio de Abogados de Sant Feliu de Llobregat, Dña. Eva María Ribó Fenollós, analizar el papel que puede desarrollar la abogacía tras la importante modificación operada con la entrada en vigor de la reforma de legislación civil y procesal en materia de discapacidad, organizado por la Sección de Diversidad Funcional del Ilustre Colegio de la Abogacía de Málaga, que en esta ocasión ha procurado poner en valor el importante papel de los abogados y abogadas como operadores jurídicos en esta nueva realidad jurídica. Fuente de la imagen: instantánea de la ponencia de la Sra. Ribó.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Diversidad Funcional y Capacidad Jurídica. 2022. Sitio visitado el 06/10/2022.
[2] Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. Publicado en: «BOE» núm. 132, de 03/06/2021. Entrada en vigor: 03/09/2021.