Fuente de la imagen: mvc archivo propio |
Informa el CUE que la Directiva[4], establece que de aquí a 2026, al menos el 40 % de los administradores no ejecutivos de las empresas cotizadas deben ser miembros del sexo menos representado. Si los Estados miembros optan por aplicar las nuevas normas tanto a los administradores ejecutivos como a los no ejecutivos, el objetivo sería alcanzar el 33 % de todos los puestos de administrador. El elemento central estipula que las empresas cotizadas que no cumplan tendrán que adaptar sus procesos de selección, estableciendo procedimientos que sean justos y transparentes y que se basen en una evaluación comparativa de los diferentes candidatos a partir de criterios claros, formulados de forma neutral. Cuando las empresas tengan que escoger entre dos candidatos igualmente capacitados, le darán prioridad al candidato del sexo menos representado. Fuente de la información: CUE. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. ¿Presencia femenina en consejos administración? 2021. Sitio visitado el 18/10/2022.
[2] Comisión Nacional del Mercado de Valores español (CNMV). Gobierno Corporativo (IAGC) de las entidades emisoras. Ejercicio 2020. PDF visitado el 18/10/2022.
[3] Comisión Nacional del Mercado de Valores español (CNMV). Remuneraciones de los Consejeros (IARC). Ejercicio 2020. PDF visitado el 18/10/2022.
[4] Que deberá incorporarse al Derecho nacional.