viernes, 19 de febrero de 2021

El rey fax ha muerto. Viva el buzón telemático

Fuente de la imagen: archivo propio
En el webinar que te avancé en “Compliance en el sector inmobiliario[1], comentaba la importancia que la ciberseguridad debe tener en todo programa de cumplimiento normativo que se precie. Hoy, las reglas del juego en cuanto a la tecnología se refiere, son otras. Recientemente, anunciaba la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), una serie de cambios importantes a partir del 1 de marzo de 2021, que afectarán la forma en que la EUIPO se comunica con los clientes[2]. Por un lado, bajo el término 100% eComm, se inventarían una serie de mutaciones como, por ejemplo “no más fax”, dado que las comunicaciones por fax resultan cada vez menos fiables, la EUIPO ha interrumpido su servicio de fax como medio de comunicación en sus procedimientos.

La eComm, la plataforma segura de comunicaciones electrónicas de la EUIPO, será el medio de comunicación aceptado para los titulares de cuentas en todos los asuntos relacionados con las marcas y diseños de la UE a través del Área de usuario. Los usuarios que no hayan elegido eComm como su medio de comunicación preferido, se cambiarán automáticamente a eComm. Igualmente, el uso compartido de archivos desde el área de usuario : el botón 'Alternativa de fax', que se encuentra en el Área de usuario en la pestaña 'Comunicaciones', pasará a llamarse 'Alternativa de correspondencia', si bien se seguirán aplicando los términos y condiciones habituales, actuando como respaldo en caso de mal funcionamiento de operaciones electrónicas específicas.

En cuanto al uso compartido de archivos desde fuera del área de usuario, una nueva opción estará disponible para los usuarios que no puedan acceder a su cuenta. La plataforma de intercambio de archivos será independiente del sitio web de la EUIPO y estará disponible durante el horario comercial de la EUIPO, después de contactar. Finalmente, bajo el slogan No más CD y DVD, se agrupan, por ejemplo, aspectos relacionados con el USB y pendrives, en el sentido de que los usuarios deben enviar documentos u otros elementos de prueba para su uso en procedimientos que utilicen pequeñas unidades de almacenamiento portátiles, como memorias USB, y no discos duros externos, como CD-ROM o discos ópticos[3]. Fuente de la información: EUIPO. Fuente de la imagen: archivo propio.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Compliance en el sector inmobiliario. 2021. Sitio visitado el 19/02/2021.
[2] Para obtener más información sobre la comunicación por medios electrónicos, consulte la Decisión No EX-20-09.
[3] Para obtener más información sobre las especificaciones técnicas de los anexos presentados en soportes de datos, consulte la Decisión No EX-20-10