viernes, 22 de enero de 2021

¿Recuperacion de la actividad en los juzgados?

Fuente de la imagen: mucahityildiz en pixabay
Mientras la relación de los distintos operadores jurídicos con la Administración de Justicia española, consecuencia de la pandemia que estamos padeciendo, está “de aquella manera”, con dificultad de uso de las tecnologías antediluvianas (lexnet), complicaciones extremas para contactar telefónicamente, desconocimiento de la recepción de emails, solicitud previa de varias semanas para hablar con el letrado de la administración de justicia… según el Ministerio de Justicia (MJ), casi un centenar de juzgados de lo social y 50 de lo mercantil han alcanzado los objetivos de auto refuerzo previstos en la primera fase del supuesto plan de choque[1] para recuperar la actividad de los juzgados[2], destacando la resolución de más de 110 procedimientos sociales por mes y órgano participante.[3] De forma complementaria a las medidas de refuerzo, desde el MJ se están impulsando también soluciones estructurales, tanto para la planta judicial[4], como en la normativa procesal, a través de la presentación del Anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia, que presumiblemente generalizará el recurso a medios adecuados de solución de controversias para facilitar la adopción de acuerdos sin intervención judicial, introduciendo mejoras tecnológicas en los procesos. 

Pero aún hay más. Informa el MJ que durante 2021 llevará a cabo la ejecución de la segunda fase del Plan de Actuación de la Disposición Adicional Decimonovena del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente a la Covid-19, manteniéndose las medidas de auto refuerzo y refuerzo externo aprobadas para la primera fase[5], que preveían actuaciones en los ámbitos social y mercantil y únicamente en relación a los procedimientos declarativos, extendiéndolas ahora al ámbito de lo contencioso-administrativo y a los órganos de segunda instancia. Además, se introduce la existencia de equipos de asignación dinámica adscritos al territorio de cada Tribunal Superior de Justicia, compuestos inicialmente por jueces y letrados de la Administración de Justicia, para labores de refuerzo o sustituciones según las necesidades de las sedes judiciales. La gestión de esta segunda fase del plan se realizará con la coordinación de las instituciones y administraciones competentes, y con seguimiento continuo, mediante una valoración mensual del cumplimiento de los objetivos marcados. Fuente de la información: MJ. Fuente de la imagen: mucahityildiz en pixabay.
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[1] Unos planes de choque en respuesta a la pandemia que tienen como objetivo incrementar la capacidad de resolución de los juzgados para restablecer los niveles de actividad registrados en el momento de declaración de estado de alarma. 
[2] Pendiente de la consolidación de los datos con la inclusión del mes de diciembre, durante la primera fase del plan. 
[3] Lo que ha supuesto un esfuerzo extraordinario por parte de los magistrados, letrados y demás cuerpos al servicio de la Administración de Justicia, que han incrementado el número de juicios señalados en circunstancias muy excepcionales como son las que ha impuesto la pandemia. 
[4] mediante la creación de las 33 unidades judiciales comprendidas en el Real Decreto 1050/2020, de 1 de diciembre
[5] septiembre-diciembre de 2020.