miércoles, 16 de septiembre de 2020

Sobre hotlinking, inline linking... enlaces en línea

Fuente de la imagen: 200degrees en pixabay
En relación al texto ¿Inline linking requiere la autorización del autor?, me pidió Paco que le explicara detenidamente qué era eso del “enlace en línea”. puesto que la traducción de inline linking le generaba confusión y se liaba: ¿Es que si finalmente el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictamina en sintonía con lo que propone el Abogado General (AG), no voy a poder linkear sitios webs si no dispongo previamente de la autorización del propietario de los derechos de autor? Preguntó. Para responder, me apoyé en las consideraciones de Mike Masnik[1], recogidas en el sitio marketing—post, bajo el explícito título “inline linking”, también identificado como hotlinking, leeching, piggy-backing, direct linking o capturas de objetos virtuales fuera del sitio, y que básicamente consiste en el uso de un objeto vinculado, a menudo una imagen, en un sitio web por una página web que pertenece a un segundo sitio, entendiendo que ese segundo sitio web tiene un “enlace en línea” al otro sitio donde realmente se encuentra el objeto.

Cuando un navegador descarga una página html que contiene el objeto, se comunicará con el servidor remoto para acceder al contenido. Masnik entiende que es una infracción de derechos de autor hacer copias de una obra para la que no se tiene licencia, pero no existe ninguna infracción cuando se proporciona un enlace de texto simple dentro de un documento html que apunta a otra ubicación del archivo original. Salvo mejor criterio del AG, en mi opinión, si incrusto en este texto que estás leyendo, un objeto, del que no tengo cedido los derechos de autor y que se encuentra en otro sitio web (imagen, presentación, vídeo…) bajo una instrucción del tipo < iframe allow="accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture" allowfullscreen="" frameborder="0" height="315" src="https://paginaweb/ embed/00036587?controls=0" width="560" >; y lo que se incorpora da la impresión que está en este sitio y para nada hace referencia al segundo sitio donde se encuentra ubicado realmente el objeto y, supuestamente, no se dispone de la preceptiva autorización por derechos de autor, estaría incurriendo en una infracción.

Por ejemplo, en “Hasta 2038 y más allá”, se encuentra insertado un pdf que no está en ese sitio, sino alojado en otro (drive.google). Si el autor de ese pdf no fuera yo y el poseeedor de los derechos de autor no hubiera autorizado ningún tipo de inserción ni yo dispusiera de autorización específica de uso, estaría incurriendo en una trasgresión de derechos. Ahora bien ¿Qué pasa si el usuario del sitio original permite que se inserte su obra en la web de un tercero (caso de los usuarios de Youtube, que tienen la opción “permitir inserción” cuando suben un video al canal)? Pues entiendo que no estaría cometiendo una transgresión de derechos (junto a que Youtube se encarga de incorporar en el vídeo incrustado la identificación del autor y del canal). Cuestión aparte es el uso de link simples que dirigen al visitante al sitio web donde se encuentra ubicada la supuesta obra (imagen, vídeo…), en cuyo caso, a priori no estaríamos incurriendo en ninguna ilegalidad. ¿Y qué pasa con los sitios que ofrecen imágenes donde sus autores autorizan gratuitamente su uso? En estos casos recomiendo cerciorarse de que el uso es gratuito, leyendo detenidamente los requisitos de uso de ese banco virtual de imágenes y, aún así, suelo especificar el autor y el sitio donde se encuentra la obra, "por información y transparencia". Fuente de la imagen: 200degrees en pixabay.
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[1]Masnick, Mike. "Is Inline Linking To An Image Copyright Infringement?". Ed. Techdirt. 2014. Sitio visitado el 16/09/2020.