miércoles, 22 de octubre de 2025

¿Sabes qué es tuyo? Acerca del patrimonio del Estado

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Piensa por un momento todo lo que posee el Estado: desde las carreteras por las que viajamos, los parques en los que paseamos y los edificios que albergan ministerios u hospitales, hasta parcelas de terreno sin uso, oficinas vacías o incluso acciones en grandes empresas. Todo este conjunto de bienes y derechos conforma el patrimonio público, un tesoro que pertenece a toda la ciudadanía y cuya correcta gestión nos beneficia directamente. Para organizar este vasto y diverso patrimonio, existe la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas del año 2003 (M. Velasco, 2004)[1], que modernizó una normativa antigua para adaptarla a la realidad del momento, con la finalidad de que la gestión de lo que es de todas y todos se realice de forma eficiente, coordinada y transparente, buscando siempre el interés general[2]. Se estableció una distinción clave para entender cómo se gestionan estos bienes, dividiéndolos en dos grandes categorías. Por un lado, están los bienes de dominio público, también llamados demaniales. Son aquéllos que están destinados al uso de todo el mundo[3] o que se utilizan para prestar un servicio público, como un colegio, un centro de salud o el edificio de un ayuntamiento. Estos bienes tienen una protección especialísima: no se pueden vender, ni embargar por deudas, ni nadie puede apropiarse de ellos por mucho tiempo que los ocupe. Su razón de ser es servir a la comunidad. Si una persona o empresa quiere hacer un uso particular de ellos[4] necesita un permiso especial del Estado, que puede ser una autorización para algo temporal o una concesión para un uso más duradero y estable, como un restaurante en un edificio histórico.

Por otro lado, encontramos los bienes patrimoniales, que son todos los demás bienes que pertenecen a las administraciones públicas pero que no están directamente dedicados a un servicio o uso público. Pensemos, por ejemplo, en un local comercial que el Estado ha recibido en una herencia, un piso vacío o las acciones que posee en una compañía eléctrica. A diferencia de los bienes de dominio público, este patrimonio sí se puede vender, alquilar o gestionar de forma parecida a como lo haría una entidad privada, pero siempre con una meta: que sean productivos y rentables para el conjunto de la sociedad. La normativa impulsa a que estos bienes no queden olvidados en un cajón, sino que se pongan en valor. Así, se pueden alquilar para obtener ingresos o, si no son necesarios, venderse en subasta pública para que el dinero obtenido se ingrese en el Tesoro Público. Además, su gestión debe ayudar a otras políticas públicas; por ejemplo, se puede ceder un solar público para construir viviendas de protección oficial. Las administraciones públicas adquieren bienes de muchas maneras: a veces los compran, otras los reciben a través de donaciones o herencias. De hecho, la ley contempla situaciones curiosas: si una persona fallece sin testamento y sin familiares que puedan heredar, sus bienes pasan a ser propiedad del Estado. Igualmente, ocurre algo similar con el dinero o los bienes muebles que quedan abandonados en cuentas bancarias o cajas de seguridad durante más de veinte años, que pasan al Estado y se destinan a fines sociales, como programas para mejorar la educación de personas con discapacidad.

Para proteger este patrimonio, que es de todos, las administraciones tienen herramientas y poderes especiales. Todo bien debe estar registrado en un inventario general para saber exactamente qué se tiene y dónde está. Asimismo, cuentan con la capacidad de investigar si una finca sin dueño aparente podría ser en realidad pública, o de deslindar, es decir, marcar oficialmente los límites de sus terrenos para evitar que alguien los ocupe indebidamente. Una de sus potestades más importantes es la de recuperar la posesión. Si alguien ocupa ilegalmente una propiedad pública, la Administración puede desalojarle directamente, sin necesidad de esperar a una larga sentencia judicial, especialmente si se trata de un bien de dominio público como un camino o un parque. Por ejemplo, si un grupo de personas acampa de forma permanente en un parque nacional, la administración puede actuar para recuperar ese espacio para el uso de toda la ciudadanía. Para terminar, expresar que la ley busca la colaboración y la lealtad entre todas las administraciones: el Estado, las comunidades autónomas y los ayuntamientos. La idea es que trabajen juntas para optimizar el uso de todos los recursos públicos. Por ejemplo, si un ministerio tiene un edificio con oficinas vacías y un ayuntamiento cercano necesita espacio, pueden llegar a un acuerdo para compartirlo, evitando así un gasto innecesario. Esta visión moderna y cooperativa busca, en definitiva, que el patrimonio público no sea una carga, sino un conjunto de activos dinámicos al servicio de la sociedad, gestionados con la máxima eficiencia y transparencia para el bien común.
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[1] Velasco-Carretero, Manuel (2004). Régimen Jurídico del Patrimonio del Estado Español. Sitio Gestión Empresarial. Visitado el 22/10/2025.
[2] Y no simplemente acumulando propiedades sin un propósito claro.
[3] Como una playa o una plaza pública.
[4] Por ejemplo, instalar un quiosco en un parque o una terraza de un bar en una acera.