Fuente de la imagen: mvc archivo propio |
Hace unas semanas, estuve “wasapeándome” con Carlos acerca del, entonces, próximo cumpleaños del vigente Código Civil español (CC), comprometiéndome a editar un texto sobre el natalicio, siempre que las musas me visitaran en el alba del 24 de julio, fecha de la conmemoración. Finalmente, la inspiración matutina de ese día se decidió por los “Préstamos bancarios en la zona euro” (M. Velasco, 2019)[1]. Pero esta mañana, antes de contactar contigo, he estado “bicheando” un poco por Internet para ver si a alguien se le había ocurrido lo mismo que a Carlos, corear el cumpleaños feliz al CC. Pero nada de nada, así que, practicando el dicho “más vale tarde que…”, hoy cantaré el “cumpleaños feliz al Código Civil”. Arriba te dejo una instantánea de algunos de los ejemplares que me han acompañado a lo largo de mi experiencia universitaria, primero, y profesional después, resaltando la sexta edición de tapa roja de la editorial CIVITAS, colección “Biblioteca de Legislación”, adquirida en 1983, cuando estudiaba la Diplomatura en Ciencias Empresariales (Profesor Mercantil), con el dinero de una beca para libros que me concedió el Ayuntamiento de Ronda. Entonces no era como ahora, que pulsas una tecla y tienes los códigos actualizados al segundo; había que estar hojeando los boletines en las bibliotecas, por lo que agradecí bastante a la corporación local de mi pueblo que me ayudara a adquirir los textos (la edición de Cívitas costó 750 de las antiguas pesetas, todo un dineral en aquellos tiempos, al menos para mí).
Basta con hojear cualquier ejemplar que tengas cercano para leer en su encabezado la frase "Real Decreto de veinticuatro de julio de 1889" por el que se publicaba el CC, editado en la Gaceta de Madrid, núm. 206, de veinticinco de julio de 1889, si bien su entrada en vigor fue el dieciséis de agosto de 1889. Transcribo el refrendo de la Regente: “Teniendo presente lo dispuesto en la ley de 26 de Mayo último; conformándome con lo propuesto por el Ministro de Graciay Justicia, y de acuerdo con el parecer de mi Consejo de Ministros; En nombre de mi Augusto Hijo el Rey D. Alfonso XIII, y como Reina Regente del Reino, Vengo en decretar que se publique e inserte en la Gaceta de Madrid el adjunto texto de la nueva edición del Código Civil, hecha con las enmiendas y adiciones propuestas por la Sección de lo civil de la Comisión general de codificación, según el resultado de la discusión habida en ambos Cuerpos Colegisladores, y en cumplimiento de lo preceptuado por la mencionada ley de 26 de Mayo último. Dado en San Ildefonso a veinticuatro de Julio de mil ochocientos ochenta y nueve. MARÍA CRISTINA”. A continuación, aparece la firma del “Ministro de Gracia y Justicia, JOSÉ CANALEJAS Y MÉNDEZ”. Después, el texto ha registrado como mínimo catorce reformas de calado, acompañando a los cambios políticos desde el Reinado de Alfonso XIII hasta la actualidad (Constitución Española de 1978). Fuente de la imagen: elaboración propia. Este texto va por el CC, por Carlos y por ti.
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[1] Velasco-Carretero, Manuel (2019). Préstamos bancarios en la zona euro. Sitio visitado el 03/08/2019.