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En principio, la ABE es independiente, pero rinde cuentas ante el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo de la Unión Europea y la Comisión Europea. Aunque las autoridades nacionales de supervisión siguen siendo las encargadas de supervisar a las distintas instituciones financieras, la función de la ABE es mejorar el funcionamiento del mercado interior asegurando una supervisión y una regulación adecuadas, eficientes y armonizadas a escala europea. El cometido principal de la ABE es contribuir, mediante la adopción de guías y normas técnicas vinculantes, a la creación del código normativo único para el sector bancario. El código normativo único tiene por objeto proporcionar un conjunto único de normas prudenciales armonizadas para las instituciones financieras de toda la UE, contribuyendo a crear unas condiciones de competencia equitativas y ofreciendo un alto grado de protección a los depositantes, los inversores y los consumidores.
La Autoridad también desempeña un importante papel en el fomento de la convergencia de las prácticas de supervisión con vistas a garantizar una aplicación armonizada de las normas prudenciales. La ABE se encarga, asimismo, de evaluar los riesgos y las vulnerabilidades del sector bancario de la UE, en particular mediante informes periódicos de evaluación de riesgos y pruebas de resistencia a nivel paneuropeo. Otras tareas establecidas en el mandato de la ABE son la investigación de las deficiencias en la aplicación del Derecho de la UE por las autoridades nacionales, la toma de decisiones en situaciones de emergencia, la mediación en los casos de desacuerdo entre las autoridades competentes en situaciones transfronterizas y el ejercicio de la función de órgano asesor independiente ante el Parlamento Europeo, el Consejo o la Comisión. En cuanto a mi país, Banco de España, CNMV y DG de Seguros y Planes de pensiones, son los supervisores del sistema financiero español.
Dependiendo de qué productos se adquiera[3] uno de los tres supervisores vigilará que se cumplan las normas de comercialización y de buenas prácticas, ya sea en agencias de valores, aseguradoras u oficinas bancarias[4]. Según el producto o servicio de que se trate y dónde lo adquiramos, todo lo relativo a su adecuada comercialización estará sometido a las reglas de uno de los organismos supervisores. La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) vigila el funcionamiento de los mercados de capitales, supervisa la solvencia y las buenas prácticas de las empresas de servicios de inversión y de otros intermediarios, además de la comercialización de valores, fondos y otros productos de inversión. También se ocupa del correcto funcionamiento de las bolsas y de otros mercados. Así, por ejemplo, cuando adquirimos acciones o deuda de una compañía, ya sea a través de un banco o de una agencia de valores, nuestra referencia es la CNMV.
La DGSFP[5] vigila la solvencia y la conducta de las compañías del sector asegurador, además de la operativa de los fondos de pensiones y de sus gestores. Por ejemplo: cuando contratamos un seguro o un plan de pensiones, asegurados y partícipes estarán protegidos por la DGSFP. El Banco de España (BE) supervisa la solvencia de las entidades bancarias y su conducta de mercado, en cuanto a la comercialización de productos y servicios bancarios. Por ejemplo: cuando abres una cuenta, haces una transferencia, pagas con tu tarjeta o pides un préstamo, tienes el respaldo del BE. Así, los tres supervisores se supone que velan por la correcta solvencia de las entidades que participan en los mercados financieros, a la vez que vigilan la correcta comercialización de productos y servicios en los mismos. Tres supervisores, pues, distintos, pero con un único objetivo: fortalecer la confianza en el sistema financiero y contribuir así a la estabilidad de sistema. Fuente de la información: ABE y BE.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Iniciativas UE de educación financiera. 2018.Sitio visitado el 04/03/2018.
[2] Así como al Comité Mixto de las Autoridades Europeas de Supervisión y las autoridades nacionales de supervisión.
[3] Pólizas, planes de pensiones, depósitos, cuentas, acciones…
[4] Así que préstamos, cuentas, acciones, tarjetas, planes de pensiones, depósitos, fondos de inversión, bonos, seguros….
[5] Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.