jueves, 27 de octubre de 2016

¿Notificaciones por SMS?

Fuente de la imagen: pixabay
Algunos profesionales, no sólo a veces escuchan campanas y no saben dónde, sino que amedrentan al personal con informaciones sesgadas, parciales o erróneas, confundiendo a diestro y siniestro. Lo sé. De todo hay en “la viña del Señor”, pero esos individuos deberían ponerlos a “comer aparte”, para que no ensucien con sus extremidades el buen hacer del resto de asesores y expertos que intentan trabajar decentemente. Agradezco que me permitas el desahogo anterior, que viene al caso porque ayer me comentaba un directivo, todo preocupado, porque su asesor le había informado acerca de la imperiosa necesidad de facilitar a la Agencia Tributaria Española su número de teléfono móvil, puesto que desde julio las notificaciones tributarias se comunican por este medio. Intenté tranquilizarlo, trasladándole la realidad actual, sin dejar al susodicho por los suelos, aduciendo que igual alguna de las partes había interpretado inadecuadamente la cuestión.

Cuando pude acceder a la Red de Redes, tecleé la web de la flamante consultoría, ubicada en la nueva milla de oro de oficinas de Málaga (España) y efectivamente, en el blog aparece sin lugar a ninguna duda lo expresado por mi interlocutor. Y supongo que esos asesores se quedan tan panchos. En fin. Así nos va. El caso es que hace unos meses, con motivo de su décimo cumpleaños, la Agencia Tributaria española anunció que entre las novedades que había puesto en marcha este año se encontraba el envío de mensajes SMS para comunicar a los contribuyentes, que así lo hubieran solicitado, que su devolución de Renta ya había sido emitida, y para el próximo año se les avisaría igualmente por SMS del envío del borrador de Renta. Todos esos mensajes también pueden verse a través de Internet, en el apartado de consultas con el certificado de firma electrónica. En la misma línea,” voluntariamente” puedes dejar en la web de la Agencia Tributaria tus datos de móvil o corree electrónico, por si quieres que te avisen por sms o email.

Finalmente, cuidado con todos estos temas, porque la propia Hacienda española, avisa de la existencia de mensajes de texto (SMS) no enviados por la Agencia Tributaria. Por ejemplo, se ha detectado el envío a los contribuyentes de sms por parte de empresas de atención e información telefónica, que redireccionan las llamadas hacia la Agencia Tributaria y las cobran en función de su tarificación, para solicitar servicios como la solicitud del borrador de Renta y su confirmación. La Agencia Tributaria recuerda en su página web que los teléfonos de información tributaria básica y otros servicios telefónicos son los que aparecen en su portal de Internet (www.agenciatributaria.es) y a los que puede acceder desde el siguiente enlace: Información Tributaria Básica 901 33 55 33 y otros servicios telefónicos[1]. Así que en España todavía no es obligatoria la comunicación del número de móvil para que te notifiquen a través de sms (Fuente de la imagen: pixabay y elaboración propia).
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[1] Sitio visitado y operativo el 27/10/2016.