viernes, 11 de abril de 2014

¡Algo es algo!

Invitado por la Unir (Gracias), ayer asistí a una masterclass, que registró una numerosa asistencia, sobre el acceso a la abogacía, impartida por la representante del Consejo General de la Abogacía (si quieres acceder a la grabación, clickea AQUÍ). Según las claves para entender la prueba, el BOE del día 17 de Marzo del 2014 (si quieres acceder a la publicación clickea AQUÍ) por fin explica cómo será este primer Examen de Estado de acceso a la abogacía. Sin embargo, el modelo de examen no convence a los distintos  grupos de interés afectados, ya que, como es obvio, un “tipo test” no demuestra si un alumno está preparado para ejercer la abogacía. Parece que los másteres en el ejercicio de la abogacía, que ofrecen las distintas universidades españolas, han sido diseñados para preparar al alumno en el ejercicio de este oficio, como, por otra parte, obligaba a ello la Ley acceso y su Reglamento. 

Sin embargo, el Examen ahora es “tipo test” y no permite a los alumnos el uso de legislación ni jurisprudencia, que es, precisamente, el material que debe saber usar un abogado o abogada para dar una solución jurídica a su cliente. Apunta la directora del máster en el ejercicio profesional de la abogacía de la Universidad de la Rioja, que por suerte, al menos los másteres universitarios ponderan un 30% en la calificación del “apto” que deben obtener los alumnos para poder colegiarse. ¡Algo es algo! Los másteres de acceso a la abogacía deben permitir a sus alumnos abordar exitosamente el Examen de Estado, pero éste no debe ser su único objetivo, porque si así fuera, se convertiría en un curso de preparación al “mir” o a la “reválida" de estos profesionales, y no en una formación para la profesión de abogado, que es cosa bien distinta (Fuente de la imagen: elaboración propia, instantánea de la sesión).