sábado, 15 de noviembre de 2025

Ciudadanía, Servidores Públicos y Poderes Limitados

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Cuando pienso en la Administración Pública de mi país (AP), a menudo la percibo como esa gran estructura que se encarga de gestionar muchísimos aspectos de la vida cotidiana de la ciudadanía española. Es necesario reconocer que, en términos generales, las personas nos encontramos sometidas al poder de la Administración, lo que significa que la AP no es una figura de derecho más que se sitúe en pie de igualdad con el resto de la población, sino que se configura como un sujeto de derecho superior. Por esta razón, las personas tenemos la obligación de acatar y obedecer las decisiones que la Administración toma, resoluciones que tienen la capacidad de condicionar nuestra esfera de libertad. Pero esta posición de sujeción no implica que la relación sea puramente negativa. Hay que recordar siempre que la razón de ser de las Administraciones y, en general, de todos los poderes públicos, es la de ser instituciones creadas para servir al pueblo, a la orden de la ciudadanía, misión que conlleva una limitación esencial: el poder de la AP no es absoluto, puesto que las normas establecen límites y condicionan rigurosamente la manera en que estas instituciones pueden ejercer sus potestades.

La existencia de estas reglas es nuestra garantía más elemental: si la AP ignora o vulnera dichas normas, las decisiones que tome serán consideradas nulas e ilícitas. Además de estas limitaciones legales al poder, la ciudadanía cuenta con una serie de derechos que deben ser respetados de forma prioritaria en todas las relaciones con la Administración, si bien el interés general resiste los derechos fundamentales. Concluyendo, la posición de la ciudadanía es de acatamiento a un poder superior, pero una potestad que está intrínsecamente limitada por su deber de servir y por el marco legal, siendo prioritario conocer esa relación, es decir, saber qué instrumentos garantizan que la AP actúe de manera correcta y sin cometer abusos, y qué herramientas tiene la ciudadanía para defenderse de cualquier actuación que resulte ser ilegal. Por ello, debemos ser conscientes de aspectos tales como, por ejemplo, el procedimiento administrativo (M. Velasco, 2020)[1], definido como el cauce formal a través del cual la Administración toma sus decisiones, y se destaca su función: aunque ralentiza la acción administrativa, asegura la legalidad, coherencia y objetividad, sirviendo como garantía básica la ciudadanía.
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[1] Velasco-Carretero, Manuel (2020). ¿Vía administrativa=Procedimiento administrativo? Sitio visitado el 15/11/2025.