sábado, 14 de diciembre de 2024

Evitando sanciones por incumplimiento de obligaciones

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
También tratamos en el curso que te referencié en El Punto de Partida del impuesto indirecto (M. Velasco, 2024)[1], el tema relativo a las obligaciones formales en el régimen general del IVA en mi país (M. Velasco, 2008)[2]. Y es que, para garantizar la correcta aplicación del IVA, el legislador estableció una serie de obligaciones formales que deben cumplir todos aquéllos que se encuentren en la condición de sujetos pasivos (M. Velasco, 2008)[3] del impuesto. De esa manera, desde el momento en que una persona o entidad inicia una actividad económica sujeta al IVA, adquiere una serie de responsabilidades fiscales. La primera de ellas es la identificación ante la Administración Tributaria, obteniendo así un Número de Identificación Fiscal (NIF) que le permitirá operar en el ámbito económico. Este registro inicial no es un trámite único, ya que la normativa exige mantener actualizada toda la información referente a la actividad, como cambios en la dirección fiscal, en la forma jurídica o en el tipo de operaciones realizadas. Otra de las obligaciones más conocidas y relevantes es la de expedir facturas. Cada vez que se realiza una operación sujeta al IVA (M. Velasco, 2008)[4], el vendedor debe emitir una factura que detalle todos los elementos de la operación, como la descripción de los bienes o servicios, los importes, los tipos impositivos aplicados y los NIF de las partes implicadas. La factura no es solo un comprobante de venta, sino también un documento contable y fiscal de gran importancia.

La contabilidad es otro pilar fundamental en el cumplimiento de las obligaciones formales del IVA. Los sujetos pasivos deben llevar un registro detallado de todas sus operaciones, tanto de compras como de ventas, con el fin de determinar con precisión el IVA repercutido a sus clientes y el IVA soportado en sus adquisiciones. Esta información será esencial para la elaboración de las declaraciones periódicas. Y hablando de declaraciones, los sujetos pasivos del IVA tienen la obligación de presentar periódicamente (generalmente de forma trimestral) declaraciones-liquidaciones en las que se detallan las operaciones realizadas, el IVA repercutido y el IVA soportado. Estas declaraciones permiten liquidar la deuda tributaria y determinar el importe a ingresar o a devolver a la Administración Tributaria. Además de las obligaciones relacionadas con la facturación y la contabilidad, los sujetos pasivos deben cumplir con otros requisitos, como la presentación de información sobre operaciones intracomunitarias y el nombramiento de un representante fiscal en caso de no estar establecidos en territorio español. Es importante destacar que el incumplimiento de estas obligaciones formales puede acarrear consecuencias graves, como la imposición de sanciones económicas o la pérdida del derecho a deducir el IVA soportado. Por ello, es fundamental que los sujetos pasivos conozcan a fondo sus obligaciones y se mantengan actualizados sobre cualquier cambio normativo. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] Velasco-Carretero, Manuel (2024). El Punto de Partida del impuesto indirecto. Sitio visitado el 14/12/2024.
[2] Velasco-Carretero, Manuel (2008). Obligaciones Formales en el Régimen General IVA. Sitio Contable y Fiscal. Visitado el 14/12/2008.
[3] Velasco-Carretero, Manuel (2008). El sujeto pasivo en el Impuesto Sobre el Valor Añadido. Sitio Contable y Fiscal. Visitado el 14/12/2024.
[4] Velasco-Carretero, Manuel (2008). El Hecho Imponible en el Impuesto sobre el Valor Añadido. Sitio Contable y Fiscal. Visitado el 14/12/2024.