martes, 30 de agosto de 2022

Reconocimiento y ejecución sentencias extranjeras

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Con la finalidad de mejorar los valores, promover el comercio y proteger a la ciudadanía europea y a su tejido empresarial a nivel mundial, la Unión Europea (UE) promueve convenios multilaterales en sus relaciones con terceros países para contar con un marco legal común en una amplia gama de temas. El principal socio internacional de la UE en materia de cooperación en materia de justicia civil es la Conferencia de La Haya sobre Derecho Internacional Privado, de la que la UE es miembro de pleno derecho desde 2007[1].

Los convenios desarrollados cubren temas como la protección de los niños[2], elección de tribunal, reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras, garantías reales, insolvencia o protección de adultos vulnerables. Hasta el momento, la Comisión Europea (CE) ha negociado importantes convenios multilaterales en nombre de la UE, como el Convenio de Lugano[3] sobre jurisdicción, reconocimiento y ejecución de sentencias en materia civil y mercantil, que básicamente amplía el sistema de la Unión a estos tres países.

En el sitio iurepost, bajo el título “Adhesión al Convenio de La Haya de Sentencias[4], recogía la reciente adhesión de la UE al Convenio de La Haya, herramienta importante para facilitar el comercio y la inversión multilaterales basados ​​en normas. El Convenio establece las condiciones para el reconocimiento y la ejecución de sentencias en materia civil y comercial, incluidos los contratos de consumo y de trabajo, y los posibles motivos para su denegación. La adhesión de la UE aportará seguridad jurídica y previsibilidad a las empresas europeas.

Hasta la fecha, seis Estados han firmado el Convenio de La Haya sobre Sentencias. La Convención se redactó en 2019 porque diversas leyes y prácticas en todo el mundo dificultaban, si no imposibilitaban, el reconocimiento y la ejecución de sentencias extranjeras. Esta inseguridad jurídica, así como los costos asociados para las empresas, a menudo obstaculizaron el flujo de comercio e inversión internacionales y, en última instancia, les negaron la justicia. Fuente de la información: UE. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] Otras organizaciones relevantes son Uncitral (Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional) y Unidroit (Instituto internacional para la unificación del derecho privado), donde la UE tiene estatus de observador.
[2] En particular, la manutención de los niños y la prevención de la sustracción de niños.
[3] Con Noruega, Suiza e Islandia.
[4] Velasco Carretero, Manuel. Adhesión al Convenio de La Haya de Sentencias, Sitio iurepost. 2022. Visitado el 30/08/2022.